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Jueves, 06 Agosto 2020

El magistrado Reyes no 'es el mismo que le otorgó libertad a Santrich'

Por Laura Rodríguez Salamanca

En redes sociales difunden la información de que el magistrado que “restringió la libertad de Uribe” es el mismo que liberó a Santrich. Pero los dos procesos fueron manejados por salas diferentes de la Corte Suprema de Justicia.

El martes pasado la Corte Suprema de Justicia dictó medida de aseguramiento con detención preventiva contra el senador Álvaro Uribe por el proceso que lleva en su contra por presuntos sobornos a testigos y fraude procesal. Luego de esta decisión, han empezado a circular en redes sociales diversas aseveraciones sobre el magistrado César Augusto Reyes, ponente en este caso. 

Una de las afirmaciones, que ha sido compartida más de 1.500 veces y vista por más de 26.000 usuarios en Facebook y que también ha rotado en cadenas de WhatsApp, relaciona al togado con la orden de libertad dada a Seuxis Paucias Hernández Solarte, ‘Jesús Santrich’. “Juez que restringe la libertad de Uribe es el mismo que le otorgó la libertad a Santrich”, se difundió en esta imagen

Imagen falsa magistrado Reyes

Además, en la foto se le adjudica una cita al magistrado: “El señor Solarte (Santrich) atendió a las citaciones de las diferentes autoridades judiciales y, en virtud de ello, se privilegió su derecho fundamental a la libertad”. También se sostiene que “además, Reyes fue compañero de trabajo de la esposa de Iván Cepeda, denunciante de Uribe en ese proceso”, se agrega.

Al revisar la información de esta imagen, encontramos que incluye información falsa y engañosa sobre la decisión de la Corte respecto al proceso de Uribe, y saca de contexto una cita de la orden de captura emitida por la Corte Suprema de Justicia contra Santrich en 2019. 

Vamos por partes. En abril de 2018, la Fiscalía capturó a Jesús Santrich señalándolo de cometer el delito de narcotráfico después de haber firmado el acuerdo de paz. La captura, según un comunicado del ente acusador, fue resultado de una solicitud del requerimiento de extradición por parte de una Corte del Distrito de Nueva York. El exjefe guerrillero fue llevado a la cárcel La Picota. 

La JEP ordenó el 15 de mayo de 2019 liberar a Santrich, pues consideró que “con las pruebas aportadas no se puede evaluar la conducta atribuida a Hernández Solarte ni tampoco determinar la fecha precisa de su realización”.

Sin embargo, el 17 de mayo, día de su liberación, fue recapturado por orden de la Fiscalía, que argumentó nuevas pruebas.

Días después, el 28 de mayo, el Consejo de Estado le mantuvo la investidura como congresista.  Por esa razón, el miércoles 29 de mayo, la Corte Suprema de Justicia ordenó el restablecimiento de la libertad de Seuxis Paucias Hernández Solarte [Jesús Santrich] debido a que era un “aforado constitucional”. Entonces, el expediente debía pasar a esta Corte [específicamente a su Sala de Instrucción], que en esas condiciones era la corporación competente para para procesarlo penalmente; no la Fiscalía General de la Nación.

Esta decisión, según la providencia judicial, fue tomada por la Sala de Casación Penal. El  magistrado ponente fue Eugenio Fernández Carlier y los firmantes del documento, además de Fernández, fueron Eyder Patiño, José Francisco Acuña, Luis Antonio Hernández, Patricia Salazar y Luis Guillermo Salazar. El magistrado César Reyes no tuvo ni voz ni voto en esta decisión porque hace parte de otra sala: la Sala Especial de Instrucción. 

Liberación de SantrichLiberación de Santrich 2

Si Reyes no tomó la decisión de liberar a Santrich, entonces ¿de dónde sale la cita que se le atribuye en la imagen? Como ya dijimos, el expediente quedó en manos de la Sala de Instrucción. 

El proceso actual para investigar a los congresistas, como lo explicó el ex magistrado de la Corte Constitucional José Gregorio Hernández en un artículo en razónpública.com, “con la nueva norma constitucional, se prevé que la Sala Especial de Instrucción de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia investigue y acuse ante la Sala Especial de Primera Instancia de la misma Sala Penal por los delitos cometidos por congresistas. La Sala Especial de Instrucción estará integrada por seis magistrados y la Sala Especial de Primera Instancia por tres magistrados. Contra sus sentencias procederá el recurso de apelación. Su conocimiento corresponderá a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. La primera condena podrá ser impugnada”.

En el caso Santrich la Sala Especial de Instrucción Penal inició la investigación y como, el 9 de julio de 2019, Santrich no llegó a la indagatoria para la que estaba citado, ese mismo día ordenó su captura “con fines de indagatoria en su contra por los delitos de concierto para delinquir agravado, fabricación, tráfico o porte de estupefacientes”, que dirigió tanto a las autoridades nacionales como a la Interpol “para activar el trámite de publicación de notificación roja”. 

El comunicado fue firmado por el magistrado Reyes, quien era el presidente encargado de la sala. El documento incluye la siguiente cita: “y pese que en un primer escenario procesal el señor Hernández Solarte atendió las citaciones de las diferentes autoridades judiciales, y en virtud de ello, se le privilegió su derecho fundamental a la libertad;  ahora considerando las nuevas circunstancias, resolvió dictar orden de captura con fines de indagatoria en su contra”. 

Orden de captura Santrich 2019

Así que la imagen solamente usó un fragmento de la decisión firmada por Reyes para desinformar y recalcar que fue él quien “le otorgó la libertad”.

Como se evidencia, los magistrado que resolvieron una colisión de competencias, luego del fallo del Consejo de Estado que le dio el fuero a Santrich, no son los mismos que ordenaron la medida de aseguramiento contra Uribe. Como explica Mario Cajas, jefe del Departamento de Estudios Jurídicos de la Universidad Icesi, las sala de Casación Penal y la Sala Especial de Instrucción, son diferentes e independientes. "Las salas especiales no dependen de la de Casación Penal".

Además, de esto, la desinformación incluye términos imprecisos. Primero, se refiere a Santrich como ‘Solarte’, que es su segundo apellido y difícilmente un alto tribunal emplea este apellido para referirse a quien investiga. Segundo, dice que el “juez le restringió la libertad a Uribe”, pero el magistrado aunque fue el ponente, no tomó la decisión solo, sino que fue sometida a votación; los cinco jueces votaron a favor

Es necesario tener en cuenta que la medida ordenada por la Sala de Instrucción de la Corte es de “aseguramiento de detención preventiva”. La decisión final sobre su libertad se conocerá al final del proceso. 

 

Finalmente, revisamos la afirmación sobre la relación del magistrado Reyes con Pilar Rueda, esposa de Iván Cepeda, denunciante en este caso. 

Lo que encontramos: Rueda y Reyes coincidieron en la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, USAID, en 2013. De acuerdo con algunas publicaciones, él fue consultor de Acceso a la Justicia, un proyecto de la agencia, entre 2012 y 2016, y ella se desempeñó como coordinadora [contratista] del componente de género del mismo proyecto en 2013. Pero estos datos no permiten establecer que haya un conflicto de intereses del magistrado en el caso. 

Pilar Rueda

Así que, con todos estos elementos, calificamos como falsa la imagen con la que se difunde que el magistrado César Reyes, ponente del caso por el que la Corte Suprema de Justicia ordenó detención domiciliaria preventiva a Uribe, sea el mismo que ordenó liberar a Santrich en 2019.