Tras la posesión del presidente, Gustavo Petro, el nuevo gobierno radicó una nueva reforma tributaria que busca recaudar 25 billones de pesos (1,72% del PIB) en 2023 y, en promedio, 1,39% del PIB entre 2024 y 2033, a favor de los hogares más vulnerables. La iniciativa incluye un impuesto a las bebidas azucaradas y los alimentos ultraprocesados, según el nuevo gobierno, como estrategia para desincentivar su consumo y promover un estilo de vida más sano en la población.
“Además de elevar los ingresos para abordar la pobreza, la reforma busca mitigar externalidades negativas en la salud y el medio ambiente. En esta materia, resaltan la modificación al impuesto al carbono, y el establecimiento de impuestos a los plásticos de un solo uso, bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados”, argumenta el proyecto de reforma.
El presidente electo también ha estado compartiendo en sus redes sociales, al menos desde el 2020, sus opiniones sobre el consumo de bebidas azucaradas, por considerarlas “veneno” para los niños.
Guarden esa bebida, no se la den a los niños, las bebidas azucaradas y gaseosas son veneno.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) April 17, 2020
Estas ayudas buscan es cautivar mercados en los niños @PepsiColombia no se puso la capa de héroe, esta haciendo negocio
Nosotros suspendimos toda entrega de gaseosas en los colegios https://t.co/1N3SX79QWO
Recientemente, en el marco de la Primera Cumbre de Alcaldes del Pacífico, el mandatario defendió la reforma tributaria y los impuestos a estos alimentos, pues aseguró que con ello “no busca recaudar plata, sino es para que la gente no tome tanta gaseosa".
Acerca del impuesto a las bebidas azucaradas contemplado en la #ReformaTributaria, el presidente @petrogustavo destacó que esta iniciativa busca proteger la salud y el bienestar de la población, para garantizar que nuestro país sea #PotenciaMundialDeLaVida pic.twitter.com/iJomvjWLeP
— Presidencia Colombia 🇨🇴 (@infopresidencia) August 12, 2022
Con el anuncio de la nueva reforma tributaria y los impuestos que se tendrían que pagar por estos alimentos, algunos miembros de la oposición y usuarios en redes sociales mostraron su descontento (1, 2), mientras que otros, su apoyo (1, 2). Sobre este tema se han abierto debates relacionados con la posibilidad de que este impuesto perjudique, sobre todo, a los tenderos y personas más vulnerables, por considerarse los principales vendedores y consumidores de estos productos.
Al respecto, Jaime Alberto Cabal, presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), dijo a Caracol Radio, que “esta propuesta en la reforma es un impuesto directo a los pequeños propietarios de negocios y a los consumidores de las clases económicas más bajas del país”.
Desde la oposición, algunos miembros del Centro Democrático han manifestado estar en desacuerdo con el proyecto de reforma y con el hecho de que caiga un impuesto a algunos alimentos ultraprocesados, como salchichones, mortadelas y otros embutidos, por considerarse “básicos en la alimentación de las clases populares”.
En Colombiacheck realizamos un explicador sobre los puntos clave que debe saber sobre estos alimentos, sus implicaciones en la salud según la evidencia, y lo que dice el Proyecto de Ley.
De acuerdo con el parágrafo 3, del artículo 49 del proyecto de reforma tributaria, se consideran como azúcares añadidos los monosacáridos y/o disacáridos que se añaden intencionalmente al agua o alimentos durante su procesamiento por el fabricante. Estos incluyen el azúcar blanco, el azúcar morena, azúcar en bruto, jarabe de maíz, sólidos de jarabe de maíz, jarabe de maíz de alta fructosa y/o sus productos invertidos, jarabe de malta, jarabe de arce, edulcorante de fructosa, fructosa líquida, miel, melaza, dextrosa anhidra (azúcar simple hecho de maíz o trigo) y dextrosa cristalina, entre otros edulcorantes de alto contenido calórico.
Un ejemplo de este tipo de bebidas azucaradas son los refrescos, bebidas azucaradas de té y bebidas deportivas, energéticas y jugos. Estas se caracterizan por tener grandes cantidades de calorías con poco o nulo valor nutricional.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define los azúcares libres como “toda azúcar agregada durante la fabricación y preparación de alimentos y también el azúcar presente en la miel, jarabes, jugos de fruta y concentrados de fruta”. Su consumo tiene como resultado un aporte de energía excesivo que a su vez puede llevar a cambios paralelos en el peso corporal de los seres humanos.
