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Chequeo Múltiple
Una imagen que compara supuestas políticas de Álvaro Uribe y Gustavo Petro en materia de derechos laborales para la Fuerza Pública busca favorecer la imagen del actual presidente y desacredita al jefe del partido opositor Centro Democrático, quien gobernó de 2002 a 2010.
“Según la derecha Petro tiene desmoralizada a la Fuerza Pública”, señala el encabezado. Luego, bajo la foto del exmandatario, enumera lo siguiente: “El les bajo el sueldo; El les quito la mesada 14; Con él el ejército aguantaba hambre; El quito la prima de orden publico; Autor de los falsos positivos” (sic). De Petro, en cambio, asegura: “El les subio el sueldo; EL les devolvio la mesada 14; El les aumentó el presupuesto para alimentos; El devolvio la prima de orden publico; Acabo con los falsos positivos” (sic).
La imagen fue compartida en Facebook por Alejandro Toro, representante a la Cámara por Antioquia de la coalición gobiernista Pacto Histórico, con el texto “¿Cuántos de acuerdo? #SiALaConsultaPopular”. Su publicación tiene más de 1.500 interacciones y se ha compartido más de mil veces.
Otras cuentas de Facebook y X han republicado la desinformación. En la segunda lo hizo el usuario ‘X Post 1A’ (@XPost1A), al que hemos verificado anteriormente en Colombiacheck (1, 2).
Aunque la pieza incluye cinco supuestas comparaciones, varias caen en un terreno especulativo. Por tanto, ceñidos a nuestra metodología, en Colombiacheck seleccionamos dos de ellas, basándonos en que hubiese normas, datos y sucesos claros para determinar tanto el sustento de cada afirmación, como la lógica del paralelismo.
Por ejemplo, de modo independiente se puede probar que el gobierno Petro aumentó la partida de alimentación diaria para la Fuerza Pública, pero no hay un modo de establecer que “el Ejército aguantaba hambre” en los de Uribe, ya que la frase bien podría estar en la esfera de la opinión. Así pues, la comparación no es verificable.
Con estos principios, seleccionamos las comparaciones que aluden a la mesada 14 y a la prima de orden público, señalando que supuestamente el expresidente las “quitó” y el actual mandatario las “devolvió”. Uribe no eliminó la primera, sino que años después estuvo suspendida por una disputa judicial, y el gobierno Petro impulsó un proyecto para estabilizarla como un derecho constitucional. En el caso de la segunda, no ha habido cambios en 30 años.
La discusión sobre la mesada 14 ha estado colmada por desinformaciones que ya hemos verificado en el pasado. Así es como se le conoce a un pago adicional a los 13 pagos que reciben los pensionados de la Fuerza Pública al año y que antes recibían también los de otros regímenes de jubilación. Esta información está consignada en chequeos como ‘El Ministerio de Defensa no suspendió la mesada 14 en 2023’ y ‘Reforma pensional de Petro no revive ni devuelve la mesada 14’.
La mesada 14 es un beneficio que está estipulado en el artículo 41 del régimen pensional de la Fuerza Pública (Decreto 4433 de 2004). Este es el texto del articulado:
“ARTÍCULO 41. Mesada adicional. Los Oficiales, Suboficiales, y Soldados de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales, miembros del Nivel Ejecutivo y Agentes de la Policía Nacional, en goce de asignación de retiro o pensión o sus beneficiarios, tendrán derecho a percibir anualmente de la entidad que corresponda:
41.1 Una mesada adicional de mitad de año equivalente a la totalidad de la asignación o pensión mensual, que se cancelará dentro de la primera quincena del mes de julio de cada año”.
En otras palabras, este decreto estableció una mesada o un pago adicional en el mes de julio para todos los pensionados de la Fuerza Pública. Este beneficio se pagaba también a los pensionados del régimen general, como lo establece el artículo 142 de Ley 100 de 1993. Sin embargo, fue eliminado para la mayoría durante el gobierno de Álvaro Uribe con el Acto Legislativo 01 de 2005.
La iniciativa señala que a partir de la entrada en vigencia, todas las personas pensionadas no podrían recibir más de 13 mesadas al año, aunque también incluye otras consideraciones. Entre ellas, que se respetarán los derechos adquiridos, es decir, la pensión de aquellos que ya la estaban recibiendo, y que se mantendría el beneficio para los pensionados que recibían menos de tres salarios mínimos y se pensionaron antes del 31 de julio de 2011. Estos son los apartes con esas consideraciones:
Inciso 4: "En materia pensional se respetarán todos los derechos adquiridos".
Inciso 8 "Las personas cuyo derecho a la pensión se cause a partir de la vigencia del presente Acto Legislativo no podrán recibir más de trece (13) mesadas pensionales al año. Se entiende que la pensión se causa cuando se cumplen todos los requisitos para acceder a ella, aún cuando no se hubiese efectuado el reconocimiento".
