Pasar al contenido principal

Falso Falso Falso Falso Falso Falso Falso Falso

Falso

Miércoles, 10 Marzo 2021

Artículo citado en redes de los Convenios de Ginebra sobre menores combatientes es falso

Por Mónica Ospino Orozco

No es cierto que los Convenios de Ginebra aseguren que “todo menor de 15 años en zona de conflicto será considerado un combatiente”.

El bombardeo ejecutado por el Ejército el pasado 2 de marzo, ocurrido en zona rural de Calamar, Guaviare, en contra del disidente de las Farc, alias Gentil Duarte, y en el que presuntamente murieron menores de edad, ha desatado una ola de indignación en el país y también, mucha desinformación.

Una de esas desinformaciones fue compartida por el popular tuitero David Ghitis, afín al partido de gobierno, en este trino en el que aseguró: “Lean bien: Se confirma que no hubo niños entre los muertos del bombardeo en el Guaviare. (Y si los hubo, hay que mirar hacia quien los llevó de acuerdo al convenio de Ginebra, Art 77, Numeral 2)”.

Además, Ghitis compartió dos capturas de pantalla, una con un titular de Blu Radio en la que se asegura que “Medicina Legal confirma que no había niños entre muertos por bombardeo en el Guaviare” y otra, una captura que dice “Convenio de Ginebra. Artículo 77 numeral 2: Todo menor de 15 años y en zona de conflicto será considerado un combatiente. El delito y responsabilidad recae sobre el grupo que lo use en sus filas únicamente”. 

Ghitis, publicó el trino a las 6:25 a.m. de este miércoles 10 de marzo, que llegó a tener 50 retuits y más de 100 me gusta. Sin embargo, lo borró poco después, y en muchos de los comentarios en respuesta le advertían que ese artículo era falso e incluso varios citaron este chequeo de Colombiacheck, hecho en noviembre de 2019, titulado “Supuesto artículo del Convenio de Ginebra sobre niños soldados es falso”.

Precisamente en esa ocasión circuló en redes sociales una pieza similar a la que esta vez compartió el tuitero en cuestión, solo que en ese momento el falso artículo había sido identificado como el 122, numeral 2. Sin embargo, el contenido de entonces es igual al que circula ahora. De nuevo, verificamos que es falso.

El falso artículo 77, numeral 2 circula ampliamente en Twitter (1, 2, 3), especialmente entre quienes reaccionaron a las declaraciones dadas, este miércoles 10 de marzo, por el ministro de Defensa, Diego Molano, quien en entrevistas radiales calificó de “máquinas de guerra” a los menores que pudieran haber sido bombardeados en Calamar, Guaviare.

El artículo 77, numeral 2 del Protocolo I adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 es el relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales, “no dice lo señalado en redes y es falso lo que comparte el tuitero”, explicó a Colombiacheck, el profesor de derecho de la Universidad Icesi de Cali, coordinador de área de derecho penal y doctor en ciencias jurídicas, Yecid Echeverry Enciso.

Echeverry agregó que “los cuatro Convenios de Ginebra son de 1949 y se adicionaron en 1977 el Protocolo I y II, y en el 2005, el III. El que regula la parte del reclutamiento forzado, en concreto, es el Protocolo I, que es relativo a la protección de personas en conflictos de carácter internacional. Pero ellos tienen el artículo 3 que es es común a los dos protocolos”. 

“Ese artículo 77 hace referencia a que lo ideal es que no se recluten menores y que dadas ciertas condiciones extremas se puede reclutar menores desde 15 años. Pero de todas maneras estos menores deben tener una protección especial. Si usted hace una confrontación directa entre lo que literalmente dice ese artículo en su numeral 2 no es ni siquiera cercano a lo que comparte el trino que está analizando”, precisa Echeverry.

Y es que literalmente el artículo 77 del protocolo I de los Convenios de Ginebra, dice: 

“Las Partes en conflicto tomarán todas las medidas posibles para que los niños menores de quince años no participen directamente en las hostilidades, especialmente absteniéndose de reclutarlos para sus fuerzas armadas. Al reclutar personas de más de quince años pero menores de dieciocho años, las Partes en conflicto procurarán alistar en primer lugar a los de más edad”.

Y tal como lo mencionamos en el citado chequeo de 2019, “los convenios de Ginebra son la base del Derecho Internacional Humanitario, es decir el derecho que limita y humaniza la guerra. La primera versión de este convenio viene de 1864 pero fue reescrita en varias ocasiones y la versión actual se firmó el 12 de agosto de 1949, después de la Segunda Guerra Mundial, y consiste en cuatro convenios”.

“Además de los convenios existen tres protocolos que se sumaron más tarde. El Protocolo adicional I se firmó en 1977 y trata de la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales; el Protocolo adicional II se firmó al mismo tiempo y trata de los conflictos armados no internacionales y el Protocolo adicional III, de 2005, añadió el cristal rojo a los emblemas protectores de la Cruz Roja y la Media Luna Roja (el equivalente de la Cruz Roja en el mundo musulmán)”.

Lo cierto es que el reclutamiento de menores es un delito, como lo consigna el artículo 4 del Protocolo II que dice que “los niños menores de quince años no serán reclutados en las fuerzas o grupos armados y no se permitirá que participen en las hostilidades”. Cabe recordar que este Protocolo en particular fue ratificado por Colombia en 1996, lo que en su momento se consideró un hito en la humanización de la guerra.

Así que el mencionado artículo 77, numeral 2 compartido por David Ghitis y otras personas, es falso, pues su contenido difiere del que realmente contiene dicho documento.