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Falso

Viernes, 19 Enero 2024

Es falso que Petro “legalmente ya no es presidente” como afirman en video

Por Paola Benjumea Brito

La única vía que la Constitución contempla para removerlo del cargo es un juicio político. No bastan las investigaciones en curso sobre financiación de su campaña.

Un lector nos pidió por WhatsApp verificar un video que circula en Instagram en el que aseguran que Gustavo Petro legalmente ya no es presidente de Colombia por haber violado los topes máximos de financiación de su campaña. 


El video fue publicado por la usuaria @patriciareca48 el pasado 15 de enero y tiene más de 200 “me gusta”. En las imágenes, sale un hombre hablando y tiene un mensaje superpuesto que dice: “URGENTE! NOTICIA DE ÚLTIMO MOMENTO Legalmente Petro YA NO ES presidente”. 

“No hace falta un proceso judicial para retirar de la Presidencia a quien por los hechos comprobados ya perdió el cargo. El artículo 109 de la Constitución Nacional ordena: Para las elecciones que se celebren a partir de la vigencia del presente acto legislativo (acto legislativo No 1 del año 2009), la violación de los topes máximos de financiación de las campañas, debidamente comprobada, en este caso por los medios de comunicación social nacionales y por la Fiscalía General de la Nación, que ya lo denunció, será sancionada con la pérdida de investidura o del cargo. Es una orden”, dice en la grabación. 

Y agrega que si el pueblo eligió a Petro, “ante la abundante evidencia de aportes y gastos no declarados que sobrepasan los topes máximos de financiación, el pueblo ya está en espera de que salga del cargo de Presidente inmediatamente. Una orden constitucional no se puede someter a consideración de ninguna institución bajo su subordinación para retirar del cargo al señor Petro. Sencillamente ya no es el presidente de Colombia. Cada segundo que permanezca en el cargo lo hace por fuera del Estado de derecho y es una afrenta a la Nación. Significa gobernar de hecho, es una violación de la Constitución”.

Finalmente hace un llamado a los soldados de la Patria para que retiren del cargo a Petro. “Es su función garantizar el orden constitucional, retirar de la Presidencia al señor Petro, una vez examinada las pruebas por ustedes mismos no es un golpe de Estado, el golpe de Estado es su permanencia en el cargo con su complicidad. Retirarlo de la Presidencia es su deber”, dice.

El video, de 3:18 minutos, originalmente fue publicado en TikTok por el creador de contenidos @freddyrodriguez184 el 23 de diciembre de 2023. La publicación tiene más de 347.000 reproducciones y más de 13.000 “me gusta”. 

En Colombiacheck verificamos sus afirmaciones y comprobamos es falso que Petro ya no sea presidente legalmente por haber violado los topes de financiación de campañas. Para que el mandatario pierda el cargo, debe ser investigado por la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, donde apenas existe una indagación previa, y ser juzgado por el Senado.

Los argumentos del video se basan en el artículo 109 de la Constitución Nacional, que se refiere a la financiación de las campañas que adelanten los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los grupos significativos de ciudadanos. Este señala que “para las elecciones que se celebren a partir de la vigencia del presente acto legislativo, la violación de los topes máximos de financiación de las campañas, debidamente comprobada, será sancionada con la pérdida de investidura o del cargo”.

De hecho, esta sanción no se introdujo como algo novedoso en el acto legislativo 1 de 2009 que cita el hombre de la grabación; los cambios al artículo en ese entonces fueron otros. La pérdida de investidura, tal como la leyó, en realidad está en la norma desde la reforma política de 2003.

No obstante, para que el Presidente de la República sea sancionado con la pérdida del cargo por la violación de topes máximos en la financiación de su campaña o por otros delitos o faltas disciplinarias primero debe surtirse un proceso en la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara de Representantes, el único ente encargado de conocer las denuncias penales o quejas disciplinarias contra el Jefe de Estado, como lo establece el artículo 178 de la Constitución. En caso de encontrar méritos para acusar, debe hacerlo ante el Senado, de acuerdo con lo señalado por artículo 174 de la Carta Magna, donde el mandatario será juzgado. Esto no ocurre de forma inmediata, como asegura el video y tampoco es cierto que pueda perder el cargo por denuncias de medios de comunicación o de la Fiscalía General de la Nación.  

En Colombiacheck consultamos a Mario Cajas, doctor en Derecho, docente y director de la Escuela de Derecho, Gobierno y Globalización de la Universidad Icesi, quien advirtió que el Consejo Nacional Electoral (CNE) es el encargado de investigar si hubo violación de los topes máximos en la financiación de las campañas, pero no tiene competencia para sancionar con la pérdida del cargo al Presidente de la Repíblica. 

