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Jueves, 11 Junio 2020

Retefuente de 11 por ciento a los pensionados, una mentira que lleva 10 años en redes

Por José Felipe Sarmiento

Otra vez está circulando una cadena tan falsa que, tras múltiples reformas tributarias, no se ha hecho realidad la supuesta propuesta que le han atribuido a tres ministros de Hacienda de dos gobiernos.

Por WhatsApp, circula un mensaje que advierte sobre una supuesta “retención en la fuente de 11 por ciento para los pensionados de Colombia”, contenida en una “propuesta del Ministerio de Hacienda para una reforma pensional”, que la primera línea le atribuye al actual jefe de esa entidad, Alberto Carrasquilla, aunque más abajo dice que es idea de Juan Carlos Echeverry, quien ocupó ese cargo de 2010 a 2012.

Cadena de WhatsApp sobre retefuente de 11 por ciento a pensiones

La sola mención de dos ministros diferentes, de dos gobiernos distintos, es la primera señal que hace dudar de ella. De hecho, Colombiacheck encontró publicaciones en Faceboook con el mismo rumor hechas en 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019. O sea que la misma desinformación también circuló cuando la cartera estaba en manos de Mauricio Cárdenas (2012-2018).

Publicaciones en Facebook sobre supuesta retefuente de 11 % a pensiones

Otra evidencia que encontramos de la falsedad de la cadena es que da a entender que el 11 por ciento sería un descuento mensual, porque lo compara y lo suma con el 12 por ciento que se aporta al sistema de salud, a pesar de que ese impuesto nunca se ha pagado así y tampoco afecta a todos los pensionados ni tiene una tarifa igual para todas las personas, sino que depende del nivel de ingresos. El Estatuto Tributario establece el siguiente procedimiento:

  1. Se saca el promedio mensual de ingresos.
  2. Al resultado se le aplica la tarifa marginal expresada en porcentaje.
  3. A este valor se le suma otro monto adicional.
  4. El resultado se divide en cuotas mensuales.

De modo que el porcentaje indicado no se descuenta cada mes. Lo que pasa es que se le aplica al promedio mensual, para calcular el total de un año, que se distribuye en 12 cuotas. Dicho de otra forma, cada mes se paga la doceava parte de la tarifa.

Tanto ese porcentaje como el valor fijo que se suma en la fórmula aumentan conforme el nivel de ingresos es mayor. Ninguno de los rangos actuales tiene tarifa marginal de 11 por ciento. A los menores ingresos, no se les retiene nada. A la categoría que les sigue, se le aplica un 19 por ciento. De ahí en adelante, aumenta de forma progresiva, como se puede ver en la tabla que aparece en el estatuto.

Tabla tarifas retención en la fuente Estatuto Tributario vigente 2020

Los valores están expresados en unidades de valor tributario (UVT), una medida que fija el gobierno cada año. Por resolución de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) equivale a 35.607 pesos en 2020. O sea que la retención en la fuente es cero hasta los 3’382.665 pesos mensuales de ingresos.

Si el valor es 5 millones, está en el rango de 19 por ciento. Por tanto, pagará 950.000 pesos en un año, 12 cuotas de 79.167 pesos.

Si el promedio mensual es de 10 millones de pesos, el cálculo es 28 por ciento (2,8 millones) más 10 UVT (356.070 pesos). El impuesto de un año es 3’156.070 pesos, distribuidos en pagos de 263.006 pesos cada mes.

En el Congreso, que termina legislatura ordinaria el próximo 20 de junio, no hay ningún proyecto en discusión que plantee algún cambio en esta norma, como se puede comprobar en las bases de datos de Senado y Cámara. Los decretos con fuerza de ley de la Presidencia para enfrentar las emergencias económica y sanitaria por la pandemia del COVID-19 tampoco han hecho modificaciones al respecto.

En cuanto a los años anteriores, a pesar de las múltiples reformas tributarias que ha tenido el país en la última década, nunca se ha planteado la supuesta retención de 11 por ciento mensual para las mesadas pensionales de la que habla la cadena.

Cuando Echeverry llegó al Ministerio de Hacienda, en agosto de 2010, el texto vigente en este punto del estatuto era el de la reforma de 2006, que ni siquiera mencionaba las pensiones. No había sido tocado por la de 2009, la última del segundo mandato de Álvaro Uribe, y el nuevo gobierno tampoco lo incluyó en el proyecto de ley de 2010 que se convertiría en la primera tributaria de la administración de Juan Manuel Santos.

La retención en la fuente a pensionados fue introducida en la primera reforma de Cárdenas, en 2012. Sin embargo, quedó establecido que solo se aplica a la parte del pago mensual que supera las 1.000 UVT para quienes reciben un monto superior. No se gravaron las pensiones de ahí para abajo por una exención contenida en el mismo estatuto desde su creación (con algunas variaciones en el monto y la unidad de medida), que sigue vigente.

Esta situación no ha cambiado desde entonces. La reforma de 2016, también bajo la batuta de Cárdenas, le hizo un cambio al texto legal sobre la retención en la fuente para empleados, no para pensionados.

En 2018, ya en el gobierno de Iván Duque, Carrasquilla intentó, con la denominada Ley de Financiamiento, eliminar la citada exención para aplicar la tabla por igual sobre el 65 por ciento de todas las mesadas pensionales, como contamos entonces en un chequeo, pero esa modificación quedó por fuera del texto definitivo. Aunque esta reforma solo estuvo vigente en 2019 porque la Corte Constitucional la tumbó en octubre, la nueva tributaria aprobada para 2020 revivió sin cambios sobre las pensiones libres de retención.

Sí se han hecho modificaciones en la tabla para el resto. La que está vigente logró resucitar los nuevos rangos con impuestos más altos para personas con mayores ingresos que se habían creado en 2018 y mantuvo los límites para las más bajas como estaban desde 2006, incluyendo dejar el mínimo en 95 UVT en lugar de bajarlo a 87, como lo había hecho la caída Ley de Financiamiento. No obstante, la menor tarifa después de cero desde entonces ha sido 19 por ciento. El tal 11 por ciento no ha aparecido por ninguna parte.

La conclusión, por supuesto, es que la cadena es y ha sido siempre falsa desde que empezó a circular con el nombre de Echeverry y ahora con el de Carrasquilla. Es una falsedad que ya lleva 10 años en circulación.