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Viernes, 08 Mayo 2026

Si la derecha llega a la Presidencia, ¿Daniel Quintero tendría más riesgo de terminar en la cárcel?

Por Santiago Bernal Largo y Andrés Camilo Tuberquia Zuluaga - El Armadillo para RedCheq

Cuentas opositoras prevén “un 90% de probabilidad” de que el nuevo superintendente, imputado por corrupción, vaya preso; predicción que omite la independencia de poderes.

3 DATOS CLAVE:

  1. Una imagen viral afirma que “hay un 90% de probabilidad de que, si gana la derecha en Colombia, Daniel Quintero vaya a la cárcel”, a raíz del nombramiento del exalcalde de Medellín imputado por corrupción como superintendente de Salud.
  2. El exmandatario distrital y varios exfuncionarios de su administración tienen un proceso penal por el caso Aguas Vivas, por el que la justicia podría meterlo preso. También enfrenta otros tipos de sanciones por esa misma y más razones.
  3. La Rama Judicial es constitucionalmente independiente de la Ejecutiva, por lo que el gobierno de turno no debería tener un efecto directo sobre una posible privación de la libertad. Lo único en manos de Presidencia es la terna para la Fiscalía General.

Una cuenta de oposición al gobierno de Gustavo Petro prevé, sin mucho desarrollo, que “hay un 90% de probabilidad de que, si gana la derecha en Colombia, Daniel Quintero vaya a la cárcel a pagar por sus delitos”, por lo que anuncia que el exalcalde de Medellín imputado por corrupción y ahora nuevo superintendente de Salud está “sin escape”.

En este explicador, revisamos tanto los procesos contra el funcionario y sus avances hasta ahora como los límites constitucionales que tiene una predicción como esa. La publicación pasa por alto la independencia constitucional de los poderes públicos, por más que la Presidencia participe en la postulación de personas para algunos cargos en la Justicia.

La pieza fue publicada originalmente por el frecuente desinformador ‘Oposición Col / Manuel J Vélez’ el 20 de abril, cuando empezaron a circular los rumores sobre el nombramiento de Quintero en Supersalud, confirmado tres días después. Además, saltó a otras cuentas y ya suma al menos 378.000 visualizaciones.

¿Por qué investigan a Daniel Quintero?

Hasta mayo de 2026, Quintero tiene solo un proceso activo en la Fiscalía General de la Nación. El exalcalde fue imputado por los delitos de peculado por apropiación, prevaricato por acción e interés indebido en la celebración de contratos. Nueve exfuncionarios directivos de su administración y tres particulares enfrentan el mismo proceso por su presunta participación en la modificación irregular del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) para restituir ilegalmente un lote.

Según las pruebas que tiene el ente acusador, entre febrero de 2020 y mayo de 2023, y como parte de una conciliación prejudicial, estas personas habrían intentado favorecer económicamente a Juan Diego Moreno, José Fernando Rueda y Juan Manuel Villegas, empresarios cercanos al exgobernador de Antioquia Luis Pérez, modificando la cesión gratuita del predio Aguas Vivas a una compraventa. Con este cambio, según la investigación, el Distrito podría pagarles a esos empresarios cerca de $40.500 millones por el lote.

Las audiencias se han realizado desde noviembre de 2025, pero han avanzado poco debido a que la defensa ha solicitado en varias ocasiones la nulidad de la imputación, argumentando que la Fiscalía no sustentó adecuadamente los cargos. La diligencia más reciente fue el 29 de abril de 2026 y, en ella, la entidad siguió presentando material probatorio para argumentar la acusación. Además, la Alcaldía de Medellín busca que se reconozca al Distrito como víctima en el proceso. Las siguientes diligencias judiciales están programadas para el 20 de mayo y el 2 y 14 de julio.

En las próximas audiencias, la jueza tendrá que decidir sobre los pedidos de nulidad. No obstante, una vez emita su resolución, los defensores podrían apelar esa decisión y el caso pasaría al Tribunal Superior de Medellín, lo que dilataría el inicio formal del juicio. 

Por el mismo caso, Quintero también enfrenta un proceso en la Procuraduría General de la Nación. El 21 de noviembre de 2025, este organismo anunció que llamaría a juicio disciplinario a Quintero y a otros cinco exfuncionarios de su administración.

Adicional a esos procesos que se desarrollan de forma paralela, el superintendente también ha enfrentado otros. Uno de los más sonados fue el de indebida participación en política luego de que, durante la campaña presidencial de 2022 y aún como alcalde, hizo un video en el que aparecía dentro de un vehículo diciendo la frase “el cambio en primera”.

Esta publicación fue interpretada como una alusión a un eslogan del entonces candidato Gustavo Petro. La procuradora general de ese momento, Margarita Cabello, lo suspendió con el argumento de “la presunta y reiterada intervención en actividades y controversias políticas”.

Luego, el 3 de julio de 2024, en primera instancia, el órgano de control lo sancionó con suspensión e inhabilidad especial de seis meses al encontrar probada su falta disciplinaria “por el uso de expresiones veladas a favor del Pacto Histórico”. Esta decisión fue ratificada en segunda instancia por este organismo el 21 de noviembre de 2025.

Sin embargo, dado que Quintero fue elegido por voto popular, la medida no puede ser aplicada hasta que supere la revisión automática de esa decisión, que recae sobre el Consejo de Estado. De momento, este organismo judicial no ha emitido una sentencia que confirme o revoque el fallo.

