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Falso
Este es el mensaje que circula:
“Noticia de última hora, la justicia colombiana, ha desplegado un inmenso operativo y en menos de 45 minutos a capturado al ciudadano que último a estos ladrones, en tiempo record a recopilado las pruebas y la fiscalía general de la nación, ágilmente le ha imputado cargos por magnicidio(al ser tres los bandidos muertos), un juez de control de garantías en su infinita sabiduría a declarado legal esta captura y ah condenado al ciudadano a 90 años de cárcel, motivado en que nadie debe tomarse la justicia por su mano, con esto crea un ejemplo para que ningún ciudadano de bien vuelva a defenderse y quitarle la vida a unos indefensos delincuentes”. (sic)
Consultamos la Fiscalía, a través de su oficina de prensa, acerca del caso y nos informaron que el médico no está detenido. Además, nos enviaron un audio de una entrevista en la que el fiscal general, Francisco Barbosa, explica cómo va el caso.
Barbosa aclara que actualmente están en las valoraciones de los elementos de prueba recaudados y haciendo una valoración del marco normativo de las diversas disposiciones que regulan el porte de armas.
Con este análisis jurídico, agrega el fiscal, pueden tomar las siguientes decisiones: “disponemos el archivo de la indagación, no se ha hecho; solicitamos la preclusión de la investigación, no se ha hecho, o formulamos alguna imputación, tampoco se ha hecho”.
Es decir que la Fiscalía aún no ha solicitado la captura ni le ha imputado cargos al médico.
De otro lado, al revisar el mensaje que circula en redes encontramos varios datos falsos del sistema penal acusatorio colombiano.
El primero es que un juez de control de garantías no dicta sentencia, como se indica en el Código de Procedimiento Penal.
Estos jueces son los encargados de dirigir las audiencias preliminares, hacer legalizaciones de captura o de allanamientos, imputar cargos por parte del fiscal y resolver la petición de la medida de aseguramiento.
La etapa del juicio oral y de la sentencia está a cargo de un juez de conocimiento. Así el imputado haya aceptado los cargos en la formulación de imputación, la condena no se da de forma inmediata. Luego de la aceptación, que se realiza ante un juez de control de garantías, el caso pasa a un juez de conocimiento, quien, en otra audiencia, verifica la legalidad del allanamiento a cargos y dictar sentencia.
Otro dato falso es el supuesto crimen de “tomarse la justicia por su mano”. En casos de asesinatos, en el Código Penal colombiano solamente están tipificados el genocidio, feminicidio y homicidio, los cuales pueden tener circunstancias de agravación.
Asimismo, en la legislación colombiana el límite para penas de prisión es de 60 años, como lo indica el artículo 31 del Código Penal Colombiano.
Con todos estos elementos concluimos que es falso que el hombre que mató a tres supuestos asaltantes en un puente de Bogotá haya sido condenado a 90 años de prisión.