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Martes, 22 Octubre 2019

Las universidades públicas sí tienen que pagar fallos ‘contra la Nación’ desde hace 20 años

Por José Felipe Sarmiento

La norma aprobada en el Artículo 44 del Presupuesto General de la Nación para 2020 ha estado vigente desde el año 2000, excepto en 2006. Es más antigua incluso que lo que dice el Gobierno.

En los últimos días ha habido un revuelo en redes sociales debido a un artículo (el 44) dentro del recién aprobado Presupuesto General de la Nación para 2020, en el que se dice que las universidades públicas deben pagar las sentencias en contra del Estado.

Incluso el Sistema Universitario Estatal (SUE) alcanzó a emitir un comunicado en el que calificó como “absolutamente inconveniente [...] que dichos recursos deban pagar obligaciones generales en demandas contra la Nación”.

En medio de la polémica, comenzó a circular por WhatsApp una cadena que busca mostrar que esta decisión no es nueva al listar varias leyes de años anteriores en las que se incluye el mismo texto: “en virtud de la autonomía consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política, las universidades estatales pagarán las sentencias o fallos proferidos en contra de la Nación con los recursos asignados por parte de esta, en cumplimiento del artículo 86 de la ley 30 de 1992”.

Cadena de WhatsApp sobre el artículo 44 del presupuesto para 2020

La cadena, que llama la atención sobre lo antigua que es la norma, es verdadera. Colombiacheck lo comprobó al revisar todos los presupuestos desde 1997.

En efecto, tal como dice el mensaje, el polémico inciso es idéntico a los artículos 48 de los presupuestos para este año y el anterior. También al 53 para la vigencia de 2017, el 50 para 2016, el 52 para 2015, el 51 para 2014 y, de nuevo, el 52 para 2012.

La cadena se salta la de 2013, pero ahí también está. Además, apareció en las de 2011, 2010, 2009, 2008 y 2007. Es decir que en 2020 serán 14 años consecutivos. El último presupuesto que no incluyó esa oración fue el de 2006.

En la plenaria de la Cámara del 18 de octubre de ese año, que le dio la aprobación definitiva al texto para la vigencia de 2007, el entonces representante Pedro Obando Ordóñez intervino para pedir la eliminación de ese artículo, que calificó como “un castigo a las universidades, el castigo de demandas que se hagan contra la Nación, las tienen que pagar las universidades y son demandas que se hacen por situación pensional”.

Además, recordó que el proyecto de presupuesto de 2005 para 2006 también traía esa propuesta, pero en esa ocasión se había suprimido el artículo correspondiente en el Congreso. Colombiacheck lo encontró en la ponencia para segundo debate.

Sin embargo, también estuvo en 2005, 2004, 2003, 2002 y 2001. En el año 2000, el texto era ligeramente distinto y fue presentado idéntico en el proyecto del gobierno de Andrés Pastrana para el año siguiente, pero fue modificado en su paso por el Congreso para dar origen a la redacción actual. No había habido nada parecido en los presupuestos de 1999, 1998 ni 1997.

Es decir que el texto en su versión actual ha estado en todos los presupuestos de los últimos 20 años, con excepción de 2006. El Gobierno, por su parte, también dijo que había sido así desde 2002 en un comunicado del Ministerio de Educación, que recogía declaraciones del ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, en las que asumió “el compromiso de eliminar el artículo”, aunque aclaró que este se refiere a demandas contra las mismas universidades y no contra la Nación en general.

El artículo de la Ley 30 de 1992 (que es la que rige a la educación superior) al que se refiere la norma es el que define la financiación de las instituciones estatales del sector. El de la Constitución, entre tanto, es el que establece la autonomía universitaria. Por esta razón, aunque el texto del presupuesto habla de “demandas contra la Nación” en general, se refiere a las instauradas contra los entes educativos.

Entonces, el debate que llevó a la discusión en la noche del jueves no fue la introducción de una norma nueva. Lo que pasó fue que ese artículo se había hundido en la Cámara, pero luego fue aprobado en Senado. A falta de tiempo para conciliar y con el compromiso del ministro Carrasquilla de estudiar “la manera de corregir y expresar mejor la voluntad de la Cámara”, la discusión se reabrió en la plenaria de esta para darle la aprobación definitiva al artículo, como lo contó El Espectador. Por tanto, la información de la cadena es verdad.