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Jueves, 03 Noviembre 2022

Artículo 142 de la constitución de Brasil no permite al pueblo “pedir una intervención militar”

Por Juan Sebastián Lozada

Se trata de una interpretación equivocada de los seguidores de Bolsonaro por un supuesto fraude electoral. Los pedidos de intervención ya habían ocurrido antes en ese país.

Tras la victoria de Luiz Inácio ‘Lula’ da Silva en la segunda vuelta de elecciones presidenciales en Brasil, en redes sociales empezaron a circular publicaciones que afirman que los brasileños pueden invocar el artículo 142 de la carta política de ese país para “pedir intervención militar en caso haya sospecha de fraude electoral”.

Luego de que se conoció el resultado de los comicios, los seguidores bolsonaristas se aglomeraron en las calles para protestar por un supuesto fraude en las elecciones y piden que haya una intervención militar.

En redes se pueden ver publicaciones como esta, que llaman a los brasileños a ir a las calles para “exigir el cumplimiento del artículo 142”. La imagen es de una página de Facebook de un pastor evangélico que publicaba propaganda política en apoyo al presidente Jair Bolsonaro.

La desinformación, que ha sido chequeada por colegas verificadores de Agência Lupa, Aos Fatos y AFP Factual, también se difundió en español a través de cuentas de Twitter que se identifican como de derecha, anticomunistas, antivacunas y antiglobalismo (1, 2, 3, 4).

“Brasil está movido, la gente está saliendo a protestar. Según el artículo 142 de la constitución brasileña, el pueblo puede pedir intervención militar en caso haya sospecha de fraude electoral, que al parecer la hay (sic)”, dice una de las de mayor interacción.

En Colombiacheck retomamos el chequeo de nuestros aliados en Agência Lupa, como parte de la alianza de verificadores de la región Latam Chequea.

De acuerdo con Lupa, el artículo 142 de la Constitución de Brasil no contempla que haya una intervención militar después de 72 horas de protestas. A pesar de que los grupos bolsonaristas lo utilizan para pedirle al Ejército una intervención directa, este artículo define las funciones de la fuerza pública y es falso que le dé poder moderador a los militares ni que lo pueda hacer después de 72 horas de protestas.

El artículo 142 dice lo siguiente:

“Las Fuerzas Armadas, integradas por la Armada, el Ejército y la Fuerza Aérea, son instituciones nacionales permanentes y regulares, organizadas sobre bases de jerarquía y disciplina, bajo la suprema autoridad del Presidente de la República, y tienen por objeto defender la Patria, la garantía de los poderes constitucionales y, a iniciativa de cualquiera de éstos, de la ley y el orden”.

Agência Lupa también ha registrado que los grupos bolsonaristas afirman que, si el presidente no es localizado o no hace declaraciones durante las 72 horas de protestas, la fuerza pública puede tomar el poder, pero esto es falso, pues no se menciona en ninguno de los apartados del artículo 142.

En junio de 2020 la Secretaría General de la Junta Directiva de la Cámara de Diputados emitió un dictamen en el que se aclara que el artículo 142 de la Constitución no autoriza la intervención militar bajo el pretexto de “restaurar el orden”, reportó la Agencia Cámara de Noticias. El dictamen señala que “no existe ningún dispositivo constitucional o legal que haga referencia a una supuesta atribución de las Fuerzas Armadas para la mediación de conflictos entre poderes”.

Los colegas de Aos Fatos ya habían verificado esta misma desinformación en junio de 2019 en el chequeo ‘No, el artículo 142 de la Constitución no permite a Bolsonaro decretar una intervención militar’. En el texto registraron que estos pedidos de intervención basados, equivocadamente, en el artículo 142, ya habían ocurrido durante las protestas del año 2014 en contra de la entonces presidenta Dilma Rousseff, y en 2018, durante el gobierno de Michel Temer.

El profesor de derecho constitucional de la Universidad Católica de São Paulo, Marcelo Figueiredo, le dijo a Aos Fatos en ese texto que cualquier interpretación que vincule la Constitución con una posible intervención militar no tiene base legal: “Esto es una tontería y una incitación al golpe de Estado. El artículo 142 habla del papel de las Fuerzas Armadas en el Estado Democrático de Derecho. No hay nada en el artículo que respalde esta interpretación”, señaló.

En conclusión, calificamos como falso que el artículo 142 de la Constitución de Brasil permita al pueblo pedir intervención militar, como muestran las verificaciones de los colegas de ese país.