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Lunes, 19 Julio 2021

No hay razones jurídicas para que Colombia pida en extradición a exmilitares capturados en Haití 

Por Andrés Felipe Martínez

Los senadores Ernesto Macías y José Luis Pérez pidieron que los colombianos acusados de asesinar al presidente haitiano, Jovenel Moïse, sean traídos al país para aplicarles “máximas condenas”. Sin embargo, no hay piso jurídico para esa solicitud de extradición.

El asesinato del presidente de Haití, Jovenel Moïse, el pasado 7 de julio, en Puerto Príncipe, ha despertado conmoción en ese país caribeño y también en Colombia, pues 21 de los sospechosos de haber cometido el crimen son ciudadanos nacionales.

De estos presuntos responsables, 18 fueron capturados y 3 fueron abatidos por las autoridades en Haití. La Policía de Colombia ha confirmado la identidad de las 21 personas, varias de ellas integrantes en retiro del Ejército Nacional. 

Sobre estas investigaciones, dos senadores colombianos, Ernesto Macías del Centro Democrático y José Luis Pérez de Cambio Radical, han dicho que Colombia debe pedir la extradición de estos ciudadanos para que se enfrenten a la justicia de su país. 

En Colombiacheck quisimos verificar sus declaraciones y consultamos a varios expertos en derecho penal y política exterior. 

“Deben ser pedidos en extradición”

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En su cuenta de Twitter, el senador Macías manifestó: 

“Militares colombianos en retiro, implicados en magnicidio en Haití, deben ser pedidos en extradición para aplicarles las máximas condenas. Y la justicia debe investigar quién los financió. Son una vergüenza para Colombia”, publicó el congresista dos días después de conocerse el crimen.

En las respuestas al trino, algunos usuarios cuestionaron al congresista, argumentando que los capturados deben ser juzgados en Haití, pues es el lugar donde cometieron presuntamente el crimen.

Consultamos al senador para solicitarle una ampliación de su postura, pero no obtuvimos respuesta.

Para recordar, la extradición en Colombia, de acuerdo con el Ministerio de Justicia, es entendida como un mecanismo “por medio del cual un Estado ofrece, concede o solicita la entrega de un sindicado o condenado, nacional o extranjero, a otro Estado, por la presunta comisión de un delito en el territorio del Estado requirente. Lo anterior, con miras a adelantar un proceso en contra de la persona requerida o procurar el cumplimiento de una pena ya impuesta”.

Es decir, si Colombia requiere a otro país la entrega de un ciudadano, es porque este ha cometido un delito en territorio colombiano. 

Y ese no es el caso del magnicidio del presidente Moïse, pues los hechos ocurrieron en su residencia, en Puerto Príncipe, capital de Haití. Y en ese mismo país fueron capturados los sindicados.

Así lo explica el abogado Francisco José Sintura, experto en derecho penal y criminología; y ex vicefiscal de la Nación: “La extradición es un mecanismo de cooperación judicial internacional para el intercambio de evidencias o de personas, cuando el país que lo requiere tenga motivos para juzgarlos en su territorio”.

Para el jurista, en este caso “no hay motivos para solicitar esa extradición, pues los delitos no fueron cometidos en Colombia”.

La excepción, explica Sintura, sería que un ciudadano colombiano cometa un delito en el exterior y no sea juzgado por el país en el que se encuentra. “En esa eventualidad aplicaría el principio de extraterritorialidad por extensión. Solamente si no fueran juzgados en Haití, podría solicitarse que sean juzgados en Colombia. Pero no es el caso”.

Como indica el experto, los sospechosos de cometer el magnicidio fueron capturados y están siendo juzgados por las autoridades penales en Haití. 

En ello coincide la abogada Luisa Fernanda García, docente de Derecho Constitucional de la Universidad del Rosario: 

“Como se trata de un delito que se cometió en territorio haitiano, deben ser sancionados y juzgados por la justicia de ese país. No hay justificación para la extradición, porque estos ciudadanos no han cometido un delito en Colombia; no hay una investigación o una acusación de un delito por parte de la justicia colombiana”, explica García.

De acuerdo con el abogado y docente Carlos Enrique Arévalo, experto en Derecho Internacional Humanitario y magíster en Estudios Legales Internacionales, cuando se habla de extradición se debe tener en cuenta que existen tratados internacionales que dan un piso jurídico a estos procesos.

Colombia y Haití no tienen un tratado bilateral de extradición. Pero ambos hacen parte de un tratado multilateral firmado en 1933 por los estados de la Organización de Estados Americanos (OEA). En este se señala, como primer principio, “que el Estado requiriente tenga jurisdicción para juzgar el hecho delictuoso que se imputa al individuo reclamado”. 

En este caso, para Arévalo, Colombia no cuenta con dicha “jurisdicción”, pues los delitos no fueron cometidos en Colombia. 

“No hay ninguna duda de que aquí se aplica una jurisdicción territorial. Podría ser otro caso excepcional en el que una persona cometa delitos en Colombia y en otro país, ahí podrían ser juzgados por ambos Estados. Este no es el caso”, señala.

En ello está de acuerdo Álvaro Garzón Alarcón, coordinador del Área de Derecho Penal del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario: “Por el criterio de la territorialidad, por ser hechos cometidos en Haití, deben ser juzgados e investigados allá”.

Sin embargo, Garzón señala que sí le compete a Colombia “contribuir con lo que esté a su alcance, en materia de información, para que avance la investigación de las autoridades en Haití”.

