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Cuestionable
Una imagen con el título Cómo votar el plebiscito y con 10 preguntas relacionadas con el fin del conflicto en Colombia a las que se puede responder sí o no se está difundiendo por redes sociales. Colombiacheck se dio cuenta de que varias personas preguntaron si esa era la papeleta que se marcará en el plebiscito.
Cómo votar el plebiscito pic.twitter.com/oa2Bgczyul
— Martin Santos (@MartinSantosR) 5 de agosto de 2016
Debido a la confusión que detectamos porque en la publicación no se aclara que lo que se pretende con la imagen es promover el voto positivo, Colombiacheck califica la imagen como engañosa. Más aún cuando hoy el Presidente Juan Manuel Santos dio a conocer la pregunta que los colombianos deberemos contestar en esta consulta:
¿Apoya usted el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera?
Una de las personas que publicó la imagen fue Martín Santos, hijo del Presidente y director de la Fundación Buen Gobierno. Por eso, Colombiacheck solicitó una entrevista con él a su oficina de prensa, pero no la otorgaron.
La sentencia C-379 de 2016 de la Corte Constitucional explica por qué es una sola pregunta:
“El Acuerdo Final, en tanto decisión política, debe ser entendido como un todo, integrado por asuntos transversales, no separables. De allí que resulte justificado que la integralidad del Acuerdo Final y no sus componentes particulares, sean sometidos al escrutinio del Pueblo. Si se aceptara que la votación pudiese hacerse de manera seccionada, entonces ello generaría irresolubles problemas, debido a que si el Acuerdo Final es parcialmente aprobado, no solo generaría su desarticulación, sino también obligaría a una renegociación del mismo, a pesar que la competencia exclusiva para ello la tiene el Presidente”.
Debido a que es al pueblo a quien le corresponde aprobar o desaprobar el acuerdo al que el Gobierno llegue con las Farc, la sentencia puntualiza: “si el elector está parcialmente en desacuerdo con la agenda de acción política fruto de la negociación del Gobierno, deberá ponderar dicho desacuerdo frente a una visión integral sobre los contenidos del Acuerdo Final, a fin de decidir si opta por apoyarlo o rechazarlo”.
Además, la sentencia deja claro que la pregunta debe estar redactada de forma clara y debe contestarse con un “sí” o “no”.
Diana Isabel Güiza Gómez, investigadora del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, Dejusticia, recordó, precisamente, que “la Corte fue enfática en aclarar que no se someterá a votación el contenido ni alcance del derecho a la paz, sino el Acuerdo entre Gobierno y Farc, una expresión de ese derecho. En ese sentido, la pregunta del plebiscito debe apuntar a ello, esto es, a validar el Acuerdo resultado del proceso de negociación con la guerrilla”.
Los opositores del Acuerdo de paz con las Farc no se quedan atrás. El expresidente y ahora senador por el Centro Democrático, Álvaro Uribe, lidera la campaña #YoNoMeTragoEsteSapo.
La iniciativa llama la atención sobre puntos del Acuerdo Final que los opositores consideran demasiada concesión de parte del Gobierno a las Farc y es por eso que piden una renegociación.
A través de redes sociales Uribe y sus partidarios divulgan mensajes que en su mayoría Colombiacheck ya verificó y que no son precisamente verdaderas.
#YoNoMeTragoEsteSapo Cero Cárcel para delitos de lesa humanidad traerá más violencia. pic.twitter.com/Y91jfMARYZ
— Álvaro Uribe Vélez (@AlvaroUribeVel) 29 de agosto de 2016
#YoNoMeTragoEsteSapo
— Margarita Restrepo (@MargaritaRepo) 30 de agosto de 2016
No me trago a Farc como partido político; a sus criminales como voceros y FFMM igualados a Farc pic.twitter.com/oFG53pNKVD
El fallo de la Corte hace también una distinción sobre las nociones de divulgación y promoción del Acuerdo en las que queda claro que la pieza divulgadas tanto por Martín Santos como por Uribe, son promociones del voto por el sí y por el no, respectivamente.
Según la Corte, por divulgación debe comprenderse la información a los ciudadanos, de manera objetiva e imparcial, de los contenidos del Acuerdo Final, actividad que está unívocamente dirigida a permitir que las personas se ilustren sobre la materia y de manera libre decidan qué postura van a asumir en la votación.
“La promoción, en cambio, es un ejercicio que pretende convencer a los electores para que asuman una postura particular, esto es, a favor del sí o del no”, señala la Corte.
Juan Andrés Sampedro, decano de la Facultad de ciencias jurídicas de la Universidad Javeriana, indicó que si bien las preguntas de la imagen publicada por Martín Santos, no son la del plebiscito, sirven para hacerse un autoexamen y definir el voto.
“Esto es la opinión de una persona en concreto tratando expresar su criterio de qué es lo que nos debemos preguntar para entender cómo votar un plebiscito como el que vamos a tener. No me parece mal, es una guía para hacer una serie de reflexiones alrededor de algunos temas que son importantes de valorar a la hora de tomar una decisión”, comentó.
Sampedro calificó como legítima la opción de las partes de promover el voto positivo o el negativo, pero señaló que para que el plebiscito se desarrolle de manera correcta las campañas deberían ser más explícitas sobre la clase de voto que promueven porque se corre el riesgo de confundir al elector. Además, hizo un llamado para que sea la sociedad la que exija una campaña basada en verdades.
Más allá de las campañas por el sí o por el no, algunas de las cuales ofrecen visiones sesgadas del acuerdo, el Estado tiene la obligación de informar de manera neutral y amplia los alcances de la negociación lograda con las Farc. Una responsabilidad que es compartida con los ciudadanos, quienes deben buscar suficiente información para votar responsablemente.