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Falso

Martes, 20 Mayo 2025

Consejo de Estado no determinó que ‘no hay impedimento legal’ para transmitir consejos de ministros

Por Juan Sebastián Lozada

Por el contrario, la corte falló contra el presidente por transmitir las reuniones con su gabinete como alocuciones y le recordó los límites de esa figura.

3 DATOS CLAVE:

  1. En redes circulan publicaciones que afirman que el “Consejo de Estado determinó que no hay impedimento legal para que el presidente Gustavo Petro transmita o no sus consejos de ministros”.
  2. La decisión del alto tribunal, por el contrario, fue admitir una tutela contra el presidente por la transmisión del consejo de ministros en televisión abierta y falló en contra del mandatario.
  3. La corte administrativa señaló que la transmisión a través de canales privados, regionales y locales vulnera el derecho a la información. Y recalcó que el jefe de Estado tiene límites cuando usa la figura de la alocución presidencial.

Publicaciones de redes sociales afirman: “🚨URGENTE🇨🇴: Buena noticia para los colombianos! El Consejo de Estado determinó que no hay impedimento legal para que el presidente Gustavo Petro transmita o no sus consejos de ministros! Podemos verlos TODOS! Le gustó está medida👇? RT!!!” (sic).

Esto es falso. En realidad, el alto tribunal falló a favor de una ciudadana que le puso una tutela al mandatario por vulnerar su derecho a la pluralidad de la información. La decisión no dice que “no hay impedimento”; por el contrario, critica que el jefe de Estado haya utilizado la figura de la alocución presidencial para obligar que los consejos de ministros fueran transmitidos por distintos canales, pues asegura que esa figura debe corresponder a criterios de necesidad, urgencia y razonabilidad.

El mensaje del usuario de X ‘El pensador’ (@ElPensador75) con esta desinformación tiene más de 17.000 visualizaciones en esa red social. En Facebook, otra publicación de ‘Heliconia Radio’, una emisora para Boyacá y Casanare, agrega que Petro puede transmitir “a través de medios públicos o privados”.

Los consejos de ministros y la tutela

La decisión de Petro de transmitir los consejos de ministros por televisión resultó en críticas de la oposición y reveló profundas fracturas en su gabinete. El primero de ellos fue emitido el 4 de febrero de 2025 por canales públicos y privados de televisión abierta como Caracol y RCN. El segundo, el 5 de marzo, todavía está disponible en el canal de YouTube del canal Caracol.

Ese mismo mes se conoció que el Consejo de Estado admitió una tutela que interpuso una ciudadana en contra de la Presidencia por la vulneración de sus derechos fundamentales a la información y a la libertad de escoger los contenidos en los medios de comunicación. El auto admisorio del 12 de marzo señala que la tutela fue remitida por el Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Calima, Valle del Cauca, al Consejo de Estado.

En el documento, el alto tribunal vincula a Canal RCN, Caracol Televisión y Canal Uno como terceros interesados en el proceso.

Sobre la decisión, Petro expresó que el derecho al pluralismo informativo y a la verdad “estaba en vilo” y que querían censurar el consejo de ministros.

El fallo del Consejo de Estado

En abril, el Consejo de Estado ordenó a Petro cesar la transmisión del consejo de ministros por canales privados, locales y regionales. El fallo del 11 de abril concluye que estas emisiones a través de los canales privados y del Canal Uno, que es público pero concesionado a particulares, así como en televisiones locales, regionales y comunitarias, vulnera el derecho a la información.

Para esa corporación, la razón es que dicha transmisión “suprime la libertad de no informarse, al excluir la posibilidad, para quienes únicamente disponen del acceso a la televisión abierta, de no enterarse de lo que se divulgue en los consejos de ministros” (resaltado original). Por otro lado, la corte afirma que también “suprime la pluralidad informativa” porque “fuerza a los televidentes a informarse de una única fuente, con una sola versión de los hechos”.

También citó una sentencia de la Corte Constitucional, en la que se precisa que las alocuciones presidenciales, la figura que usa Petro para obligar a la transmisión de los consejos de ministros, responden a unos criterios a los que deben ceñirse, como la necesidad, la urgencia y la razonabilidad, “por lo que no cualquier información legitima al jefe de Estado para interrumpir la programación habitual de los diferentes canales”.

Para el Consejo de Estado es claro que, aunque el presidente tiene derecho de dirigirse a los colombianos por televisión, ese derecho no es absoluto ni puede usarse para restringir derechos fundamentales de los ciudadanos.

El magistrado Luis Alberto Álvarez, presidente de la entidad, le dijo a El Tiempo que la transmisión del consejo de ministros había desdibujado la figura de la alocución presidencial. En todo caso, señaló, el alto tribunal no ha prohibido transmitir las reuniones del gabinete de Petro, sino que limitó la transmisión para que se haga a través de medios públicos como Señal Colombia y el Canal Institucional.

Luego de conocerse la decisión, el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) presentaron una solicitud de nulidad al fallo.

Pero en una nueva decisión del 8 de mayo, el Consejo de Estado negó esas solicitudes. Sin embargo, sí concedió las impugnaciones presentadas por las mismas entidades. Como explicó el magistrado Álvarez en Blu Radio, esto implica que otra sala del ente judicial debe reexaminar la decisión de primera instancia y considerar si la confirma, la modifica o la revoca. La corporación remitió el proceso pero aún no se conoce la decisión.

En conclusión, calificamos como falso que el Consejo de Estado haya determinado que “no existen impedimentos legales” para que Petro transmita el consejo de ministros, como dicen publicaciones de redes. El fallo no discute si hay o no impedimentos legales, más bien ampara la tutela de una ciudadana contra el presidente, por haber vulnerado su derecho a la información.

La decisión de la sala fue ratificar que los consejos de ministros vulneraron los derechos del tutelante, y suprimen la “libertad de no informarse” y la “pluralidad informativa”. Además, le recordó al presidente que tiene límites cuando usa la figura de la alocución presidencial. Por último, ordena que Petro no transmita los consejos por los canales privados, locales y regionales.