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Falso

Martes, 30 Julio 2019

Es falso que tribunal europeo haya anulado el matrimonio igualitario

Por Luisa Fernanda Gómez Cruz

Una cadena que circula en redes sociales malinterpreta una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y difunde desinformaciones discriminatorias contra la comunidad LGBTI.

En las últimas semanas ha circulado como cadena de WhatsApp o publicación en grupos de Facebook un extenso texto que comienza afirmando “Se anula en todo el mundo el matrimonio homosexual”.

Supuestamente, según la publicación, “los 47 jueces, de los 47 países del Consejo de Europa, que integran el pleno del Tribunal de Estrasburgo (el tribunal de Derechos Humanos más importante del mundo)” han establecido “textualmente que ‘no existe el derecho al matrimonio homosexual’”.

Al comienzo de la publicación señalan que esto es para todo el mundo y que para saber qué países tendrán la medida, solo hay que buscar el emoji de la bandera del país al final de la publicación. Entre estas se encuentra, precisamente, la bandera de Colombia, junto con la de Alemania, España, México, Canadá, Brasil y otras más.

No obstante se trata de una desinformación que ha cruzado fronteras y ha circulado por distintos países de habla hispana. Pero vamos a desglosarlo por partes.

Afirmar que el Tribunal de Estrasburgo es “el tribunal de Derechos Humanos más importante del mundo” es falso. Existen tres mecanismos regionales para la protección de los Derechos Humanos: la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH, también llamado Tribunal de Estrasburgo). Cada uno se encarga de su zona geográfica y darle una prioridad al europeo sobre los demás no obedecería a un criterio objetivo.

De hecho, de acuerdo con el estudio “Convergencias y Divergencias entre los sistemas europeo e intermericano de Derechos Humanos”, de Laura Alicia Camarillo, “los dos sistemas [CIDH y TEDH] representan una forma de protección de derechos en el plano internacional y surgieron en escenarios políticos distintos. No son tampoco los únicos tribunales internacionales en la materia, sin embargo, constituyen dos hitos que a través de su jurisprudencia enriquecen la lectura de los derechos humanos”. Es decir, se trata de organismos autónomos y ninguno prima por encima del otro.

Además, las sentencias que profiera el TEDH son obligatorias para “las Altas Partes Contratantes” en los litigios en que sean parte, según el artículo 46 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Es decir que solo tienen obligatoriedad para aquellos estados que firmen el Convenio Europeo, para lo cual deben ser Estados miembros del Consejo de Europa y nunca podría obligar a estados en el continente americano. A menos que la CIDH adoptase el criterio a su propia jurisprudencia.

Por otro lado, es imposible que 47 jueces hayan dado el dictamen en pleno pues, de acuerdo con el artículo 26 del Convenio Europeo, las salas del tribunal podrán constituirse máximo por 17 jueces o juezas.

Y, finalmente, el asunto central: el Tribunal Europeo no ha dicho en ningún momento que niega la existencia del matrimonio entre parejas del mismo sexo ni ha anulado el mismo. Por el contrario, la sentencia C-673 de 2016 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dice que los países pueden o no aprobar el matrimonio igualitario, pero no pueden negar la residencia del cónyuge del mismo sexo.

Ya otros medios de fact-checking como Animal Político (en México) y Maldita (en España) habían desmentido la cadena. El primero, por ejemplo, publicó que “el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, cuya sede se encuentra en Estrasburgo, comentó al sitio de fact-checking, Newtral, que la información sobre la anulación del matrimonio igualitario es falsa. Además, el Tribunal recalcó que no tiene la competencia de legislar en materia del matrimonio igualitario ya que corresponde a cada Estado hacerlo”.

El medio mexicano señala, además, que la sentencia fue malinterpretada y “no menciona la inexistencia ‘del derecho al matrimonio homosexual’ o la anulación del matrimonio entre parejas del mismo sexo”. 

Por todas estas razones, calificamos como falsa la información que circula en la cadena. Este es el texto completo de la desinformación:

SE ANULA EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL.

Esto es en todo el Mundo Lean hasta el final y busquen la Bandera de su País.

ESTRASBURGO, FRANCIA. *– EL DERECHO NATURAL Y LA FAMILIA

Por unanimidad, el tribunal de Derechos Humanos más importante del mundo estableció textualmente que “no existe el derecho al matrimonio homosexual”.

Los 47 jueces, de los 47 países del Consejo de Europa, que integran el pleno del Tribunal de Estrasburgo (el tribunal de Derechos Humanos más importante del mundo), han dictado una sentencia de enorme relevancia, la cual fue y es sorprendentemente silenciada por el progresismo informativo y su zona de influencia.

En efecto, por unanimidad, todos los 47 jueces, han aprobado la sentencia que establece textualmente que “no existe el derecho al matrimonio homosexual”.

• El dictamen fue fundado en un sinfín de considerandos filosóficos y antropológicos basado en el orden natural, la familia, el sentido común, informes científicos y por supuesto, en el derecho positivo. 

• Dentro de esto último fundamentalmente la sentencia se basó en el Artículo No. 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Dicho Artículo equivale a los Artículos de los tratados sobre derechos humanos, tal el caso del 17 del Pacto de San José y al No. 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En la histórica y nada difundida resolución, también ha dicho el Tribunal que la noción de familia no sólo contempla “el concepto tradicional del matrimonio, a saber, la unión de un hombre y de una mujer” sino que no se debe imponer a los gobiernos la “obligación de abrir el matrimonio a las personas del mismo sexo”.

En cuanto al principio de no discriminación, el Tribunal también añadió que no hay tal discriminación dado que va contra la naturaleza y el orden universal biológico, el gusto o disyunción sexual libre es otra cosa “los Estados son libres de reservar el matrimonio únicamente a parejas heterosexuales”.

Este tipo de noticia, necesitamos difundirla, porque habrá quienes no querrán que la gente se entere de la importancia de la familia y considerando que hay derechos individuales como la libertad en GUSTOS SEXUALES, diferente a imponer conductas excrementales y anormales desde los Ministerios de Educación, promoviendo el degeneramiento de la raza humana, objetivo de las élites ocultas del poder LGBTI.

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DIOS HA CUMPLIDO SU PALABRA EN LEVÍTICO 18: del 22 al 28