Pasar al contenido principal

Falso Falso Falso Falso Falso Falso Falso Falso

Falso

Miércoles, 17 Octubre 2018

Es falso que Petro vaya a demandar a Duque por decreto de dosis mínima ante la Corte Penal Internacional

Por Sania Salazar

No es verdad que el senador Gustavo Petro haya dicho que va a demandar al Presidente Duque. Además, la CPI solo juzga graves crímenes cometidos en medio de un conflicto armado.

En Whatsapp circula una imagen del senador de la Colombia Humana Gustavo Petro con una frase en la que se asegura que demandará al presidente de Colombia, Iván Duque, ante la Corte Penal Internacional, CPI. Según la imagen, el argumento de Petro para la demanda es que “la drogadicción es un derecho”

Este meme aparece apenas unos días después de la aprobación de un decreto presidencial que prohíbe el porte de la dosis mínima de droga.

Noticia falsa sobre demanda de Petro

El equipo de prensa de Petro le aseguró a Colombiacheck que, aunque el senador no está de acuerdo con algunos aspectos del decreto sobre la dosis mínima, en ningún momento ha dicho que va a demandar a Duque a causa esta medida.

Además, hay que aclarar es que la Corte Penal Internacional es un tribunal que juzga a personas acusadas de crímenes graves: crímenes de guerra, genocidio, crímenes de lesa humanidad y crimen de agresión. Pero dentro de estos delitos no están conductas como la drogadicción.

Por otra parte, la drogadicción no es un derecho. En Colombia está permitido el consumo de la dosis personal, en la sentencia C-221 de 1994 de la Corte Constitucional, que despenaliza el consumo de la dosis personal, se menciona el Artículo 16 de la Constitución Política de Colombia que consagra el derecho al libre desarrollo de la personalidad y se hace énfasis en que el ejercicio del derecho no tiene más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.

Pero el abogado Camilo Navas recuerda que, según la reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional, en atención al Acto Legislativo 2 de 2009 que modifica el artículo 49 de la Constitución Política, “el consumo de sustancias psicoactivas ha sido calificado como una enfermedad de tipo mental que coloca a quienes la padecen en una situación de ‘debilidad psíquica’ y que le impone al Estado la carga de proporcionarles una especial protección constitucional”.

Es decir, en Colombia no está prohibido el consumo de drogas, pero el actual Gobierno acaba de prohibir el porte y la tenencia de las dosis mínimas de estupefacientes en los eventos en que el Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana lo establece.

Comparte este chequeo en forma de gif:

via GIPHY