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Jueves, 29 Junio 2023

Petro confundió horas extras con recargo nocturno y dijo que “antes” existían, cuando nunca se han derogado

Por Jhoandry Suárez

Así lo dijo en un discurso reciente en París. Al menos desde 1950, la legislación laboral contempla esos pagos, aunque han sufrido cambios a lo largo de la historia, el más importante con la reforma de Uribe.

A través de nuestro Twitter nos llegó la solicitud de chequear al presidente, Gustavo Petro, quien habría dicho que en Colombia no se pagaban horas extras. “El presidente @petrogustavo sale a mentir en el extranjero diciendo que en Colombia no se pagan horas extras. ¿Será que @Colcheck  tendrá tiempo de verificar ese disparate? ¿O estarán muy ocupados desmintiendo chistes?” (sic), nos escribió Julio César Iglesias, analista financiero.

Otros usuarios le respondieron a Iglesias que el mandatario no había dicho mentiras:

  • “No se pagan desde las 6 p.m. Eso lo ha repetido hasta la saciedad ¿Qué parte de eso es mentira,?” (sic), @Gar1Ramiro.
  • “El presidente Petro dijo que no pagan las horas extras desde las 6 pm. Que el día de trabajo diurno termina a las 10 pm. Por ejemplo las panaderías ponen al personal a trabajar desde las 6 AM hasta las 10 pm sin horas extras. Son los más esclavistas.. y quiénes son los dueños?? ?” (sic), @henryaguado54.

Por ello, en Colombiacheck revisamos los discursos del presidente Petro en su último viaje al exterior para el momento que fue a París, Francia, (1, 2, 3) y encontramos que se había referido al tema de las horas extras el 23 de junio (1, 2).

Ese día, durante su discurso ante la comunidad colombiana en París, el jefe de Estado defendió su recién hundida reforma laboral en el Congreso, señalando que buscaba reivindicar derechos que “existían antes en Colombia”, como el pago de horas extras o festivos, y dando a entender que esos mismos derechos no los tienen los trabajadores hoy en día. 

“Por eso, el presentar la Reforma Laboral, que no buscaba más que si pasan las seis horas de la tarde y se hace la noche, entonces se paguen extras, es decir, un mayor salario que si se trabaja de día, que, si llega el sábado y el domingo los días de descanso y se trabaja, entonces se paguen los festivos. Eso ya existía antes en Colombia”, dijo.

 

La cuenta oficial de Twitter de la Presidencia también ahondó en la idea de que en el país no se pagan horas extras ni festivos y para ello recogió en un trino las palabras del mandatario durante su alocución pero no las citó textualmente: 

“La Reforma Laboral buscaba que se paguen las horas extras, se paguen los festivos, eso existía antes en Colombia, que te contraten de manera indefinida o con mayor estabilidad. No fueron capaces de dar un solo debate sobre por qué proteger a los trabajadores era un pecado en la sociedad colombiana’: Pdte. @petrogustavo”.

 

Esto generó críticas por parte de usuarios de la red social, como el representante a la Cámara por Bogotá Andrés Forero, del Centro Democrático, quien apuntó que el presidente estaba mintiendo y esos conceptos ya se pagaban en el país.

 

O por el politólogo y economista liberal Cristian Halaby, quien señaló que en Colombia “se pagan los festivos y las horas extras con un recargo del 75%”.

 

En Colombiacheck verificamos la afirmación del presidente Petro y corroboramos que efectivamente es cuestionable, ya que confunde lo que son las horas extras con el recargo nocturno. Además de que, al menos desde 1950, con el Código Sustantivo del Trabajo, se contempla el pago de esos conceptos, aunque a lo largo de la historia ha habido cambios, principalmente por la Ley 50 y la reforma que se aprobó durante el gobierno de Álvaro Uribe. 

Consultamos al Palacio de Nariño sobre las declaraciones del mandatario y nos dijeron que Petro solo se refería a una “devolución de esos derechos que antes existían” a través de un horario nocturno desde las 6:00 p.m. y el pago completo de los domingos, puntos contemplados en la extinta reforma laboral. 

Horas extras o recargo nocturno 

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo (CST), en su artículo 159, se entiende por horas extras o trabajo suplementario al que excede “la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal”.

Entre tanto, el recargo nocturno es el pago por el trabajo que se hace durante la jornada nocturna y que se reconoce sobre el valor ordinario de la hora. Petro, en su reforma, pretendía precisamente que ese cargo extra se comenzara a aplicar desde las 6:00 p.m. con el cambio de la jornada nocturna.

