Pasar al contenido principal
Jueves, 18 Noviembre 2021

Explicador: Los niños menores de 7 años no tienen que hacer registro biométrico para obtener el PPT

Por Laura Rodríguez Salamanca

Pero deben presentarse a la cita biométrica presencial cuando hay algún dato erróneo o la foto que subieron al RUMV no sirve para el documento.

El pasado 1 de septiembre de 2021 se iniciaron las citas para la toma de registros biométricos, la segunda fase que deben seguir los migrantes y refugiados venezolanos en Colombia para aplicar al Permiso por Protección Temporal (PPT). Este es un documento de identidad válido en Colombia que les facilitará el acceso a derechos como salud, educación, trabajo formal y servicios bancarios y estará vigente hasta el hasta el 30 de mayo de 2031. 

Al monitorear grupos en redes sociales de la población migrante y refugiada venezolana como parte del proyecto Conectando Caminos Por Los Derechos, Colombiacheck encontró que algunas personas han publicado videos en Facebook y TikTok (1 y 2) en los preguntan o señalan que en algunos Puntos Visibles, lugares en donde Migración da atención personal para el registro biométrico, les pedían llevar a los niños menores de 7 años. 

En Colombiacheck consultamos a Migración Colombia para resolver las dudas, y encontramos que los niños menores de siete años no tienen que hacer el registro biométrico para obtener el Permiso Temporal por protección. Pero deben asistir a la cita presencial en caso de que sus padres hayan incluido un dato erróneo o una fotografía de mala calidad que no sirve para el PPT cuando llenaron el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV), el paso anterior al registro biométrico. 

En la Resolución 971 de 2021, sobre la Implementación del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, el plan que creó el PPT, se estableció que a los menores de 7 años no se les realiza registro biométrico.

Registro_biometrico_niños_migrantes_venezolanos

Sin embargo, como le explicó a Colombiacheck, Juan Manuel Caicedo, jefe de la oficina de prensa de Migración Colombia, puede ocurrir que los funcionarios de Migración soliciten llevar a los menores a los Puntos Visibles para tomarles una fotografía si al revisar el registro en el RUMV encuentran que la fotografía no es tipo documento o el tamaño no es adecuado.   

“Hemos encontrado, por ejemplo, familias que suben una foto familiar para identificar a un menor. Entonces tenemos problemas para el documento y toca que lleven a los niños”, dijo. 

Migración Colombia ha explicado en sus perfiles de redes sociales y en su página web que solo las personas mayores de 7 años tienen que cumplir con el requisito de la toma de registros biométricos como las huellas digitales, lectura facial, la foto y la firma. Pero, de nuevo, que es posible que los niños menores de 7 años tengan que presentarse a la cita si la fotografía que presentaron no sirve para el documento o los padres cargaron algún dato errado en el RUMV.

Como explicamos en este artículo, en el la plataforma del RUMV se debe cargar una fotografía de los hombros hacia arriba en fondo blanco de 3 x 4 centímetros. 

Según la Resolución 971, los documentos válidos para que los menores de edad, que estén acompañados por lo menos por alguno de sus padres, puedan ser registrados en el RUMV son: 

  • Pasaporte. 
  • Acta de nacimiento venezolana. 
  • Cédula de identidad venezolana, o
  • Permiso Especial de Permanencia (PEP). 

En caso de que los niños y jóvenes estén separados de sus padres, pero acompañados por algún adulto de su familia o responsable de su cuidado, además de los anteriores documentos, se debe presentar un documento original y copia en donde se otorgue al adulto el cuidado o la custodia del menor. 

Pero si no se pueden presentar ninguno de estos documentos, según la resolución,  “en el Pre-Registro Virtual [en el RUMV] se deben informar las razones por las cuales no se pueden aportar dichos documentos, para que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia defina las acciones a seguir en el marco del interés superior del niño, niña o adolescente”. 

Como explicamos en otro artículo, los migrantes irregulares que entraron a Colombia por pasos irregulares antes del 31 de enero de 2021 y los que viven en Colombia de forma regular con Permiso Especial de Permanencia (PEP), el Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), el Permiso Temporal de Permanencia o documentos similares y quienes tengan un Salvoconducto de Permanencia SC –2 en el marco de una solicitud de refugio, deben hacer el proceso para obtener el PPT. Quienes no lo hagan podrán ser expulsados o deportados.

Los migrantes con visa o cédula de extranjería y con asilo no necesitan hacer el proceso para el PPT. 

Así mismo, como escribimos en esta verificación, l​os migrantes regulares e irregulares que entraron al país antes del 31 de enero de 2021 podrán inscribirse en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV), paso indispensable para agendar la cita biométrica, hasta el 28 de mayo de 2022. Quienes entraron a Colombia sellando su pasaporte luego del 31 de enero de 2021 tienen plazo hasta el 28 de noviembre de 2023 para completar el registro. 

Si quieres conocer más información sobre las etapas para acceder al PPT, consulta este artículo en el que explicamos paso a paso cómo hacer el Registro Único de Migrantes y agendar la cita para el Registro Biométrico Presencial. 

Este contenido se produce con el fin de ofrecer información verificada y pertinente, que apoye el desarrollo de mediano y largo plazo para migrantes venezolanos, colombianos retornados y comunidades receptoras en Colombia. Es realizado en el marco de Conectando Caminos por los Derechos, programa de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), e implementado por el consorcio integrado por Pact, ABA-ROLI, Freedom House e Internews, que promueve la cohesión comunitaria y la seguridad ciudadana para garantizar el derecho de todos los miembros de la sociedad a vivir libres de toda forma de crimen y violencia, independientemente de su estado legal en el país.