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Falso
Una imagen viral contiene un texto en donde se asegura que todas las ramas del poder público están cooptadas por el gobierno de Gustavo Petro y que “solo le falta adueñarse de los dos organismos de control: la Fiscalia y la Procuraduría” (sic).
El meme circula desde el 7 de febrero, un día antes de las movilizaciones convocadas por el mandatario y sus seguidores contra el entonces fiscal general saliente, Francisco Barbosa; para presionar la elección de su reemplazo por parte de la Corte Suprema de Justicia y también contra la procuradora, Margarita Cabello, y su decisión de suspender al canciller, Álvaro Leyva, investigado por los cuestionamientos a la licitación para contratar la fabricación de pasaportes. Varios usuarios lo han compartido en Facebook (1, 2, 3).
“Ya el guerrillero se adueñó de las tres ramas del poder: 1. Ejecutivo (Presidente) 2. Legislativo (Congreso enmermelado) y 3. Judicial (donde nombró a su payaso Osuna)” (sic), argumenta el meme. Luego también asegura que, en la Policía y el Ejército, el presidente “sacó a todos los generales con honor patriotico y ubicar a sus dos fichas afines a su proyecto narco-castrochavista” (sic).
Aunque la mayor parte del contenido de la imagen consiste en opiniones, como la calificación del Congreso como “enmermelado” o los señalamientos sobre el “honor” de los generales de la Fuerza Pública, Colombiacheck decidió chequear el supuesto nombramiento de un funcionario de apellido Osuna en la Rama Judicial por parte de Petro, que sí es un hecho verificable y representa uno de los argumentos principales para decir que el mandatario concentró el poder de las tres ramas del Estado.
Encontramos que la afirmación es falsa. El apellido mencionado coincide con el del ministro de Justicia, Néstor Osuna, pero este cargo pertenece al Ejecutivo, no al poder judicial, como se afirma en la publicación. Por otro lado, no ha habido ningún nombramiento de Petro que le permita controlar a las altas cortes, que son la máxima instancia de la justicia en el país.
Es importante recordar que las tres ramas del poder son independientes. De acuerdo con lo establecido en la Constitución Política de 1991, en su Artículo 113, estás son la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Si la persona a la que se refiere el meme como “payaso Osuna” es el ministro de Justicia del gobierno Petro, Néstor Iván Osuna Patiño, las publicaciones se equivocan con respecto al organigrama del Estado.
La Rama Ejecutiva, como explica el Departamento Administrativo de la Función Pública, está conformada por el Gobierno Nacional. Es encabezada por el Presidente de la República, los ministros (incluido el de Justicia) y directores de departamentos administrativos. También incluye la Vicepresidencia. Cada uno de estos actores tiene la responsabilidad de formular y adoptar las políticas, planes generales, programas y proyectos del sector que dirigen.
La Rama Legislativa es representada por el Congreso de la República. Su misión es formular leyes, mantener el control político sobre el Gobierno y reformar la Constitución. Está compuesto por el Senado de la República y la Cámara de Representantes.
Finalmente, la Rama Judicial está compuesta por las cortes, los tribunales y los jueces. Su función principal es administrar justicia, es decir, resolver los conflictos que surgen entre el Estado y los ciudadanos o entre estos últimos.
Así, el ministerio que lidera Osuna no pertenece a esta última y sus funciones no tienen nada que ver con las decisiones que debe tomar esta de manera independiente. De acuerdo con el Decreto Único del Sector Justicia, lo que hace es coordinar las relaciones entre el Ejecutivo y el poder judicial desde el punto de vista administrativo y de definición de políticas públicas.
Este es el mismo objetivo que ha cumplido la entidad desde que se separó de la cartera del Interior en 2011, bajo los gobiernos de Juan Manuel Santos (2010-2018) e Iván Duque (2018-2022) con sus respectivos nombramientos en ese cargo. Desde entonces ha habido otras 10 personas a la cabeza del sector, incluyendo a la hoy procuradora Cabello entre junio de 2019 y agosto de 2020, por ejemplo.
