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Jueves, 21 Octubre 2021

Presupuesto aprobado en el Congreso no quitará dinero a cuentas que tienen ‘desde 92.000 pesos’, sino hasta 92.000 pesos

Por Laura Rodríguez Salamanca

La información errada fue compartida por la representante a la Cámara Katherine Miranda y otros usuarios de Twitter. Miranda luego hizo la rectificación en su publicación de Twitter.

En la noche del pasado 19 de octubre de 2021, mientras se votaba en el Congreso la aprobación del Presupuesto General de la Nación para 2022, la representante a la Cámara por el partido Alianza Verde, Katherine Miranda, publicó un trino sobre el artículo 78, uno de los más polémicos del proyecto presentado por el Gobierno. 

En la publicación, que ha sido retrinada más de 2.700 veces, escribió: “Y la perla de la noche!  Estos corruptos le dicen expropiador a @petrogustavo, pero hoy aprueban un artículo que le quita la plata de la cuenta de ahorros a la persona que en un año no saque el dinero. APLICA DESDE 92.000 pesos!!!!!”.

Muchos otros usuarios de Twitter (1, 2, 3 y 4) también han publicado que el artículo tendrá efectos en las cuentas que estén inactivas por un año y que tengan saldos de 92.000 pesos o más. Así mismo, algunas páginas en Facebook han divulgado pantallazos del trino de la representante Miranda. 

Pero esta información es imprecisa. El artículo 78 del Presupuesto General 2022, que fue aprobado tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes, establece que “los saldos de cuentas de ahorros que hayan permanecido inactivas por un periodo mayor a un año y no superen el valor equivalente a 322 UVR, serán transferidos por las entidades financieras tenedoras a título mutuo de la Nación, Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, con el fin de financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación”.Cuentas_ahorro_92000 

La UVR (Unidad de Valor Real), que es una unidad de cuenta certificada por el Banco de la República, que para el 19 de octubre de 2021, el día que Miranda publicó el trino, equivalía a 286,89 pesos.

Y como el artículo 78 aplica para las cuentas inactivas por un año que tengan un saldo de 322 UVR, la transferencia de las cuentas que tengan saldos de hasta 92.378 pesos. Este monto va aumentando en la misma medida que el precio de la UVR. La economista María Fernanda Valdés, doctora en economía por la Freie Universität de Berlín, coincidió con esta explicación de la cifra. 

Es más, el representante a la Cámara también del partido Verde, Inti Asprilla, también publicó un trino sobre el artículo 78 en el que mencionó que la medida aplicará para “las cuentas de los colombianos que dejen hasta 92.000 pesos”.
 

Además de esto, si bien es cierto que este dinero se va a transferir de las cuentas para sumarlo al Presupuesto General de la Nación sin necesidad de la autorización del titular de la cuenta, en el artículo también menciona que, cuando el propietario de la cuenta solicite su reactivación o la cancelación del saldo, el Estado reintegrará el dinero “con los rendimientos respectivos”.

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En palabras de Carlos Sepúlveda, decano de la Facultad de Economía de la Universidad del Rosario, “en el artículo aprobado lo que se define es que quienes tengan esas cuentas inactivas por un año, esos recursos pueden ser cogidos por el Estado como mecanismo de financiamiento. Sin embargo, en el momento en que el individuo solicite la activación de su cuenta el Estado devuelve ese dinero con interés. Lo que no es muy claro es el mecanismo a través del cual ni tampoco la rapidez en que el Estado va a devolver ese dinero”. 

Con esto coincide Diego Cortés, economista con maestría en Economía de la Universidad Nacional: “Es hasta 92.000. La plata se va al tesoro del Ministerio de Hacienda. Si alguien la reclama, se le devuelve con una suerte de intereses. Ahora, los intereses en una cuenta de ahorros son mínimos y ese trámite puede ser demorado”. 

Contactamos a la representante Miranda para preguntarle por la fuente de su trino y si quería hacer alguna aclaración sobre su publicación. Nos respondió a través de WhatsApp que se equivocó en el trino y que se disculpa por su error. 

Además de esto, hizo un comentario sobre su publicación inicial en el que aclaró que el artículo 78 del Presupuesto General de la Nación aplica hasta los saldos de 92.000 pesos.

En resumen, los trinos de la representante Miranda y de otros usuarios de Twitter sobre el artículo 78 del Presupuesto General de la Nación, que fue aprobado en plenarias de Senado y Cámara, son imprecisos. Es cierto que el artículo fue aprobado pero la medida aplicará para las cuentas de inactivas que tengan hasta 322 Unidades de Valor Reales, que equivalen más o menos a 92.000 pesos y no desde 92.000 pesos como aseguró Miranda.