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Lunes, 26 Diciembre 2022

Patente expirada de Microsoft sobre transmisión de energía por el cuerpo humano alienta conspiranoia

Por Mónica Ospino y Pablo Navarrete

Los derechos otorgados en Estados Unidos en 2004 expiraron en 2020 y, pese a la polémica, lo que cubrían era la tecnología, no a la corporalidad de las personas. 

En redes sociales, al menos desde julio de 2022, circula una imagen de Bill Gates acompañada de un texto que hace referencia a una supuesta patente que le da la licencia al empresario de contar con los “derechos exclusivos del cuerpo humano, como una red inalámbrica local”, una desinformación que se ha usado para alimentar teorías conspirativas.

Por ejemplo, la usuaria @Aloha79000, que tiene su perfil lleno de mensajes antivacunas y anticiencia en general, publicó un hilo de cuatro trinos en octubre donde aseguró:

“Bill Gates ha patentado los derechos exclusivos para usar el cuerpo humano como una red inalámbrica local. La patente número 6.754.472 establece que Microsoft ahora posee los derechos de ‘métodos y equipos para transmitir energía e información utilizando el cuerpo humano’. La declaración de la compañía dice que el cuerpo humano es solo un objeto de propiedad intelectual que está sujeto a licencia. Microsoft planea conectar el cuerpo humano con dispositivos electrónicos como buscapersonas y teléfonos móviles. Este individuo sí que es un artista... Nos ha patentado a todos por la cara y no hay un país o gobernante que le ponga en su sitio. Patentes de estas características "Jamás" se pueden conceder a empresas privadas. Estamos lelos y locos. Y todos mirando las novelas y el futbol” (sic).

En Facebook, la usuaria Princesa Guerrera también compartió el 29 de noviembre una publicación acompañada del texto: “Bill Gates patentó los derechos exclusivos del cuerpo humano como una red inalámbrica local. La patente número 6.754.472 establece que Microsoft ahora establece los derechos ‘de métodos y aparatos para transmitir energía e información utilizando el cuerpo humano’ ”.

Según la plataforma del programa de verificación de datos externa de Meta (3PFC), a la que tenemos acceso por una alianza con la compañía tecnológica para hacerle frente a la desinformación en sus redes, la imagen sobre Gates y la supuesta licencia con la que patentó los derechos exclusivos sobre el cuerpo humano tiene 3.800 visualizaciones y en Facebook ha sido compartida en 238 ocasiones.

En los comentarios a la publicación, otros usuarios han puesto respuestas como esta: “Cómo se le ocurre!! Y para eso era la supuesta inyección del COVID???” (sic). Y es que vale la pena recordar que no es la primera vez que se usan patentes para relacionar a Microsoft y su fundador con teorías conspirativas, pues en el contexto de la pandemia también verificamos una pieza engañosa con el rostro deformado de Gates que lo vinculaba a una “vacuna con grafeno” que no ha sido aprobada y nada tiene que ver con él. El magnate, de hecho, ha sido uno de los protagonistas de múltiples y variadas desinformaciones alrededor de esta crisis sanitaria.

Con una búsqueda de la frase sobre la patente del “cuerpo humano” en esa red social hallamos que otros usuarios también la han compartido entre noviembre y diciembre de 2022 (1, 2). OUno de ellos incluye un enlace a un canal de Telegram con 9.949 suscriptores, llamado Renato Cifuentes, en el que hablan de otras teorías conspirativas, como el “Nuevo Orden Mundial” con el que también se ha asociado al fundador de Microsoft en viejas desinformaciones.

El 9 de julio de 2004, el periódico El Tiempo publicó  el artículo “Microsoft se adueña de la piel humana” en el que menciona la presunta teoría de que la multinacional tecnológica Microsoft Corporation de propiedad de Gates “habría obtenido los derechos de propiedad intelectual de algo que, a primera vista, parecía pertenecer a todos: el cuerpo humano”. Según el artículo, “muchos expertos se habrían quedado sorprendidos y preocupados con lo que podría ser la semilla para construir un nuevo modelo de negocio”.