En un comunicado de prensa de octubre de 2016, en donde la OMS insta a la acción mundial para reducir el consumo y los impactos en la salud de las bebidas azucaradas, expertos de la entidad internacional afirman que, desde un punto de vista nutricional, la gente no necesita azúcar en su dieta y plantean que, si se consume, no debe ser superior al 10% del total de las necesidades energéticas.
Respecto a los alimentos ultraprocesados, en el parágrafo 2 del artículo 49, el Proyecto de Ley define a los alimentos ultraprocesados como “Aquellas formulaciones industriales elaboradas a partir de sustancias derivadas de los alimentos o sintetizadas de otras fuentes orgánicas. En sus formas actuales, son inventos de la ciencia y la tecnología de los alimentos industriales modernos. La mayoría de estos productos contienen pocos alimentos enteros o ninguno. Vienen listos para consumirse o para calentar y, por lo tanto, requieren poca o ninguna preparación culinaria”.
Según la reforma, la gran mayoría de los ingredientes en la mayor parte de los productos ultraprocesados son aditivos (aglutinantes, cohesionantes, colorantes, edulcorantes, emulsificantes, espesantes, espumantes, estabilizadores, “mejoradores” sensoriales comoaromatizantes y saborizantes, conservadores, saborizantes y solventes).
Por su parte, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) define en su informe ‘Alimentos y bebidas ultraprocesados en América Latina: ventas, fuentes, perfiles de nutrientes e implicaciones normativas’ a los alimentos ultraprocesados como aquellas “formulaciones industriales, principalmente a base de sustancias extraídas o derivadas de alimentos, además de aditivos y cosméticos que dan color, sabor o textura para intentar imitar a los alimentos, y que están nutricionalmente desequilibrados”.
Estos alimentos se caracterizan por tener un elevado contenido en azúcares libres, grasa total, grasas saturadas y sodio, y un bajo contenido en proteína, fibra alimentaria, minerales y vitaminas, en comparación con los productos, platos y comidas sin procesar o mínimamente procesados.
Un ejemplo de ellos son los zumos envasados, lácteos azucarados, la comida precocinada o que imitan a las comidas caseras (pizzas congeladas, cremas y sopas en polvo, entre otros), mecatos, galletas y otros snacks, generalmente altos en sal y azúcar.
Desde hace algunos años se sabe que el consumo frecuente de alimentos ultraprocesados y las bebidas azucaradas es unas de las principales causas de enfermedades no transmisibles (ENT), como la diabetes, enfermedades cardiovasculares y obesidad.
Por ejemplo, un estudio de cohorte que se realizó en España entre 1999 y 2018 encontró una relación entre el consumo de productos ultraprocesados y el aumento en el riesgo de muerte prematura. Otro, con 451.743 participantes en 10 países de Europa, mostró una relación entre el consumo de bebidas azucaradas y una mayor mortalidad en general.
Esta investigación, publicada en 2019, concluye que donde hubo un mayor consumo de refrescos endulzados con azúcar y endulzados artificialmente se halló un mayor riesgo de mortalidad por todas las causas. “El consumo de refrescos endulzados artificialmente se asoció positivamente con muertes por enfermedades circulatorias, y los refrescos endulzados con azúcar se asociaron con muertes por enfermedades digestivas”, afirma.
En otra investigación, en la que se hizo una revisión sistemática de nueve estudios publicados en las bases de datos de PubMed y Scielo se encontró una relación entre el alto consumo de alimentos ultraprocesados con el incremento en el riesgo de obesidad, diabetes mellitus Tipo 2 (DM2), hipertensión, enfermedad cardiovascular y cáncer.
El artículo incluyó un metaanálisis de 17 estudios sobre el consumo de bebidas azucaradas, bebidas endulzadas artificialmente y jugos de frutas e incidencia de diabetes tipo 2. Este detectó que el consumo diario de 250 ml de bebidas azucaradas se asoció positivamente con DM2. Sobre esto, el autor sostiene que ni las bebidas endulzadas artificialmente ni el jugo de fruta son alternativas adecuadas para reemplazar a las bebidas azucaradas y prevenir la DM2.
Sobre la hipertensión, otro metaanálisis evaluó la asociación entre el consumo de bebidas azucaradas y el riesgo de hipertensión arterial, enfermedad coronaria y riesgo de accidente cerebrovascular (ACV).