En ese sentido, el director de la Policía Nacional, general Jorge Luis Vargas, detalló el lunes 12 de julio que Colombia está apoyando las pesquisas que se adelantan en Haití, en coordinación con Interpol, las Fuerzas Armadas y Migración Colombia.

“Estamos utilizando un mecanismo de cooperación de Interpol para contribuir al esclarecimiento del magnicidio del Presidente de Haití. La investigación está en manos de las autoridades de ese país y nosotros estamos prestando todo el apoyo”, declaró el General.

De acuerdo con el oficial, se han compartido “registros migratorios, nombres de empresas y personas, entre otros datos, que han contribuido en la investigación liderada por Haití”. 

También, el ministro de Defensa, Diego Molano, informó que incluso investigadores colombianos viajaron a Puerto Príncipe para “colaborar con las autoridades haitianas en el desarrollo de la investigación”. 

A manera de contexto, el abogado Francisco Bernate, experto en derecho penal y presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, explica que existe otro evento posible de solicitud de extradición, y es cuando el acusado se encuentra en otro país pero el delito fue dirigido hacia territorio colombiano:

“Básicamente, los eventos de extradición son dos: cuando se comete un delito en Colombia y la persona se va a otro país; o cuando se ha cometido el delito en otro país contra intereses colombianos, por ejemplo, que desde Nueva York alguien atenta contra la seguridad del Estado colombiano”, explica el jurista. 

Para Bernate, en el caso de Haití, “de ninguna manera aplica la legislación colombiana” para solicitar la extradición de los capturados. 

De esta forma, podemos concluir que no hay viabilidad jurídica para que Colombia solicite la extradición de los colombianos capturados en Haití por el asesinato del presidente de ese país, como lo solicitó el senador Ernesto Macías. La base sobre la que fundamenta su solicitud no corresponde a la realidad, por lo tanto, la calificación es Falso. 

“Lo establece la OEA, por terrorismo y narcotráfico”

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Por su parte, el senador José Luis Pérez declaró ante La FM:

“Los colombianos capturados en Haití sí deben ser extraditados, así lo establece la conferencia especial sobre seguridad en la declaración de las Américas en México en el 2003 por la Organización de Estados Americanos y por la ONU, que calificó el terrorismo y el narcotráfico como amenazas globales y en este hecho es evidente que contienen los dos componentes”.

El senador Pérez basa su argumento en la Declaración sobre Seguridad en las Américas, que firmaron los países miembros de la OEA en el año 2003, disponible para consultar aquí.

Sin embargo, revisamos la Declaración y no hay ninguna mención explícita a la necesidad de que los ciudadanos sean entregados a sus países de origen cuando cometan delitos en otro país. Es decir, no quita la responsabilidad de la justicia interna de cada país.

Sobre el terrorismo, los Estados se comprometen a “asegurar el enjuiciamiento, de acuerdo con el derecho interno, de toda persona que participe en la planificación, preparación o comisión de actos de terrorismo”.

Respecto a la extradición, mencionan: “Renovamos el compromiso de combatir la delincuencia organizada fortaleciendo el marco jurídico interno, el estado de derecho y la cooperación multilateral respetuosa de la soberanía de cada Estado, en particular a través del intercambio de información, la asistencia jurídica mutua y la extradición”.

Para el abogado Bernate, este documento no sustenta de ninguna manera la afirmación del Senador:

“De lo que habla esta Declaración es del principio de jurisdicción universal, que busca evitar la impunidad, cuando el Estado donde ocurre un delito de terrorismo o tráfico de estupefacientes, se muestra renuente a investigar o juzgar estas conductas”, explica.

En este caso, como ya hemos dicho, Haití sí ha iniciado investigaciones sobre el asesinato de su Presidente, con el apoyo de autoridades colombianas en materia de información.

Por otro lado, el senador Pérez está dando por hecho que el delito presuntamente cometido por los ciudadanos colombianos está relacionado con “terrorismo y narcotráfico”, pero estos no han sido los términos usados por las autoridades  en Haití.

“Tendría que depender de la tipificación que se le dé al delito. No veo cómo podría ser terrorismo, porque la intención no fue generar pánico en la sociedad, sino que se trata de un magnificidio. Tampoco se han mostrado lazos con el narcotráfico, hasta ahora”, explica el abogado Garzón. 

Consultamos al congresista sobre sus declaraciones, y explicó:

“Efectivamente, la prioridad de la judicialización de estos colombianos está allá. Lo que digo no es que se investigue en Colombia por el delito de asesinato al Presidente de Haití, sino que debe investigarse la empresa de los contrató, buscar si ha tenido vínculos con la economía del narcotráfico en Colombia, y si hay relación directa entre el narcotráfico y la acción de estos colombianos en Haití. Si hay dineros del narcotráfico, y hay hechos que comprueben que desde Colombia se movieron para hacer eso, Colombia los debe investigar”, aclaró. 

Entonces, en principio, como lo explican los juristas - y lo admite ahora el mismo Senador - la Declaración de la OEA es un compromiso de los países por colaborar en la lucha contra el crimen organizado, pero subraya el respeto a la soberanía de los Estados y de su justicia interna. En ese sentido, sigue siendo jurisdicción de Haití la judicialización de los responsables del asesinato de su Presidente.

Por ello, se califica como Falsa la afirmación inicial del congresista Pérez.