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Verdadero pero...

Martes, 31 Julio 2018

Consulta Anticorrupción busca darle dientes al Estado para que le quite contratos a corruptos

Por Sania Salazar

Actualmente un contratista al que se le comprueben actos de corrupción debe ceder voluntariamente el contrato, la Consulta pretende que el Estado pueda terminarlo unilateralmente.

A 26 días de votar la Consulta Anticorrupción en Colombia persisten las dudas y la información falsa con respecto a ese proceso.

En Facebook circula una publicación que asegura que la Consulta busca, entre otras cosas, impedir que los contratistas corruptos cedan los contratos a terceros y que, por el contrario, el Estado pueda recuperar esos contratos. Colombiacheck encontró que esta información contiene una inexactitud, por lo que la califica de Aproximada.

Publicación sobre consulta anticorrupción

La publicación de Facebook se refiere a la última parte de la pregunta número dos de la Consulta en donde se habla de darle potestad al Estado de terminar unilateralmente con contratos obtenidos con actos de corrupción:

¿Aprueba usted que las personas condenadas por corrupción y delitos contra la administración pública deban cumplir la totalidad de las penas en la cárcel, sin posibilidades de reclusión especial, y que el Estado unilateralmente pueda dar por terminados los contratos con ellas y con las personas jurídicas de las que hagan parte, sin que haya lugar a indemnización alguna para el contratista ni posibilidad de volver a contratar con el Estado?

En Vence al Corrupto, la página de los promotores de la consulta anticorrupción, explican, sobre esa parte de la segunda pregunta, que actualmente dentro de las causales para que la entidad contratante termine unilateralmente un contrato no están contemplados los hechos de corrupción.

El artículo 17 de la Ley 80 de 1993 dice que la entidad, en acto administrativo debidamente motivado, dispondrá la terminación anticipada del contrato, entre otros, en los siguientes eventos: muerte o incapacidad física permanente del contratista, o disolución de la persona jurídica del contratista, o por declaración de quiebra del mismo, pero no se mencionan casos de corrupción.

En conversación con el periódico El Espectador, la exsenadora del Partido Verde Claudia López dice que el objetivo de esta parte de la iniciativa es “darle la facultad al Estado de cancelar de manera unilateral y sin ninguna indemnización los contratos que se consiguen con corrupción”.

https://youtu.be/i9qxIySpIzI

En la página Vence al Corrupto explican, además, que la Ley 80 de 1993 ya impide que los condenados por delitos contra la administración pública puedan contratar con el Estado. Sin embargo, en el caso de los contratistas a los que se les comprueban actos de corrupción cuando el contrato ya está firmado y en ejecución, la cesión o renuncia al contrato depende de la voluntad del contratista.

Hay que anotar que la cesión del contrato no es un derecho del contratista, sino una opción que tienen las entidades del Estado.

“Cuando una persona es condenada por peculado, concusión, cohecho, celebración indebida de contratos, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, prevaricato, abuso de autoridad o usurpación y abuso de funciones públicas, le corresponde ceder el contrato o renunciar a su ejecución si lo primero no es posible. Esta consecuencia es abiertamente insuficiente, pues la administración no cuenta con las herramientas para terminar unilateralmente los contratos en razón a las condenadas de los corruptos”, precisan los impulsores de la Consulta.

Para Humberto García Vega, especialista en derecho administrativo y profesor de contratación de la Escuela Superior de Administración Pública, lo que se pretende es aprobar una causal más de inhabilidad y de terminación anticipada de un contrato, iniciativa que él ve bien, porque cree que la sola difusión de la Consulta servirá como factor de difusión.

Angélica Lozano, senadora del Partido Verde, le explicó a Colombiacheck que “hoy lo que aplica es la cesión, existe en la Ley 80. Lo que nosotros queremos es que no se necesite la voluntad o la firma del contratista para ceder el contrato, porque si no lo quiere ceder no se le puede quitar ni asignar a otra persona”.

En un Facebook Live con el periódico El Colombiano Lozano explicó, además, que si el contratista se niega a ceder el contrato puede seguir ejecutándolo “y además se le sale a deber y hay que indemnizar, como a Odebrecht”, concluyó la senadora.

La publicación de Facebook tiene razón en que un contratista condenado por corrupción puede ceder su contrato, pero eso no es malo, lo malo es que es la única forma en la que, actualmente, se le puede despojar del mismo. Lo que busca el punto dos de la Consulta Anticorrupción es que el Estado tenga potestad para terminar unilateralmente con el contrato y no depender de que el contratista lo quiera ceder.