Otro proceso que se encuentra en curso es también en la Procuraduría, que en julio de 2025 les abrió una investigación a Quintero y a su exsecretaria privada María Camila Villamizar por la presunta utilización indebida de la “caja menor” de la Alcaldía de Medellín. Por ese mismo caso, el ente disciplinario ya había formulado pliego de cargos en 2024 contra Juan David Duque, también exsecretario privado de esa administración.

El 29 de agosto de 2025, la Contraloría General de la República asumió la investigación fiscal que ya cursaba en la de Medellín por los mismos hechos. De acuerdo con las pruebas de ese organismo, dicho fondo —que debe destinarse a gastos menores y urgentes— fue utilizado para asumir viáticos, otros consumos de integrantes del gabinete y pagos duplicados. 

Cada uno de estos procesos implica diferentes sanciones. Sobre la Fiscalía recae la función de investigar y, de encontrar méritos, solicitar medidas de aseguramiento y condenas en procesos penales, pero son los jueces los encargados de resolver esas solicitudes y definir el tipo de pena. Por tanto, estas son las autoridades que eventualmente podrían enviar a Quintero a la cárcel.

En cambio, las medidas de la Procuraduría son disciplinarias: inhabilitación para ejercer cargos públicos o multas. Por su parte, las de la Contraloría son principalmente fiscales: multas, suspensión del cargo e inhabilitación para ejercer funciones públicas en casos graves.

Los procesos mencionados anteriormente son los que lo vinculan de manera directa y los que han avanzado a instancias de investigación de cara a diligencias que determinen responsabilidades y posibles sanciones. Sin embargo, en un comunicado publicado el 17 de abril, la veeduría Todos x Medellín rechazó el nombramiento de Quintero como superintendente de Salud y señaló que, de acuerdo con sus registros, hay 43 personas imputadas por presuntos hechos de corrupción durante su administración. Entre ellas hay exfuncionarios, contratistas y colaboradores de esa alcaldía.

¿Qué influencia puede tener un presidente?

Que haya una mayor probabilidad de que Quintero vaya a la cárcel si gana la derecha, como lo sugiere la publicación, implica que el resultado del proceso dependería del gobierno de turno, lo cual contradice el marco jurídico colombiano, pues ni la Fiscalía ni los jueces están subordinados a la Rama Ejecutiva. Es la Rama Judicial la encargada de administrar justicia en Colombia.

Su independencia está amparada, primero, en la Constitución Política, que consagra la separación de poderes. Después, en el artículo 5 de la Ley 270 de 1996 (Ley Estatutaria de Administración de Justicia), que establece que esta es también autónoma y que ningún superior jerárquico en el orden administrativo podrá insinuar, exigir o aconsejar a un funcionario judicial las decisiones que deba adoptar.

No obstante, no es posible afirmar que la administración de justicia esté al margen de la política. Y esto no solamente lo explican las posibles presiones indebidas o las afinidades de los jueces y fiscales, sino el funcionamiento mismo del Estado.

Por ejemplo, para la elección de Fiscal General, es el presidente el encargado de conformar una terna y la decisión final recae en la Corte Suprema de Justicia. Ese proceso está regulado por el artículo 249 de la Constitución.

La norma estipula que el presidente debe seleccionar a los aspirantes mediante una convocatoria pública en la que recibe postulaciones durante siete días. Luego, envía una terna a la Corte Suprema de Justicia, que elige al fiscal mediante el voto favorable de las dos terceras partes de sus magistrados.

Para Luisa Fernanda Cano, doctora en Derecho de la Universidad de los Andes y docente coordinadora del Área de Derecho Público de la Universidad de Antioquia, esto es un ejemplo claro de pesos y contrapesos: “Intervienen dos ramas del poder público como una manera de distribuir o de colaborar”.

En este sentido, la académica explica que “el poder o la posibilidad de incidencia del Ejecutivo en la elección del fiscal o la fiscal general, en cabeza del presidente, tiene que ver con esa facultad exclusiva que tiene de postular una terna. Es decir, es el presidente el que selecciona los perfiles de las personas”. 

En todo caso, un fiscal general no necesariamente tiene influencia directa sobre cada caso, pero podría cambiar a la persona encargada de llevar la acusación ante los tribunales. Cano menciona que la persona que ocupa ese cargo tiene amplia incidencia directiva sobre el ejercicio de la acción penal y de los nombramientos para procesos o investigaciones y que, además, puede priorizar casos o fenómenos criminales estructurales.

“El diseño de la Fiscalía es bastante jerárquico, es decir, la fiscal puede reasignar, variar casos, asumir directamente investigaciones o procesos independientemente del estado en el que estén, reasignar a sus servidores [...] Adicionalmente la fiscal general de la Nación por supuesto participa en el diseño de la política criminal del Estado”, agrega.

Si bien la propia Constitución establece que las decisiones judiciales solo están sometidas “al imperio de la ley”, también hay que considerar la distancia que puede existir entre la norma y la realidad. Eso no implica, sin embargo, que se pueda calcular la probabilidad de que una persona vaya a la cárcel de acuerdo con el resultado de la elección presidencial.

El Armadillo contactó a la página Oposición Colombia para indagar sobre el origen de su afirmación, pero hasta el cierre de este chequeo no habíamos recibido respuesta.

Principales difusores de la pieza:

En Facebook:

En Instagram:

@oposicion_col, del mismo Manuel J. Vélez.

En Threads, una cuenta de Cali afín de De la Espriella con menor difusión.

* Este explicador se hizo como parte de RedCheq, la red de verificadores aliados de Colombiacheck, en el marco de un proyecto con Chequeado para fortalecer la integridad informativa electoral en América Latina.