Al respecto, Carlos Prieto, abogado y especialista en derecho laboral de la Pontificia Universidad Javeriana, explicó que ciertamente se trata de dos conceptos diferentes: “Las ‘horas extra’, o trabajo suplementario, corresponden al pago que el empleador debe hacerle al trabajador que, por orden previa y expresa, deba prestar sus servicios una vez terminada la jornada máxima diaria”.

“En el caso de que el empleador imparta la orden de trabajar, en un día concreto, más de las 8 horas diarias, deberá pagar las horas extras de esa jornada, que no podrán ser más de dos, y que se liquidarán con el recargo correspondiente, dependiendo si son diurnas o nocturnas”, agregó. 

En cuanto al recargo nocturno, aclaró que “es el que se causa por el solo hecho de trabajar en horario nocturno”, por lo tanto, si un empleador dispuso de una jornada de 8 horas diarias, en el horario de 9:00 p.m. a 6:00 a.m.; como ese horario es nocturno, el salario se verá aumentado por el recargo nocturno, que corresponde al 35% de la hora diurna.

Se debe recordar, además, que la jornada laboral máxima actualmente es de 47 horas semanales, según la Ley 2101 de 2021 la cual establece una reducción gradual año a año hasta llegar a 42 horas en 2026.

horas extras

Fuente: La República. 

Por lo que, hasta este punto, podemos indicar que el presidente Petro fue impreciso al decir “por eso, el presentar la reforma laboral, que no buscaba más que si pasan las seis horas de la tarde y se hace la noche, entonces se paguen extras”, ya que en ese caso iba a corresponder el pago de recargo nocturno, a la luz de lo que proponía su proyecto de ley, a menos que efectivamente el trabajador estuviera trabajando más de ocho horas ese día.

Cambios desde la Ley 50 y la era Uribe

Desde 1950 con el CST se contemplaba que la jornada diurna fuese desde 6:00 a.m. hasta las 6:00 p.m., mientras que la jornada nocturna, de 6:00 p.m. a  6:00 a.m. del día siguiente. Con la reforma de Uribe, Ley 789 de 2002, se introdujeron cambios en los horarios y se extendió la jornada diurna hasta las 10:00 p.m., quedando de la siguiente forma:

  • Jornada diurna: de 6:00 a.m. a 10:00 p.m. 
  • Jornada nocturna: de 10:00 p.m. a 6:00 a.m. 

En ese entonces, el expresidente argumentó que este cambio buscaba facilitar la creación de nuevos empleos y nuevas fuentes de trabajo en el país en un momento de coyuntura económica.

No obstante, en 2017, con la Ley 1846, también respaldada por Uribe en el Congreso pero bajo el gobierno de Juan Manuel Santos, se modificaron las jornadas y se redujo una hora diurna, quedando así: 

  • Jornada diurna: de 6:00 a.m. a 9:00 p.m. 
  • Jornada nocturna: de 9:00 p.m. a 6:00 a.m. 

En consecuencia, cuando un empleado labora después de las 9:00 p.m. se le debe pagar un 35% sobre el valor ordinario de la hora diurna, lo que se conoce como recargo nocturno, como ya se explicó y según el artículo 168 del CST. 

Ahora, cuando el trabajador tiene que trabajar horas extras, es decir, más de 8 horas, y estas horas extras son durante el horario nocturno, le corresponde un recargo diferente, de 75% sobre el valor ordinario de la hora diurna, tal como estipula el numeral 3 del artículo 168 del CST (modificado por la Ley 50 de 1990).

Sobre esos montos, la reforma de Uribe no dictó ningún cambio, pero sí sobre el pago de recargos de dominicales y festivos, que antes de 2002 se remuneraban con un cargo extra de 100% y pasaron a pagarse con un recargo de 75%, vigente hasta la fecha. 

horas extras

Fuente: Gerencie.

Entonces, ¿qué proponía la reforma laboral de Petro? 

Entre los cambios principales de la reforma laboral que impulsó el gobierno Petro se encontraban modificar la jornada laboral, el pago de horas extras y recargos dominicales y festivos. 

La propuesta inicial de la iniciativa legislativa fue que los horarios quedaran de nuevo en la forma original, es decir de esta manera:

  • Horario diurno: de 6:00 a.m. a 6:00 p.m. 
  • Horario nocturno: de 6:00 a.m. a 6:00 a.m. 

