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Jueves, 01 Octubre 2020

La cuestionable iniciativa del Gobernador del Meta contra la delincuencia

Por Mónica Ospino Orozco

La propuesta del Gobernador del Meta de prestar asesoría jurídica a los ciudadanos que respondan al ataque de un delincuente no puede ser pagada con recursos públicos. Él asegura, sin embargo, que hay abogados que le han ofrecido sus servicios gratuitamente.

Hace unos días el gobernador del Meta, Juan Guillermo Zuluaga, aseguró en este trino desde su cuenta de Twitter @JuanGZuluaga que “¡Los ciudadanos no están solos! Si en circunstancias específicas una persona se ve en la necesidad de proteger su vida y responder ante un ataque de delincuentes, o es testigo de algún atraco o robo, en @GobMeta le prestaremos todo el apoyo jurídico para hacer valer sus derechos”.

El anuncio lo ratificó también en una rueda de prensa en la que participaron los comandantes regionales de la Policía y el Ejército. Allí sostuvo “Si yo veo que unos delincuentes están cometiendo un delito y yo con mi carro los tumbo sin poner en riesgo mi vida y si una persona reacciona como yo reaccionaría, a esa persona le ofreceríamos apoyo y la asesoría de un equipo jurídico para que vuelva a hacer valer sus derechos”, así quedó registrado en esta nota del diario El Tiempo.

Sin embargo, verificamos que la propuesta del Gobernador no tiene sustento jurídico alguno pues, de acuerdo con la abogada, especialista en derecho administrativo y ex secretaria de Seguridad y Justicia de Cali, María Ximena Román, “los recursos públicos se tienen que destinar para lo que está permitido por la ley y por los presupuestos de la entidad. Estos recursos son para inversión y funcionamiento de la entidad y no para atender asuntos de interés directo de particulares”.

La profesional del derecho asegura que esto tiene como base el decreto 111 de 1996 que compila las normas de las leyes que establecen el Estatuto Orgánico de Presupuesto, que es aplicable a los entes territoriales como las gobernaciones y además el artículo 305 de la Constitución Política de Colombia en el que se consignan las funciones de los gobernadores.

Este artículo, detalla en su numeral 4 que el gobernador debe “presentar oportunamente a la asamblea departamental los proyectos de ordenanza sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas y presupuesto anual de rentas y gastos”.

“La primera consideración es que no se puede hacer ninguna erogación con cargo al erario que vaya destinada a pagar la defensa de un particular y después es que el destino de los recursos públicos tiene que ser direccionado a través de los proyectos que se presentan en el presupuesto que anualmente aprueba la Asamblea Departamental, en el marco del plan de desarrollo de cada departamento”, agregó Román.

Caso distinto es el de los servidores públicos “en este caso los entes territoriales pueden constituir una póliza de seguros de responsabilidad civil extracontractual servidor público, a través de la cual, por el ejercicio de sus funciones si los servidores públicos tiene que defenderse en un proceso penal disciplinario o de responsabilidad fiscal, a través de esa póliza pagan los honorarios del abogado”, aclaró la abogada María Ximena Román.

El mismo análisis hace Alejandro Becker, profesional en Gobierno y Relaciones Públicas de la Universidad Externado con maestría en Gerencia Pública de la Universidad de Potsdam, “En caso de que la Gobernación de Meta tuviera esa función, que no creo que la tenga, habría que establecer por vía de la Asamblea Departamental, una entidad que tenga esa tarea específica de la defensa jurídica del particular. Pero lo grave de todo es que constitucionalmente está blindada la protección de la vida de los demás por encima de cualquier cosa”.

Becker, añade que “en casos en los que un ciudadano recurre a la justicia por mano propia, es únicamente cuando se demuestra que fue en defensa propia, que estaba en riesgo su vida, así que cualquier ciudadano no puede ver un delincuente en la calle y atropellarlo o cobrarle con su vida, es un principio por excelencia de las sociedades civilizadas. Esto no es una función del Gobernador consagrada en la Constitución del Gobernador. No puede haber justicia por mano propia”.

Adicionalmente, la Constitución consagra en el artículo 118 quiénes ejercen el Ministerio Público en Colombia son el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo y en el artículo 282 en el que se definen las funciones del Defensor del Pueblo, en el numeral 4 se establece que este deberá “Organizar y dirigir la defensoría pública en los términos que señale la ley”.

“Es la Defensoría la que tiene a cargo el apoyo a la defensa jurídica de particulares cuando el particular no tiene los medios para financiarla. Entonces el señor Gobernador del Meta está usurpando funciones que le corresponden a entidades autónomas del Estado colombiano”, puntualizó Alejandro Becker.

 “No me arrepiento”

Posteriormente a las declaraciones que Zuluaga dio en la rueda de prensa ya mencionada y en su trino, en esta entrevista con el Periódico del Meta dijo no arrepentirse de su propuesta y aclaró los términos de la misma. 

“No, de ninguna manera, no me arrepiento, eso es lo que yo siento. Además le digo una cosa, yo no estoy invitando a que los ciudadanos tomen justicia por mano propia. Lo que yo he dicho es que si yo voy en mi carro y veo unos delincuentes que están atracando a una persona y tengo la posibilidad de hacer algo, si con mi carro puedo hacer caer a los delincuentes de la moto para que los capturen, yo lo haría. Y también he dicho que si las personas o alguna persona se ve involucrada en una situación de éstas y necesita acompañamiento jurídico, también le ofrecemos el acompañamiento jurídico. Porque no puede ser que los delincuentes si tengan quien los defienda y los ciudadanos no”.

Contactamos al equipo de prensa del gobernador Juan Guillermo Zuluaga que nos aseguró que aunque aún no hay avances en la propuesta, “el tema sigue vigente”. 

Asimismo su equipo nos aseguró que en las declaraciones que le dio, de nuevo al Periodico del Meta, el gobernador precisó cómo llevaría a cabo ese “acompañamiento jurídico”: Ya hay varios abogados que amablemente me han dicho ‘gratuitamente defenderíamos’ y le voy a mencionar uno, el abogado, Edgar Ardila, otro es el doctor Germán Muñoz. Me han llamado a decirme que acompañarían a esos ciudadanos. A través de mi whatsapp me han escrito de bufetes de abogados de Bogotá, expresándome que también acompañarían a la gente. Lo que debe quedar es la sensación de que los ciudadanos no están solos; los ciudadanos necesitan sentirse respaldados para entregar información y denunciar”.

Sin embargo, en detalle, Zuluaga no aclaró de qué manera llevaría a la realidad este propósito y tras este análisis concluimos que la propuesta del Gobernador del Meta es cuestionable porque no están claros los mecanismos a través de los cuales se haría el apoyo jurídico y porque además no es posible usar recursos públicos para tal propósito.