"Parágrafo transitorio 6. Se exceptúan de lo establecido por el inciso 8° del presente artículo, aquellas personas que perciban una pensión igual o inferior a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes, si la misma se causa antes del 31 de julio de 2011, quienes recibirán catorce (14) mesadas pensionales al año".
Sin embargo, la misma iniciativa de Uribe eximió a los militares y policías en la misma ley y los dejó como régimen especial, como se lee en el inciso 7:
Inciso 7: "A partir de la vigencia del presente Acto Legislativo, no habrá regímenes especiales ni exceptuados, sin perjuicio del aplicable a la fuerza pública, al Presidente de la República y a lo establecido en los parágrafos del presente artículo".
En el 2014, durante el gobierno de Juan Manuel Santos, la Secretaría General del Ministerio de Defensa publicó un acta que “analizó la viabilidad” de pagar la mesada 14 a quienes podían tener el derecho y “no se les haya venido cancelando”. Es decir, para el resto de los pensionados de la Fuerza Pública que efectivamente dejaron de recibir la mesada 14 desde que entró en vigencia el Acto Legislativo del gobierno de Uribe.
Pero también allí admitieron que la misma iniciativa protege al régimen de la Fuerza Pública y que este quedaría excluido de la aplicación de dicha ley. Por eso, en el 2013 le solicitaron al Ministerio del Trabajo que se pronunciara sobre si se debía pagar la mesada 14 a los militares pensionados que no la estaban recibiendo.
El Ministerio del Trabajo confirmó que la intención de la norma de Uribe era mantener el régimen especial de la Fuerza Pública y que estableció la misma administración en el 2004, a través del decreto que mencionamos anteriormente. Por lo tanto, señalan, “se puede concluir que el derecho a la mesada adicional de junio (...) no ha sido suprimido ni derogado”.
El acta concluye que el régimen de la Fuerza Pública es un régimen especial, al que no le aplica la norma, y ordena seguir pagando la mesada 14 y empezar a pagar a aquellos pensionados que no la recibían.
El acta del MinDefensa fue objeto de controversias judiciales años después, cuando en el 2018 el Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad que presentó una ciudadana contra el acta, pues argumentó que el ministerio estaba desobedeciendo la norma jurídica aprobada durante el gobierno de Uribe.
Luego de estudiar la demanda, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente el acta por medio de un auto de julio de 2021. La decisión fue ratificada en julio de 2022. En el 2023 los medios de comunicación reportaron que los pensionados de la Policía y de las Fuerzas Militares protestaron ante el Consejo de Estado por la suspensión de los pagos.
Finalmente, en un auto del 11 de julio de 2023, el Consejo de Estado revocó la decisión de suspender el pago de mesada de junio después de estudiar los argumentos de un grupo de ciudadanos que participaron en el proceso a favor del Ministerio de Defensa.
El gobierno de Petro no “devolvió” la mesada ni influyó en la revocatoria de la suspensión de los pagos, aunque el presidente sí se atribuyó el logro de la revocatoria en redes sociales. Un día después, el Consejo de Estado recordó que el servicio de los jueces de la República es autónomo e independiente, y que sus decisiones no están sometidas a recomendaciones o exigencias de otros órganos del poder público.
El Ministerio de Defensa reactivó los pagos de la mesada 14 pocos días después de que el Consejo de Estado revocó las medidas cautelares, como se puede ver en la siguiente publicación de X del 15 de julio de 2023:
✅Se hará el pago de la mesada 14 a los veteranos de la Fuerza Pública, luego de la decisión del @consejodeestado
— Mindefensa (@mindefensa) July 15, 2023
✅Primera mesa de Territorialización de la Política de Seguridad Pública para Antioquia, Chocó y Córdoba
✅Inicia plan integral de recuperación territorial en… pic.twitter.com/6uYOBJEipd
Si bien Petro no levantó la suspensión de los pagos, su gobierno sí impulsó un proyecto para modificar la Constitución que buscó que el pago de la mesada 14 se convirtiera en un derecho constitucional para todos los pensionados de la Fuerza Pública.
El proyecto surtió ocho debates en las dos cámaras del Congreso y entró en vigencia como Acto Legislativo 01 de 2024. Se adicionaron las siguientes disposiciones:
“PARÁGRAFO 3. Los miembros de la Fuerza Pública que se encuentren o llegaren a estar en goce de asignación de retiro, goce de pensión o sus beneficiarios, tienen derecho a recibir la mesada catorce.
PARÁGRAFO TRANSITORIO 7. Accederá a la mesada catorce el personal civil y no uniformado del Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional pensionado en virtud del régimen especial y exceptuado del Sistema General de Pensiones”.
