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Cuestionable
Desde mediados de abril de 2023, circula por redes sociales, en especial Facebook, y por chats de WhatsApp una cadena titulada: “Comunicado de interés general, pensionados en general y personal con asignación de retiro de todos los estamentos”, sobre la reforma pensional que radicó el gobierno del presidente Gustavo Petro ante el Congreso, el pasado 22 de marzo del 2023.
Esto dice el texto:
“Comunicado de interés general, pensionados en general y personal con asignación de retiro de todos los estamentos.
Reforma Pensional- DEROGATORIA DE NORMAS * Revisado con todo cuidado el proyecto de Ley de reforma pensional radicado en días pasados por el Gobierno ante el Congreso. Con bastante preocupación, después de un estudio muy minucioso y detallado de dicho proyecto de Ley, se observa que *el artículo 91 del proyecto propone derogar, entre otros, los artículos 10 al 32 así como el artículo 50 de la Ley 100 de 1993. * Muy preocupante tema que tendría a futuro tremendas implicaciones por dos razones fundamentales: la primera, porque se derogaría entonces el artículo 14 de la ley 100/93 que consagra el reajuste anual automático de las pensiones de jubilación, invalidez, sustitución y sobrevivencia; y la segunda, porque se derogaría la prima de navidad que esta consagrada en el artículo 50 de la Ley 100 de 1993. Temas estos complejos desde el punto de vista legal que implican desde ya (si así lo llega a aprobar el Congreso ) pensar en una solida y fuerte argumentación jurídica para defender los DERECHOS ADQUIRIDOS de los pensionados de Colombia. No sobra recordar que el reajuste anual de las pensiones y la prima de navidad para todos los pensionados de Colombia fue resultado de grandes luchas desde la Ley 4 de 1.976. Por favor comparte este mensaje con otros pensionados, futuros pensionados y amigos. Por lo anterior, con respeto y vehemencia, levantó mi voz y hago un llamado a los H. Senadores y Representantes para que no aprueben en la reforma pensional la derogatoria de las normas citadas. Muchas bendiciones para todos”.
Por ejemplo, en Facebook encontramos algunos perfiles, con publicaciones entre el 13 de abril y 16 de abril, a traves de un rastreo por la opción de búsqueda de esta red social, al menos 25 perfiles publicaron la cadena. Incluso en Twitter, un usuario nos pidió verificar estos temas, tras la publicación de un trino.
Colombiacheck y Redcheq consultaron a expertos, el articulado de reforma pensional y la Ley 100 para verificar si el contenido de la cadena por WhatsApp y redes sociales es verdad o mentira.
El economista Deivy Vega Herrera, estudiante de la Maestría en Economía y Desarrollo de la UIS y asesor empresarial en pensiones, precisa que dicha cadena se basa en falacias y verdades a medias. Primero, porque el fundamento del mensaje se basa en el artículo 91 de la reforma pensional, el cual derogará varios artículos de la Ley 100 (desde el artículo 10) principalmente, porque estos artículos hablan de cómo funciona el actual sistema.
El artículo 91 de la reforma pensional determina lo siguiente: “La presente ley deroga las normas que le sean contrarias y en especial los artículos 10 al 32, 38, 40, 47, 48, 50 al 112, 128, 134, 139, 151, 151 A al 151 F de la Ley 100 de 1993, el artículo 4 de la Ley 1066 de 2006, los literales c y e del artículo 39 del Decreto Ley 656 de 1994”.