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Verdadero pero...

Lunes, 08 Julio 2019

Romaña sí escribió un libro, pero no es verdad que con él ‘responderá ante la JEP’

Por Sania Salazar

Romaña sí escribió un libro, pero no es verdad que con él ‘responderá ante la JEP’

Un portal asegura que el exjefe de las Farc responderá ante la JEP con un libro. Aunque el libro sí existe, la JEP exige que la verdad sea aportada dentro de procesos judiciales.

Sin hacer mención a la fuente de la información el portal web El Nodo aseguró en una nota que Henry Castellanos Garzón, alias Romaña, exjefe de las Farc “responderá ante la JEP con un libro”.

En efecto Romaña escribió un libro sobre su participación en el conflicto armado. Sin embargo, entre las condiciones de la JEP a quienes se someten a ella está aportar verdad sobre lo sucedido en el conflicto armado, pero no a través de libros, sino en audiencias propias de un proceso judicial, por lo que calificamos como “Verdadero, pero” la información difundida por El Nodo.

Pantallazo

Sandra Ramírez, senadora del Partido Farc, le confirmó a Colombiacheck la existencia del libro y el equipo de prensa de Santrich envió la foto de la portada.

En la JEP informaron que no han recibido el libro y recordaron que la comparecencia personal de los convocados ante esa jurisdicción es obligatoria.

Hay que recordar que el paradero de Romaña se desconoce desde agosto de 2018, cuando devolvió el esquema de seguridad de la Unidad Nacional de Protección, UNP, que tenía asignado. Por tal motivo es difícil establecer si es verdad que busca responder ante la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, con ese libro.

Según el Acuerdo Final, para acceder al tratamiento especial previsto por la JEP es necesario aportar verdad plena, reparar a las víctimas y garantizar la no repetición. “Aportar verdad plena significa relatar, cuando se disponga de los elementos para ello, de manera exhaustiva y detallada las conductas cometidas y las circunstancias de su comisión, así como las informaciones necesarias y suficientes para atribuir responsabilidades, para así garantizar la satisfacción de los derechos de las víctimas a la reparación y a la no repetición”.

Las sanciones acordadas para los exguerrilleros que se sometan a la JEP dependerán del grado de verdad aportada y del momento de revelarla, así:

Sanciones propias: se impondrán a quienes reconozcan verdad y responsabilidad ante la Sala de Reconocimiento (es decir, en la primera etapa del proceso), respecto a determinadas infracciones muy graves, tendrán un mínimo de duración de cumplimiento de las funciones reparadoras y restauradoras de la sanción de cinco años y un máximo de ocho años. Comprenderán restricciones efectivas de libertades y derechos, tales como la libertad de residencia y movimiento, que sean necesarias para su ejecución, y además deberán garantizar la no repetición.

Sanciones alternativas: se impondrán a quienes reconozcan verdad y responsabilidad ante la Sección de enjuiciamiento, antes de Sentencia, tendrán una función esencialmente retributiva de pena privativa de la libertad de cinco a ocho años.

Sanciones ordinarias: es decir, de la justicia ordinaria, se impondrán cuando no exista reconocimiento de verdad y responsabilidad,  en todo caso la privación efectiva de libertad no será inferior a 15 años ni superior a 20 en el caso de conductas muy graves.

“Las denominadas sanciones alternativas y ordinarias, sí incluirán privaciones efectivas de la libertad como cárcel o prisión y/o cualquier medida de aseguramiento”, advierte el Acuerdo.

Pero como la JEP abrió un incidente de verificación de cumplimiento a Romaña para establecer si "está cumpliendo las condiciones del sistema y persiste en su permanencia dentro del proceso de paz, y darle la oportunidad para ejercer su defensa ante los hechos que indican el incumplimiento de sus obligaciones" habrá que esperar el resultado de ese proceso de verificación para saber si Romaña continúa o no en la JEP.

Romaña incumplió una cita en la JEP y postergó otra, en ambas debía responder por el Caso 001 (secuestro) ante esa jurisdicción. Según la JEP, Romaña no ha aportado las pruebas que justifiquen su desacato a las órdenes judiciales ni ha permitido hacer el estudio de riesgo que comprobaría su situación de seguridad.

En conclusión, el libro puede ayudar a establecer verdades y al proceso construcción de memoria, pero las exigencias judiciales de la JEP a los comparecientes son más amplias y strictas, por lo que no es posible que un exguerrillero pueda saldar sus cuentas con esa justicia transicional con un libro.