Sin embargo, en la ponencia positiva se corrió una hora la jornada nocturna y se fijó desde las 7:00 p.m.

En la iniciativa también se aumentaba la remuneración por dominicales y festivos para que el recargo regrese nuevamente a 100%, tal como era antes de la reforma de Uribe. No obstante, esto generó controversia, por lo que en la ponencia positiva se expuso que se haría de forma gradual, así:

  • A partir de julio de 2024, se incrementará el recargo a 80%. 
  • A partir de julio de 2025, se incrementará el recargo a 90%. 
  • A partir de julio de 2026, se incrementará el recargo a 100%. 

Sobre las horas extras diurnas o nocturnas, en la reforma no se formulaba ninguna modificación en los montos de remuneración. Sin embargo, sí se ratificaba como que no pueden exceder las dos horas diarias y las 12 horas semanales, tal como determinó la Ley 50 de 1990 y sigue vigente.

Desde el gobierno Petro se defendió que la reforma laboral de Uribe no logró lo que prometía en cuanto a generación de empleo y que por eso era necesario regresarles a los trabajadores el recargo nocturno de 100% y devolver la jornada laboral desde las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. 

“Fue una promesa de campaña del presidente Gustavo Petro. Nuestra iniciativa es derogar la reforma de la Ley 789 del primer año de gobierno de Uribe (…) En distintos países del mundo se ha abordado esta iniciativa de ampliar los derechos de los trabajadores, incluso en países capitalistas como Estados Unidos. La fórmula que ha demostrado que sí ha fracasado es reducir los derechos laborales de los trabajadores”, detalló el viceministro de trabajo, Edwin Palma.

Para Juliana Morad, directora del Observatorio Laboral de la Javeriana, los cambios introducidos por Uribe en su momento trajeron algunos efectos positivos para el mercado laboral, pero no los esperados. A propósito, citó varias publicaciones en las que se habla de dichos resultados:

- La probabilidad de encontrar empleo en el sector forma aumentó alrededor del 6% (“Éxitos y fracasos de la reforma laboral en Colombia”, 2005).

- Hubo un aumento en la participación de los asalariados en el mercado laboral pasando del 60,41% al 61,16%, mientras que para el resto de los empleados el incremento fue de 43,66% a 45,78% (“Efectos de la Reforma Laboral: ¿Más trabajo y menos empleos?”, 2009).

“Tenemos estudios que muestran que hubo un impacto importante de esta reforma, sin embargo, no es el impacto esperado”, explicó. El estudio de 2009 incluso señala que el mayor efecto se presentó en las horas extras, ya que, como posible consecuencia de la disminución en su costo, aumentó la proporción de trabajadores que laboran horas adicionales.

En relación con los cambios que pretendía la reforma de Petro, Morad apuntó que son temas a revisar desde los costos para un empleador: “Hay razones interesantes desde el punto de vista de estándares internacionales y las condiciones laborales, pero yo creo que es valioso una pregunta incómoda, teniendo en cuenta que nuestros problemas ya identificados es la informalidad, el desempleo, ¿cómo contribuye la modificación de la jornada laboral y el incremento de los costos asociados al recargo nocturno a superar los problemas de informalidad y desempleo?”. 

Precisamente varios señalamientos al proyecto de ley se relacionaron con un aumento de la informalidad pronosticado por varios estudios, entre ellos uno publicado por el Banco de la República y elaborado por el Grupo de Análisis del Mercado Laboral (Gamla) en el que advierten sobre la pérdida de más de 450.000 empleos formales por un aumento de los costos salariales, equivalente a una reducción de 2,1% de la tasa de formalidad del país en un plazo de tres y cuatro años

Finalmente, esa iniciativa legislativa se hundió al no contar con el quorum para tramitar su articulado en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes en el último día de sesiones ordinarias del Congreso. Pese a ello, el presidente Petro aseguró que la volverá a presentar en la próxima legislatura. 

En resumen, calificamos de cuestionable la afirmación de Petro en París porque, además de confundir lo que son horas extras con recargo nocturno, el pago de estos dos conceptos, más festivos y dominicales, sigue vigente y se contempla en la legislación colombiana al menos desde hace 73 años, aunque ha sufrido modificaciones, principalmente por la Ley 50 y la reforma de Uribe en 2002.