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Falso
El pasado 3 de diciembre, el usuario de X @tenienteraine02 realizó una publicación que a día de hoy acumula 123.009 reproducciones con el siguiente texto: “¡¡ATENCIÓN!! La Corte Constitucional declara inconstitucional la inversión de US$40 millones, que Emiratos Árabes Unidos anunció para La Guajira en proyectos de asistencia humanitaria y turismo sostenible”.
La publicación alude al anuncio, realizado el 2 de diciembre en el marco de la 28ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP28) en Dubai, de una inversión de los Emiratos Árabes Unidos (EAU) para proyectos sociales en La Guajira. Además, surge en el contexto de las decisiones de la Corte Constitucional que anularon varios decretos emitidos por el gobierno de Gustavo Petro en el marco de un estado de emergencia económica, social y ecológica declarado en ese departamento.
Aunque en varias respuestas (1, 2) el autor aclaró que se trata de una publicación sarcástica, varios usuarios la dieron por cierta, como se vio en los comentarios:
En Facebook, donde circulan capturas de la publicación (1, 2) se pueden encontrar mensajes como este: “Cuando el odio puede más que ayudar a un pueblo que está sufriendo de sed y de hambre 😔😔😔”.
Consultamos el perfil de la Corte Constitucional en X y su web entre el 30 de noviembre y el 5 de diciembre. No encontramos ninguna mención a La Guajira y al acontecer de la COP28.
Por otra parte, consultamos con Mario Cajas, jefe del Departamento de Estudios Jurídicos de la Universidad Icesi, si un pronunciamiento de la Corte Constitucional como el que se anuncia en la publicación sería posible. Esto nos contestó:
“La Corte sólo sería competente si hubiera un tratado internacional firmado entre EAU y Colombia, caso en el cual ese tratado se tramitaría por ley en el Congreso y la Corte, antes de la sanción presidencial, ejercería el control constitucional [...] Aquí lo que hay es solo un anuncio de cooperación. No hay ningún acto administrativo o ley. Nada”.
Cajas recordó que la corporación tiene por mandato revisar los decretos emitidos en estados de excepción, como lo es el dictado por el Gobierno Nacional para La Guajira, además de revisar leyes sensibles emitidas por el Congreso, entre otras funciones establecidas entre los artículos 239 y 245 de la Constitución Política de Colombia.
Así pues, es falso que la Corte Constitucional haya declarado inconstitucional la inversión anunciada por EAU para proyectos sociales en La Guajira. El propio autor del texto reconoce que se trata de un mensaje sarcástico y, en cualquier caso, la institución no tiene competencia para revisar actos de cooperación internacional, mientras estos no pasen por un tratado aprobado por el Congreso de la República.