“La Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara de Representantes se encarga de hacer una indagación previa, se la asignan a un congresista ponente. Este la presenta a la Comisión de Acusaciones. Si considera que hay mérito, la lleva a la plenaria de la Cámara y, si hay lugar para adelantar un juicio, la envía al Senado. Si se concluye que el presidente es responsable, la consecuencia es la pérdida del cargo”, explicó Cajas.

De acuerdo con el artículo 175 de la Constitución, en los juicios que se sigan ante el Senado se observarán las siguientes reglas: 

“1. El acusado queda de hecho suspenso de su empleo, siempre que una acusación sea públicamente admitida. 

2. Si la acusación se refiere a delitos cometidos en ejercicio de funciones, o a indignidad por mala conducta, el Senado no podrá imponer otra pena que la de destitución del empleo, o la privación temporal o pérdida absoluta de los derechos políticos; pero al reo se le seguirá juicio criminal ante la Corte Suprema de Justicia, si los hechos lo constituyen responsable de infracción que merezca otra pena. 

3. Si la acusación se refiere a delitos comunes, el Senado se limitará a declarar si hay o no lugar a seguimiento de causa y, en caso afirmativo, pondrá al acusado a disposición de la Corte Suprema.

4. El Senado podrá cometer la instrucción de los procesos a una diputación de su seno, reservándose el juicio y la sentencia definitiva, que será pronunciada en sesión pública, por los dos tercios, al menos, de los votos de los senadores presentes”.

Cajas también aclaró que “no hay una pérdida automática del cargo de Presidente de la República porque eso implicaría que no hay una investigación ni juicio. En el caso del presidente lo que se surte es un proceso en el Congreso. Si encuentran una infracción penal por parte del Presidente, eso puede dar lugar a una responsabilidad y eso lo puede determinar, primero el Congreso y luego pasa a la Corte Suprema de Justicia, que le hace un juicio penal y puede establecer una pena de prisión. Es ilógico pensar que, sin un juicio previo, el Presidente quede por fuera del cargo”.

Como lo explicamos en el chequeo “Es falso que la Corte Suprema pueda destituir al Presidente de la República”, de acuerdo con la Constitución, es el Senado el que tiene esta competencia. 

Investigación previa de la Comisión de Acusaciones de la Cámara

En diciembre de 2023, la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes abrió una investigación previa en contra de Petro por la posible financiación irregular y violación de los topes de gastos en la campaña electoral. El proceso está relacionado con las conversaciones filtradas entre el exembajador en Venezuela Armando Benedetti y la actual directora del Departamento de Prosperidad Social, Laura Sarabia, en los que el primero hablaba de unos dineros ilegales que supuestamente ingresaron a la campaña presidencial de Petro. Los audios fueron revelados en junio de 2023 por la revista Semana.

En esta fase de la investigación, que aún es preliminar y reservada, la comisión les pidió a varios organismos las pruebas y procesos que tengan en su poder para estudiarlas.

A esto se suma la detención de Nicolás Petro, exdiputado del Atlántico e hijo mayor del presidente, por los delitos de  enriquecimiento ilícito y lavado de activos en un caso en el que también se cuestionó la financiación de la campaña que llevó a Petro a la Casa de Nariño en 2022. Por estos hechos, la Fiscalía notificó a la Comisión de Acusaciones de la Cámara para que investigue al mandatario.

Además, hay medios como La Silla Vacía que han revelado otros ingresos y gastos que no fueron reportados en las cuentas oficiales de la campaña presidencial de Petro, que implicarían una posible violación de los topes como la donación de 500 millones de pesos por la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode) a través del partido Colombia Humana, y los pagos a por lo menos 1.000 testigos electorales de primera vuelta y al asesor catalán que ideó esa estrategia, Xavier Vendrell, lo cual está siendo investigado por el CNE

Igualmente, los honorarios del cotizado asesor político español, Antoni Gutiérrez- Rubi, que tampoco fue reportado en las cuentas oficiales de la campaña. O la financiación del empresario Euclides Torres, aliado de Benedetti que tiene su propio clan político en Atlántico, para un evento en Barranquilla en septiembre de 2021, en el que Petro le hizo el quite a la obligación de reportar los gastos o ingresos de campaña al adelantarse al calendario electoral. Esto último también lo está investigando el CNE, que llamó a declarar a Torres.  

En conclusión, en Colombiacheck calificamos como falso el video en el que afirman que legalmente Petro ya no es presidente por supuestamente haber violado los topes máximos de financiación de su campaña, según denuncias de los medios de comunicación y la Fiscalía, porque para que el Jefe de Estado pierda el cargo primero debe ser investigado por la Comisión de Investigaciones y Acusaciones de la Cámara de Representantes y, en caso de encontrar méritos, juzgado por el Senado.