En conclusión, la afirmación de la comparativa es cuestionable. Uribe eliminó el beneficio de la mesada 14 progresivamente a través del Acto Legislativo 01 de 2004, pero quedaron eximidos los pensionados de la Fuerza Pública, y se protege su régimen especial. Durante el gobierno Santos, el Ministerio de Defensa reconoció que solo estaba pagando a algunos pensionados pero luego, después de una nueva interpretación de la ley, decidió ampliar este beneficio a todos los militares y policías pensionados, y aunque el Consejo de Estado suspendió los pagos, luego revocó su decisión. El gobierno Petro poco influyó en lo anterior, aunque sí logró que el pago de la mesada 14 para pensionados de la Fuerza Pública se convirtiera en derecho constitucional.
El meme también asegura que Uribe “quitó la prima de orden público” y que Petro la “devolvió”. Sin embargo, esta afirmación es falsa: ni se eliminó durante los gobiernos del hoy líder del Centro Democrático, ni fue restablecida con alguna medida durante la administración actual. Este beneficio para los miembros de la Fuerza Pública existe de forma continua desde 1990 y no presenta modificaciones normativas desde 1995.
La prima de orden público fue creada con el artículo 98 del Decreto 1211 de 1990, que regula el régimen de carrera y prestaciones sociales para los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares. Allí se establece lo siguiente:
“Artículo 98. Prima de orden público. Los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares que presten sus servicios en zonas afectadas por alteración del orden público, tendrán derecho a una prima mensual equivalente al 50% del sueldo básico, mientras permanezcan en tales zonas. El Ministerio de Defensa Nacional determinará las zonas afectadas por alteración del orden público”.
El Sistema Único de Información Normativa (SUIN) del Ministerio de Justicia muestra que, aunque varios artículos del decreto han sido derogados o modificados en años posteriores, el artículo 98 continúa vigente en su forma original, sin que se registre ninguna reforma, adición o eliminación posterior.
Por otra parte, una revisión del blog institucional del Ejército Nacional, “Nuestros Héroes”, muestra que en marzo de 2017 se publicó un instructivo titulado “¿Quiénes tienen derecho a devengar la prima de orden público?”, donde se explica con detalle cómo se aplica este beneficio. En el documento se hace referencia al Decreto 1211 de 1990 y a otros actos administrativos asociados que datan del periodo 1990 - 1995. Esto evidencia que la prima seguía vigente y en aplicación 27 años después de expedida la norma original.
La entrada de dicho blog, además, explica que el principio de este beneficio es compensar el riesgo adicional de prestar servicio en zonas donde hay alteración del orden público.
Durante los gobiernos de Uribe no se expidió ningún decreto, ley o acto administrativo que derogara, suspendiera o modificara el artículo 98 del Decreto 1211 de 1990. Tampoco hay evidencia de que su aplicación se haya limitado en la práctica.
Por el contrario, en ese periodo se vivió una de las fases más intensas del conflicto armado colombiano, en la que el Gobierno modificó la Ley de Orden Público para que las fuerzas armadas pudieran hacer presencia en zonas de despeje, lo que implicaría el pago de esta prima a militares desplegados en tales territorios.
La vigencia del decreto implica que tampoco en el gobierno de Petro se han expedido normas que modifiquen el artículo relativo a la prima de orden público. Una búsqueda en la web oficial de las Fuerzas Militares, con la frase exacta “prima de orden público”, muestra que no se ha hecho ninguna modificación reciente al beneficio. Mientras tanto, sí se encuentra allí un balance de beneficios otorgados a la Fuerza Pública durante el primer año de la actual administración, que no incluye menciones a la prima.
El único beneficio adicional implementado en este mandato presidencial que podría generar confusión con la prima de orden público es la bonificación mensual establecida en el Decreto 910 de 2023 y modificada por el Decreto 1557 del mismo año. Entre ambas normas, se modificó una asignación para gastos personales de quienes prestan servicio militar obligatorio, establecida en el artículo 44 de la Ley 1861 de 2017. Como resultado de ambas medidas, se renombró este monto como “bonificación mensual” y se aumentó su partida del 30% al 50% del salario mínimo mensual vigente.
Aunque esta medida fue destacada por el Ministerio de Defensa como una mejora en el trato a la tropa, no está relacionada con la prima de orden público, ya que no depende de las condiciones del conflicto ni de la ubicación geográfica del uniformado, sino de una política de nivelación salarial.
En conclusión, la prima de orden público no fue eliminada por ningún gobierno desde su creación en 1990. Álvaro Uribe no la “quitó” y Gustavo Petro no la “devolvió”. Su vigencia es continua, con base en una norma que sigue aplicándose y que no ha sido objeto de modificación ni en los años recientes ni en los períodos presidenciales mencionados.