En el Acuerdo Final firmado entre el gobierno colombiano y la exguerrilla de las Farc para que ese grupo dejara las armas y se reincorporara a la vida civil se diseñó un sistema de justicia transicional ante el cual deben comparecer los actores del conflicto para responder por sus actos, pero también para “satisfacer los derechos de las víctimas a la justicia, ofrecerles verdad y contribuir a su reparación, con el propósito de construir una paz estable y duradera”, como se explica en la página de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, la entidad encargada de impartir esa justicia en este caso.
La labor de la JEP se enfocará en los delitos más graves y representativos del conflicto armado cometidos antes del 1 de diciembre de 2016.
Este es el más reciente proceso de justicia transicional creado en Colombia.
¿Qué es justicia transicional?
La justicia transicional alude a las formas en que países que dejan atrás periodos de conflicto y represión se enfrentan a violaciones de derechos humanos masivas o sistemáticas, de tal magnitud y gravedad que el sistema judicial convencional no puede darles una respuesta adecuada, como explica el Centro Internacional para la Justicia Transicional, ICTJ.
El libro Justicia Transicional en Equilibrio, de la editorial de la Universidad Javeriana, recuerda que según el ICTJ, la justicia transicional busca el reconocimiento de las víctimas y promover posibilidades de paz, reconciliación y democracia. “La justicia transicional no es una forma especial de justicia, sino una justicia adaptada a sociedades en proceso de transformación después de un periodo agudo de abusos de los derechos humanos”.
¿Cuáles son los objetivos de la justicia transicional?
La ICTJ recuerda que los objetivos de la justicia transicional varían en cada situación, aunque sus rasgos — el reconocimiento de la dignidad de los individuos, la reparación y la admisión de las violaciones de derechos, y el objetivo de impedir que se repitan— son constantes.
Entre los objetivos complementarios que destaca la ICTJ figuran los siguientes:
-Crear instituciones responsables y recuperar la confianza en ellas.
-Posibilitar el acceso a la justicia de los sectores sociales más vulnerables después de las violaciones de derechos.
-Conseguir que mujeres y grupos marginados participen verdaderamente en la búsqueda de una sociedad justa.
-Respetar el Estado de derecho.
-Facilitar los procesos de paz y promover resoluciones duraderas para los conflictos.
-Sentar las bases para afrontar las causas subyacentes del conflicto y la marginación.
-Fomentar la reconciliación.
¿Qué elementos la componen?
El libro Justicia Transicional en Equilibrio señala las siguientes:
Juicios: según la publicación, representan un esfuerzo por llevar ante la justicia a aquellos que han cometido violaciones de los derechos humanos y constituyen el más emblemático de los mecanismos de justicia transicional.
Comisiones de la verdad: “buscan descubrir la verdad acerca de las violaciones cometidas en el pasado. Algunos consideran que estas verdades son fundamentales para la reconciliación y la recuperación individual y social. Además, las comisiones de la verdad hacen rendir cuentas a los responsables, aunque no en un tribunal de justicia. Al poner al descubierto en público las acciones de los responsables, las comisiones de la verdad reconocen y condenan la violencia del pasado”.
Amnistías: “declaraciones oficiales de parte del Estado según las cuales los individuos o grupos acusados o condenados por cometer violaciones de derechos humanos no serán procesados , o no seguirán siendo procesados , o bien serán indultados por sus delitos y liberados de prisión”.
Reparaciones: “El pago de reparaciones es una forma cada vez más común de justicia transicional. Las reparaciones adoptan formas individuales, colectivas y simbólicas”.
¿De dónde viene la expresión “justicia transicional”?
La acuñaron en la década de 1990 varios académicos estadounidenses para aludir a las diferentes maneras que tenían los países de solventar los problemas que se les presentaban cuando un Gobierno llegaba al poder después de que sus antecesores cometieran violaciones de derechos masivas.
¿Por qué en la negociación con las Farc se optó por una justicia transicional y no por el camino de la justicia ordinaria?
“La cárcel no es la única forma de sancionar personas, hay sanciones como las restricciones efectivas de la libertad”, explica Juan Carlos Henao, rector de la Universidad Externado de Colombia y miembro del grupo creador del capítulo de justicia transicional del Acuerdo Final con las Farc, quien además aclara que en la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, también va a haber cárcel.
“Hay dos vías, la de los que dicen la verdad y la de los que no. Entre otras lo que es verdad va a ser confrontado, con la información que va a haber de la Fiscalía para ver quién está diciendo verdad y quién no. Los que dicen verdad exhaustiva, verificable, van por un canal que no va a tener prisión, pero sí tiene restricciones de la libertad, son de cinco a ocho años en un sitio donde van a estar encerrados, no en una cárcel con barrotes, pero donde no se van a poder mover de ese sitio. Los que no dicen verdad pasan a otra autopista que se divide a su vez en dos, los que terminan diciendo verdad antes del fallo, porque todos van a tener sentencias, esto es un tribunal judicial, entonces esos van a tener sanciones hasta de ocho años, intermedia, y los que no dicen verdad y los vencieron en juicio, van a prisión hasta por 20 años”.
“La búsqueda de la solución negociada al conflicto armado interno en Colombia se ha hecho a través de fases sucesivas de negociación política con grupos guerrilleros y paramilitares a lo largo de las últimas tres décadas. A diferencia de lo ocurrido en otros países, en Colombia no se ha logrado conseguir un solo acuerdo de paz que involucre a todas las partes del conflicto. Los arreglos de justicia transicional en el país han respondido a esa misma lógica: no se han adoptado de una sola vez, como un modelo integral y completamente coherente. Nuestra estrategia de justicia transicional se ha ido, y sigue formándose, a través de una serie de piezas (leyes y políticas) sucesivas a lo largo de varios años, y varias de ellas han surgido como respuesta a los problemas en el diseño e implementación de las anteriores”, explica el Ministerio de Justicia.
Según ese ministerio, desde el 2005 se han expedido distintas leyes, formulado políticas públicas y puesto en marcha mecanismos de justicia transicional tanto de justicia penal y rendición de cuentas de los excombatientes, como de esclarecimiento de la verdad y construcción de memoria no judiciales y de reparación a las víctimas.
Los procesos más recientes son el que está haciéndose con la Farc y la negociación del gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez con las llamadas Autodefensa Unidas de Colombia, proceso que según el Ministerio de Justicia, desmovilizó 31.472 combatientes.