La patente en cuestión, dice El Tiempo, “se refiere a una tecnología a partir de la cual podría crearse una nueva gama de artículos electrónicos capaces de reproducir datos (como sonidos e imágenes) a través del cuerpo humano”.

En una nota del diario inglés The Guardian, fechada el 6 de julio de 2004, se precisó que algunos grupos de libertades civiles habían expresado su preocupación por la medida de Microsoft. “Las partes del cuerpo, en este caso la piel, no deberían ser patentables de ninguna manera”, dijo Jim Thomas del grupo ETC, el cual se especializa en el monitoreo de los impactos sociales y ambientales de las tecnologías emergentes y en el análisis de sus implicaciones a largo plazo. La organización tiene un enfoque crítico y crítico hacia la tecnología y busca fomentar el diálogo y la reflexión sobre cómo estas pueden utilizarse de manera responsable y justa. “Hay grandes preguntas aquí sobre si las personas podrán rechazar esta tecnología si se usa, por ejemplo, en dispositivos de rastreo”, señaló. 

Un artículo publicado en la página de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia recoge la definición de ‘patente’ que tiene la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI):

“(…) un derecho exclusivo que se concede sobre una invención. En términos generales, una patente faculta a su titular a decidir si la invención puede ser utilizada por terceros y, en ese caso, de qué forma. Como contrapartida de ese derecho, en el documento de patente publicado, el titular de la patente pone a disposición del público la información técnica relativa a la invención”.

De acuerdo con el artículo, dentro de lo que debe definirse como no patentable está “el todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico existente en la naturaleza o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma de cualquier ser vivo natural”.

Pero eso no es todo, la misma OMPI asegura en este documento de la decimotercera sesión del Comité Permanente Sobre el Derecho de Patentes, que “en algunos países, la ley prevé explícitamente que el cuerpo humano en cualquier etapa del desarrollo se excluya de la materia patentable” (página 14). La entidad publicó esta tabla en la que se indica que la mayoría de estos se encuentra en  Europa, pero también existen normas similares en Ecuador, México, Uganda y Armenia. En Estados Unidos no hay prohibiciones explícitas, pero sí exceptúan los “fenómenos naturales”.

Ahora bien, la mencionada licencia es real. Existió. Fue solicitada en 2000 y otorgada en 2004 por la Oficina de Patentes y Marcas Registradas de Estados Unidos, pero expiró en 2020. En Colombiacheck hicimos la búsqueda en Google Patents con el número 6.754.472 que se le atribuye en la imagen y encontramos que coincide con una licencia asignada a  Microsoft Technology Licensing LLC,  cuyo nombre es “Método y aparato para transmitir energía y datos utilizando el cuerpo humano”. 

Esta patente estaba constituida como una red de dispositivos que pretendía generar métodos y aparatos para transmitir energía y datos con el fin de alimentar otros acoplados al cuerpo humano. Es decir, buscaba utilizar el cuerpo humano como medio conductor de la energía, llevando consigo algún tipo de información, como señales de audio para altavoces. Es decir, lo que se patentó fue la tecnología que permitía hacer esa transmisión, no el cuerpo humano.

Ahora bien, la patente albergaba un mecanismo tecnológico acoplado al cuerpo humano para utilizarlo como sistema de transmisión, pero no constituía un sello de propiedad privada sobre este para reemplazar sus funciones, agencia y autonomía por medio de directrices remotas, y mucho menos como una red inalámbrica local.

 

 Imágenes de la patente  6.754.472 en las que se explica cómo se utilizó al cuerpo humano para la creación de este dispositivo. 


                                                              Patente 6.754.472

Así pues, calificamos como cuestionable esta información que anda circulando en redes, pues, aunque la patente sí existió desde 2004, venció en el año 2020 y se están valiendo de ella para alimentar teorías que desinforman, pues, como ya lo explicamos, esta patente alberga un mecanismo tecnológico acoplado al cuerpo humano y que lo podía usar como medio, pero no un sello de propiedad privada sobre este para reemplazar sus funciones, agencia y autonomía por medio de directrices remotas y mucho menos como una red inalámbrica local o un dispositivo de comunicación que funcione por medio de ondas o estímulos a su acomodo.