Los resultados mostraron que el mayor consumo de bebidas azucaradas (1 porción al día), se asoció a un aumento del 8% de hipertensión arterial y 17% de enfermedad coronaria. Sobre estos hallazgos, los autores de la investigación sugieren que la fructosa (presente en la mayoría de las bebidas azucaradas) sería el factor desencadenante, ya que eleva el nivel de ácido úrico, activando el sistema renina-angiotensina (hormona producida en los riñones), provocando alteración microvascular renal y retención de sodio, lo que, según el estudio, explicaría el mayor riesgo de producir hipertensión arterial.
Otra investigación de 2019, en la que se evaluó la afectación intestinal en personas con diabetes tipo 1 (DT1) y la enfermedad celíaca (reacción inmunológica por ingesta de gluten), a causa del consumo de aditivos alimentarios, encontró que el daño del epitelio intestinal en la DT1 podrían agravarse por consumo de aditivos en los alimentos ultra-procesados. Además, sus autores advierten que el consumo de aditivos en los niños con DT1, puede influir en el desarrollo de enfermedad celíaca, a mediano o largo plazo.
De acuerdo con el informe de la OMS ‘Políticas fiscales para la Alimentación y Prevención de Enfermedades No Transmisibles’, en las encuestas nacionales sobre alimentación se ha comprobado que la ingesta de alimentos y bebidas ricos en azúcares libres puede ser una fuente importante de calorías innecesarias, especialmente para los niños, los adolescentes y los adultos jóvenes.
Gloria Pinzón, coordinadora de la especialización en alimentación y nutrición en promoción de la salud y líder del grupo de investigación Alimentación y Nutrición Humana de la Universidad Nacional, concuerda en que el consumo de bebidas azucaradas y productos ultraprocesados se relaciona directamente con aumento del riesgo de tener obesidad y sobrepeso, los cuales a su vez son predisponentes de enfermedades no transmisibles como diabetes Mellitus tipo II e hipertensión y mortalidad por todas las causas.
“Las calorías aportadas por las bebidas azucaradas tienen poco valor nutricional y pueden no proporcionar la misma sensación de plenitud que un alimento sólido. Como resultado, se puede aumentar el consumo total de energía, lo cual, puede llevar a un aumento malsano de peso”, explica. Según la experta, estos productos no se deberían consumir por estar nutricionalmente desequilibrados y se considera que en ningún nivel su consumo resulta seguro para las personas.
“Los productos comestibles y bebibles endulzados ultraprocesados , además de tener un elevado contenido en azúcares libres, grasa total, grasas saturadas y sodio, tienen un bajo contenido en proteína, fibra alimentaria, minerales y vitaminas, en comparación con los productos, platos y comidas sin procesar o mínimamente procesados, así como con los ingredientes culinarios y alimentos procesados. Los productos ultraprocesados en general tienen poco poder de saciedad y son más hiperglucémicos en comparación con los productos mínimamente procesados, y a menudo están concebidos para inducir a un consumo excesivo”, agrega Pinzón.
Al respecto, la OPS, en su informe ‘Alimentos y bebidas ultraprocesados en América Latina: ventas, fuentes, perfiles de nutrientes e implicaciones normativas’ (2019), reveló que en Brasil, los productos ultraprocesados representaban 20% de la energía alimentaria en los lactantes de menos de dos años de edad y que dichos productos constituían 36% de la energía alimentaria en niños de dos a seis años. Según la doctora Pinzón, esto explica la política de los fabricantes de orientar su mercadotecnia de diversos tipos de productos ultraprocesados a los niños y los adolescentes.
El informe de la OPS reúne información sobre Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México, Perú y Venezuela, que juntos constituyen el 80% de la población de la región de América Latina y el Caribe. En él, se analizaron 250 productos vendidos en 2014, divididos en 89 categorías, y se indicó cuáles son los que exceden los niveles recomendados de azúcares libres, grasa total, grasas saturadas o sodio; y cuáles son los productos específicos que aportan más energía y los nutrientes críticos.
Según el informe, todos los productos analizados contenían cantidades excesivas de al menos uno de estos nutrientes críticos. En conjunto, el 43% de lo que aportan estos productos es azúcar. Las bebidas gaseosas, los snacks dulces y salados, las galletas, las tortas, pasteles y postres, y las salsas y aderezo, se mencionan como especialmente problemáticos.
Como parte de sus recomendaciones, la OPS afirmó que para contrarrestar esta situación, los gobiernos, comunidad científica y las organizaciones de la sociedad civil deben apoyar e implementar políticas y regulaciones para desalentar el consumo de productos ultraprocesados y proteger y promover la elección de alimentos saludables, como lo han hecho otros países como Barbados, Brasil, Chile, Dominica, México, Perú y Uruguay.
