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Martes, 17 Diciembre 2019

La mayoría de alocuciones presidenciales de noviembre no contaron con intérprete de Lengua de Señas Colombiana

Por Morada Noticias

Durante noviembre de 2019, Iván Duque apareció en 22 videos en la página de Facebook de la Presidencia de la República, pero solo hubo interpretación en cuatro de ellos.

La comunidad sorda de Medellín, a través de una petición en la plataforma Change.org, denunció que la mayoría de alocuciones presidenciales del mes de noviembre no contaron con interpretación en Lengua de Señas Colombiana. 

Aunque la petición (que ya completa más de 5.000 firmas) no especifica en qué plataformas no se están incluyendo los intérpretes, Santiago Parra Gil, el intérprete de lengua de señas que firmó la petición, nos aclaró que la exigencia es que el servicio de interpretación sea incluido en las alocuciones presidenciales emitidas por Facebook.

Según Parra, en noviembre la mayoría de alocuciones presidenciales en la página de Facebook de la Presidencia se transmitieron sin interpretación.

Al revisar, encontramos esta afirmación es verdadera.

Encontramos 22 videos publicados en noviembre por la página oficial de Facebook de la Presidencia de Colombia en los que aparece el presidente Iván Duque. De esos, 10 son videos promocionales, todos los cuales cuentan con subtítulos, pero no cuentan con interpretación de lengua de señas. 

Los otros 12 videos corresponden a alocuciones presidenciales o a informes de gestión en los que participó Duque. De estos 12 videos, solo tres contaron con interpretación durante toda la intervención. Uno más tuvo un intérprete solo durante una introducción. Los otros ocho no contaron con interpretación. 

Intentamos contactar al equipo de comunicaciones de la Presidencia para que nos explicara la razón de no usar el servicio de interpretación, sin embargo, aún no obtuvimos respuesta. Pero Parra les escribió a través de su página de Facebook para preguntar si la primera alocución del 19 de noviembre sería interpretada. Recibió la respuesta de que no se contaría con el servicio. “No es cuestión de decir que hoy no habrá traducción, es aceptar que hoy se ignorará y se excluirá del país a una comunidad con discapacidad”, escribió el intérprete. 

Una hora después de este mensaje, el chat de la Presidencia le confirmó a Parra que tendrían el servicio de interpretación en la alocución de las 6:00 p.m. No obstante, el 21 de noviembre, después del inicio del paro nacional, en la alocución de las 10:00 p.m. no se presentó el servicio de interpretación. 

Según la petición, los videos sin interpretación van en contra de la Ley 982 de 2005, que establece “normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas”. 

Aunque la ley no especifica alocuciones o intervenciones presidenciales, sí dice en su Artículo 4 que “el Estado garantizará y proveerá la ayuda de intérpretes y guías intérprete idóneos para que sea este un medio a través del cual las personas sordas y sordociegas puedan acceder a todos los servicios que como ciudadanos colombianos les confiere la Constitución”. Y en su Artículo 8 que “Las entidades estatales de cualquier orden, incorporan paulatinamente dentro de los programas de atención al cliente, el servicio de intérprete y guía intérprete para las personas sordas y sordociegas que lo requieran de manera directa o mediante convenios con organismos que ofrezcan tal servicio”.

Además, según el Artículo 16 de la Ley 1618 de 2013: "las personas con discapacidad tienen derecho al ejercicio efectivo del derecho a la información y a acceder a las comunicaciones en igualdad de condiciones". 

Marleny Gallo, docente sorda y directora General de la Asociación Colombiana de Educadores Sordos, dice que, aunque la Lengua de Señas Colombiana tiene prelación legal, eso no se está cumpliendo y que “cualquier pequeño avance que se venía haciendo, hay un retorno nuevamente al pasado pensando que solo un subtitulado permitirá comprender la información difundida desde las entidades gubernamentales”.

En efecto, la Ley 982 de 2005 regula la Lengua de Señas Colombiana y en su Artículo 16 aclara que “en todo anuncio de servicio público en el que se utilice algún sonido ambiental, efectos sonoros, diálogo o mensaje verbal, que sea transmitido por el canal institucional del Estado, se deberán utilizar los sistemas de acceso a la información para los sordos como el closed caption o texto escondido, la subtitulación y el servicio de interpretación en Lengua de Señas, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional para tal efecto”

Por otra parte, el Decreto 103 de 2015 exige en su Artículo 13 que “todos los medios de comunicación electrónica dispuestos para divulgar la información deberán cumplir con las directrices de accesibilidad que dicte el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a través de los lineamientos que se determinen en la Estrategia de Gobierno en línea".