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Falso
-JJ Rendón apoyó a Santos en la primera elección de Santos contra Mockus. En la campaña contra Mockus y también después. Cuando él era el candidato suyo- aseguró Juanita León.
“(sic) quité el fuero penal militar” es un fragmento de la respuesta de Uribe para referirse a una reunión que tuvo con la reserva activa de las Fuerzas Armadas.
Lo primero que debemos precisar es que el fuero militar es “el derecho de los miembros de la Fuerza Pública a ser juzgados por un juez especializado diferente al que ordinariamente tiene la competencia”.
Nuestro primer paso para la verificación fue hacer una búsqueda avanzada en Google para revisar reportes de prensa y actualizaciones del Gobierno Nacional sobre el tema. Encontramos, por ejemplo, esta nota de Blu Radio titulada “Uribe se arrepiente de haber quitado fuero a los militares”. En ella el expresidente y actual senador simplemente se lamenta por no haber “defendido con firmeza la Justicia Penal Militar” en su gobierno, pero no habla de su eliminación.
En el resto de resultados que nos arrojó la búsqueda no hallamos pruebas de que el exmandatario hubiera eliminado el fuero militar. Lo que sí vimos fue que tuvo tropiezos con él.
Tal es el caso de un acuerdo de cooperación que el Ministerio de Defensa Nacional y la Fiscalía General de la Nación firmaron el 14 de junio de 2006. Este obligaba a que las operaciones militares debían ser vigiladas por el Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía (CTI) y que las pruebas que recopilara debían ser entregadas a las Unidades de Reacción Inmediata de esa institución, con el fin de que un fiscal de la justicia ordinaria decidiera si los casos merecían traslado a la Justicia Penal Militar o no.
Eso generó polémica y preocupación en algunos sectores. Por ejemplo, en esta nota Semana indicó que en una encuesta interna hecha en las Fuerzas Armadas en 2010, se reveló que “el principal temor entre el 85 % de 5.000 uniformados consultados era que terminaran en la cárcel por participar en combates contra la guerrilla.”
De todos modos, hay que tener en cuenta que lo anterior fue un ajuste en el funcionamiento de este tipo de justicia, no una decisión de eliminación del fuero.
Tras haber hecho esa primera indagación, contactamos al abogado Miguel José Escobar, reconocido en Youtube por explicar temas jurídicos, entre ellos los que tienen que ver con Justicia Penal Militar, para que nos contrastara la información.
Escobar perteneció a la Justicia Penal Militar hasta 2004 y, con su experiencia en mano, nos confirmó que no es cierto que Uribe haya acabado con el fuero militar porque “tendría que haber una reforma constitucional en tal sentido”. Además, señaló que el fuero militar viene desde la Constitución de 1991 y “así lo ha establecido la Corte Constitucional de la década del noventa hasta hoy”.
Eso es cierto. El fuero militar sigue existiendo. A la fecha de publicación de este chequeo, el artículo 221 de la Constitución, que fue reformado por última vez en 2015, dice: “De las conductas punibles cometidas por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar. Tales Cortes o Tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro”.
Esto también existía durante el mandato del expresidente Álvaro Uribe. De hecho, en 2010, último año de su gobierno, se aprobó la Ley 1407 sobre las normas rectoras de la ley penal militar y en el artículo 1, que hace referencia precisa al fuero militar, se escribe lo mismo que ya mencionamos sobre el artículo 221 de la Constitución.
Los únicos cambios que ha habido, como nos explicó también el abogado Escobar, tienen que ver con la especificación de cuáles delitos se consideran relacionados con el servicio militar y cuáles no, ya que de eso depende que los miembros de la Fuerza Pública y de la Policía sean juzgados por la justicia ordinaria o por la Justicia Penal Militar.
En ese caso, Uribe hizo un par de objeciones que fueron acatadas. Él dijo que el artículo 3 sobre los delitos no relacionados con el servicio “debía referirse a todas las violaciones de Derechos Humanos e infracciones del Derecho Internacional Humanitario, y no solamente a los delitos de tortura, genocidio y desaparición forzada”. Y así quedó constatado en la norma.
De esta manera concluimos entonces que es falso que Uribe haya quitado el fuero militar. Este sigue vigente. Lo que hay que tener en cuenta es que ha sufrido algunas modificaciones con el paso del tiempo, la mayoría de ellas vinculadas con el apartado que se refiere, como ya mencionamos, a los delitos no relacionados con el servicio.