La Federación Internacional de la Diabetes reportó en 2021 que aproximadamente 537 millones de adultos (con edades entre los 20 y los 79 años) viven con diabetes. Además, se prevé que el número total de personas con esta enfermedad aumente a 643 millones para 2030 y 783 millones para 2045.
A nivel nacional, un reporte de la Cuenta De Alto Costo del Sistema Generalde Seguridad Social en Salud, con corte a 2020, asegura que 3 de cada 100 ciudadanos sufría de diabetes, mientras que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), reporta que durante 2021, 2.876 personas murieron de diabetes mellitus (1.291 hombres y 1.585 mujeres).
Respecto a las enfermedades cardiovasculares, el DANE reporta que durante el 2021, 52.291 personas murieron por causa de estas patologías, cifra que incrementó un 15,7% frente al mismo periodo en 2020 y que afectó principalmente a las mujeres.
Asimismo, en un boletín del noviembre del 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social informó que uno de cada 10 colombianos sufre de diabetes, 4 de cada 10 adultos sufren de hipertensión arterial, pero aproximadamente el 60% de estos todavía no lo saben.
Una investigación reciente de la Universidad Nacional (2021) concuerda con las medidas tributarias propuestas en el Proyecto de Ley, e incluso propone impuestos de hasta el 24% a las bebidas azucaradas en su valor final de venta al consumidor, pues, según los hallazgos, tendría un efecto positivo en las finanzas del sistema de salud colombiano, generando un recaudo total de recursos durante los próximos 25 años por 99,6 billones de pesos, al tiempo que ayudaría a disminuir la morbilidad y mortalidad, evitando 287.671 nuevos casos de enfermedades crónicas no transmisibles y 21.237 muertes asociadas a esta causa durante los próximos 25 años.
Respecto a estas medidas, la nutricionista e investigadora Gloria Pinzón agrega que es necesario implementar varias estrategias a nivel nacional para ayudar a combatir las enfermedades ocasionadas por el consumo de los productos comestibles y bebibles ultraprocesados.
“Se deben establecer medidas como la reglamentación del etiquetado implementando el etiquetado octagonal de advertencia, para advertir de forma clara, veraz y sencilla sobre el contenido en exceso de azúcares añadidos, grasas saturadas y sodio. Adicionalmente se debe reglamentar la oferta, la venta y la distribución en las instituciones educativas, de estos productos, para promover ambientes alimentarios escolares saludables. Se debe regular la promoción, el patrocinio, la publicidad y la venta de los productos ultraprocesados, especialmente en las instituciones educativas, apoyar iniciativas de mercado para proteger y aumentar la producción, disponibilidad, asequibilidad y consumo de alimentos sin procesar y mínimamente procesados y de comidas recién preparadas a mano”, concluye.
Por su parte, Carolina Piñeros, directora de la organización Red PaPaz, indicó a los colegas de RedCheq, en un chequeo reciente sobre el impuesto a las gaseosas, que este “tiene amplia evidencia de su costo efectividad y es una medida efectiva para proteger precisamente la salud y nutrición adecuada, pero también al medio ambiente” y explicó que “sí hay un tema de desigualdad frente al consumo de bebidas, ya que es la población más empobrecida del país la que más consume bebidas ultra procesadas endulzadas y quien más padece las enfermedades asociadas”.
La directora de Red Paz también afirmó que “al desincentivar el consumo de estas bebidas, se espera que las personas se trasladen a hidratarse con agua y consumir más frutas, y que el Estado debe jugar un papel importante, tomando otras medidas paralelas para ayudar a mejorar el acceso a alimentos saludables, apoyando, por ejemplo, a los productores de frutas y verduras y garantizando el acceso a agua potable, ya que es incomprensible que en municipios donde no hay acceso a este servicio la opción que les queda es consumir bebidas ultra procesadas”, recalcó.
De acuerdo con lo planteado en la nueva reforma tributaria, se busca implementar un impuesto a las bebidas azucaradas y a los alimentos ultraprocesados y con alto contenido de azúcares añadidos.
Según la propuesta, “estos corresponden a impuestos pigouvianos que buscan corregir la externalidad negativa derivada del consumo de estos bienes sobre la salud de la población a través de dos mecanismos: el desincentivo del consumo de los mismos y la generación de recursos públicos que contribuyan a financiar los requerimientos del sistema de salud derivados de enfermedades relacionadas”.
