Esta la revisamos en el chequeo a la carta que enviaron Márquez y el Paisa en octubre del año pasado. El fuero es una garantía otorgada por la Constitución a quienes desempeñan altos cargos del Estado, por lo cual lo juzgan jueces especiales.
En el Acuerdo Final firmado entre el Gobierno y la antigua guerrilla de las Farc se acordó mantener el fuero constitucional de quienes han ocupado la Presidencia de la República, lo que quiere decir que la JEP no puede procesarlos o juzgarlos. Pero la Corte Constitucional consideró que la JEP debía mantener ese fuero también a los demás aforados como congresistas, gobernadores y ministros porque de lo contrario se les quita el derecho a que los procese su juez natural, la justicia ordinaria.
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