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En entrevista con el diario El País de España durante su gira por Europa, la presidenta de la Justicia Especial para la Paz (JEP), Patricia Linares, dijo que la Ley de Justicia y Paz con la que el gobierno de Álvaro Uribe desmovilizó y procesó a los paramilitares y algunos miembros de la guerrilla “tuvo el gran inconveniente y el gran obstáculo de prácticamente tener que acotarse a la mera versión del victimario”.
El periódico español cita la comparación que hizo la magistrada con el nuevo sistema transicional, que ella lidera y que surgió del Acuerdo con las Farc. En este, señala ella, el victimario “va a dar su versión, va a confesar sus delitos, va a aportar a la verdad plena, va a aportar a la reparación integral de las víctimas, pero va a estar observado, y su versión va a ser cotejada y confrontada con toda esa información que previamente el juez ha obtenido, analizado y sistematizado”.
Sin embargo, Justicia y Paz también tenía un componente de investigación previa a las versiones libres que daban los desmovilizados. Es decir que sus confesiones podían ser cotejadas con otros tipos de pruebas para determinar su veracidad y así evitar que los ex integrantes de grupos armados incriminaran a otras personas con testimonios falsos. Incluso las víctimas podían aportar la pruebas que tuvieran para el proceso.
Así lo establecieron la ley que creó ese sistema de justicia transicional en 2005 y sus decretos reglamentarios, como el 4760 de ese mismo año, el 2898 de 2006 y el 315 de 2007; y se mantuvo en su reforma legal de 2012. La entidad encargada de esa investigación y de elaborar la acusación ante el tribunal correspondiente era la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía.
El director de Posconflicto de la Fundación Ideas para la Paz (FIP), Sergio Guarín, le confirmó a Colombiacheck que en los procesos de Justicia y Paz “tenía que haber cotejo de pruebas”. Además, recordó que los compromisos con la verdad y la reparación fueron incluidos en la legislación a su paso por el Congreso e incluso algunos paramilitares tuvieron que ser llamados dos veces para completar sus versiones a raíz de eso.
La JEP tiene una estructura normativa más robusta y detallada porque fue incluida en la Constitución y reglamentada con una ley estatutaria (pendiente de examen en la Corte Constitucional) y otra ordinaria (pendiente de sanción presidencial). Las penas alternativas que otorga son distintas y las sanciones al incumplimiento en la verdad y la reparación son más fuertes y explícitas.
Pero el procedimiento de la nueva jurisdicción no tiene las diferencias tan marcadas que Linares le atribuye con el sistema creado por el gobierno de Uribe, en lo que se refiere a la corroboración de las declaraciones entregadas por los procesados. “En ese sentido no es muy diferente a lo que ya se hizo”, corroboró Guarín.
Desde el Acuerdo de Paz estaba definido que el valor probatorio de los testimonios de excombatientes iba a depender de que fueran comprobables por otros medios, en particular cuando salpicaran a otras personas. La Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP quedó encargada de avanzar en las investigaciones y practicar u obtener las pruebas correspondientes por medio de un equipo propio de policía judicial; además, hereda las que hayan conseguido la Fiscalía u otras autoridades con anterioridad.
La página de internet de la nueva jurisdicción informa, adicionalmente, que su sala de reconocimiento ya ha recibido 86 informes de autoridades judiciales, académicas y del Centro Nacional de Memoria Histórica como insumos. Pero incluso estos, por sí mismos, no bastan para que alguien sea llamado a comparecer, sino que deben ser corroborados con otras pruebas, según quedó en el acto legislativo avalado por la Corte Constitucional.
El requisito de basar cualquier decisión de la JEP en pruebas legales distintas a los testimonios y los informes quedó reiterado también en los proyectos de ley que establecen su estatuto y sus reglas de procedimiento. También, como en Justicia y Paz, se les da a las víctimas la posibilidad de aportar pruebas en los procesos.
Guarín recordó que, en la práctica, “el compromiso con la verdad era menos fuerte” en Justicia y Paz. Eso permitió, por ejemplo, que algunos ex jefes paramilitares fueran extraditados a Estados Unidos por Uribe, porque se le dio más peso al narcotráfico que a los crímenes que debían acá y fueron castigados más por su reincidencia en ese delito que por sus incumplimientos a los derechos de las víctimas.
Aun así, el académico considera que ese sistema permitió conocer “buena parte de la historia del conflicto armado”, con base en las versiones libres e investigaciones. Resaltó que incluso muchos trabajos periodísticos importantes partieron de ahí.
Además, la JEP apenas está empezando a funcionar. Se acaban de dar los primeros llamados a ex altos mandos de las Farc y solo ha comparecido un ex general del Ejército. Así, cualquier paralelo entre los dos sistemas solo se puede remitir a lo que hay en el papel, porque todavía no se sabe a ciencia cierta qué resultados tendrá el sistema recién creado.
En consecuencia la comparación de la magistrada Linares entre las dos jurisdicciones es falsa. Si bien son sistemas distintos, la diferencia no radica en lo que ella plantea. Para Guarín, el pronunciamiento “le está dando legitimidad a la JEP desacreditando Justicia y Paz y eso no me parece adecuado”.