El de las bebidas azucaradas se aplicaría a la producción, venta e importación de estos productos y la base gravable del impuesto correspondería al contenido de azúcar en gramos (g) por cada 100 mililitros (ml), mientras que la tarifa se define a partir de tres categorías asociadas a la cantidad de azúcar incorporada en cada una de las bebidas:
Según la reforma, este tributo tendrá una tarifa del 10% sobre el precio de venta, el cual será recaudado por el productor en la entrega en fábrica o en planta, para su distribución y posterior venta. En el caso de los productos importados, se harían efectivos al momento de su nacionalización en las aduanas, por la DIAN, para luego ser vendidos. Además, se utilizará la Ley de Etiquetado de Alimentos (Ley 2120 de 2021) como instrumento para garantizar la veracidad del volumen de las bebidas que conforman la base gravable.
“Esta ley permitirá desincentivar la modificación del etiquetado de los productos para poder acceder a un impuesto más bajo del que realmente corresponde, como una herramienta adicional de seguimiento al cumplimiento de la medida y de fiscalización del impuesto por parte de la autoridad tributaria”, explica la reforma en su exposición de motivos.
En el artículo 43 del proyecto de Ley, en el apartado de ‘Impuestos Saludables’, la reforma explica que estará sujeto al impuesto nacional al consumo la producción y consecuente primera venta, o la importación de las siguientes bebidas ultraprocesadas azucaradas:
- Bebidas a base de fruta en cualquier concentración
- Zumos
- Néctares de fruta
- Mezclas en polvo
- Bebidas azucaradas
- Bebidas energizantes
- Bebidas saborizadas
- En general, cualquier bebida que contenga azúcares añadidos o edulcorantes
- Bebidas gaseosas o carbonatadas
- Bebidas deportivas
- Refrescos
- Aguas endulzadas o saborizadas
- Bebidas a base de malta
- Concentrados, polvos y jarabes que, después de su mezcla o dilución, permiten la obtención de bebidas azucaradas, energizantes o saborizadas.
No obstante, en el parágrafo 4 del artículo 43, aclara que no se considera azúcar añadido los edulcorantes sin aporte calórico, y se exceptúan las fórmulas infantiles, medicamentos con incorporación de azúcares adicionados, los productos líquidos o polvo para reconstituir cuyo propósito sea brindar terapia nutricional para personas que no pueden digerir, absorber o metabolizar los nutrientes provenientes de la ingesta de alimentos, bebidas, terapia nutricional para personas con requerimientos nutricionales alterados por una condición médica, y soluciones de electrolitos para consumo oral diseñados para prevenir la deshidratación producto de una enfermedad.
Sobre el impuesto a los alimentos ultraprocesados, la reforma se refiere a aquellos que son producidos de forma industrial (sin mencionar a los elaborados artesanalmente). El artículo 49 explica que se gravarán productos como la carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos, embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre, preparaciones alimenticias a base de estos productos, las demás preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre, papas fritas, patacones, chicharrones empacados, snacks o pasabocas empacados, galletas dulces (con adición de edulcorante, barquillos y obleas, incluso rellenos (gaufrettes, wafers) y waffles (gaufres), ponqués y tortas, bizcochos y pasteles de dulce, merengues.
También se incluye el cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante, confites de chocolate, frutas recubiertas de chocolate y/u otros productos de confitería y repostería, y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao, que no sean en bloques tabletas o barras, y que tengan adición de azúcar u otros edulcolorantes, artículos de confitería sin cacao (incluído el chocolate blanco), helados, incluso con cacao, únicamente los postres a base de leche, incluido el arequipe, manjar blanco o dulce de leche, salsas, sopas y cereales.
Aunque la reforma aclara en su apartado de exposición de motivos que “algunos bienes no serán gravados por este impuesto, como la mortadela, la butifarra, el salchichón, entre otros, por considerarse parte de la canasta familiar de los colombianos”, en el articulado (parte del documento que será debatido para su posible aprobación) no hace ninguna excepción de forma explícita. No obstante, la definición de ultraprocesados como alimentos elaborados de forma industrial sí deja por fuera a los de fabricación artesanal.
De todas maneras, esto puede cambiar en el transcurso del debate legislativo. El ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, ha dejado abierta la posibilidad de “revisar” el impuesto y el senador Gustavo Bolívar, presidente de la comisión tercera en la que se debatirá el proyecto e integrante de la coalición gobiernista Pacto Histórico, ha reconocido que “resultó impopular”.