El abogado Enrique del Rio González, del Centro de Estudios Socio Jurídicos Latinoamericanos (Cesjul), afirma que la independencia judicial es el más relevante valor presente en el Estado colombiano. Del Río sugiere que este principio fundamental establece que los jueces, al momento de tomar decisiones, deben gozar de plena libertad y estar únicamente sujetos al imperio de la ley, tal como lo consagra el artículos 228 y 230 de la Constitución.
Según Del Río, la independencia de poderes es crucial para evitar cualquier tipo de influencia indebida sobre las decisiones judiciales. Esta independencia protege a los jueces de presiones externas, ya sean provenientes de otros poderes del Estado, de sus superiores jerárquicos o incluso del clamor popular expresado en los medios de comunicación y redes sociales.
Petro no controla el poder judicial
La Rama Judicial es liderada por la Corte Suprema de Justicia, la Constitucional, el Consejo de Estado, el Superior de la Judicatura y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. A estas instituciones se les ha sumado, de manera transitoria, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), encabezada por el Tribunal Especial de Paz.
Petro, como presidente de la República, no ha nombrado a ninguno de sus magistrados. De hecho, tampoco hay ninguno de apellido Osuna.
En el caso de la Corte Constitucional, integrada por nueve personas, el Artículo 239 de la Carta Política establece que sus miembros son elegidos por el Senado de la República para períodos individuales de ocho años, a partir de ternas enviadas por la Presidencia, la Corte Suprema o el Consejo de Estado. En el actual gobierno solo han sido elegidos dos: Juan Carlos Cortés, quien fue postulado por el máximo tribunal, y Vladimir Fernández, el único al que ha surgido de un trío de candidaturas enviado por el actual mandatario.
En cuanto a los siete magistrados de la Comisión de Disciplina, el Artículo 257A definió que es el Congreso en pleno el que los elige. De las respectivas ternas, cuatro son enviadas por el Consejo Superior y tres por Presidencia.
La conformación actual de este órgano se definió en diciembre de 2020. Así, el jefe de Estado que postuló a los hoy magistrados Magda Victoria Acosta, Juan Carlos Granados y Mauricio Fernando Rodríguez no fue Petro sino su antecesor, Duque.
Los magistrados de la Corte Suprema y el Consejo de Estado, según versa en el Artículo 231 de la Constitución, son elegidos por la respectiva corporación de una lista de diez elegibles por vacante enviada por el Consejo Superior. Esta se conforma a través de una convocatoria pública, de modo que la Casa de Nariño no interviene.
El Artículo 254, a su vez, indica que la responsabilidad por la elección de las seis personas que integran el Consejo Superior de la Judicatura se reparte así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado. De nuevo, ningún presidente tiene atribuciones en este proceso.
Finalmente, como recuerda la Corporación Excelencia en la Justicia, los magistrados de la JEP surgieron inicialmente de un comité de escogencia conformado por cinco personas delegadas respectivamente por las Naciones Unidas, el Consejo Europeo de Derechos Humanos, el Centro Internacional para la Justicia Transicional, la Sala Penal de la Corte Suprema y la Comisión del Sistema de Universidades Públicas. Sus miembros en pleno escogen los reemplazos necesarios, de acuerdo con su propio reglamento.
En conclusión, es falso que Petro “se adueñó” de todas las ramas del poder en Colombia y, en particular, que el nombramiento de Osuna le haya servido para cooptar a la justicia. El ministro hace parte del Ejecutivo, no controla a las altas cortes, donde no hay nadie con su apellido y apenas un solo magistrado ha llegado tras ser ternado para el cargo por el actual presidente, pues la Constitución establece mecanismos de elección que buscan garantizar la independencia de la justicia frente al Gobierno.