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Falso

Domingo, 28 Julio 2024

¿Reglamento de la Ley Electoral exige tapabocas para votar?

Por Alexis Correia - EsPaja

El artículo 292 del Reglamento de la Lopre (ley de procesos electorales) sí existe y restringe el uso de armas, así como fotografiar o grabar el acto de votación. Sin embargo en ninguna parte establece que "los electores deberán utilizar un tapabocas para ejercer el voto".

3 DATOS CLAVE:

  1. Una imagen viral presenta una serie de supuestos puntos del Artículo 292 del Reglamento Electoral de Venezuela, incluyendo que "todos los electores deberán utilizar tapabocas para ejercer el voto".
  2. El verdadero artículo 292 de esa norma, que es de 2013 (mucho antes de la pandemia de covid-19), solo restringe el porte de armas y las fotografías en el acto mismo de ejercer el sufragio.
  3. Este es un chequeo elaborado por los aliados de EsPaja. Republicamos esta verificación en este espacio ante el bloqueo gubernamental sufrido por varios medios de comunicación de Venezuela.

Es falso que el reglamento de la ley electoral contemple el uso del tapabocas para votar. El usuario Ronald Ugel, que se identifica como ingeniero y docente universitario, nos consultó en redes si una especie de flyer digital —con el logo del CNE y del gobierno regional de Lara— contiene información verdadera sobre el Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre). La respuesta es que no:

Imagen viral que dice falsamente que el Plan República exige tapabocas para votar en las presidenciales de Venezuela

El Reglamento de la Lopre tiene vigencia desde 2013 (antes de la pandemia de covid declarada en 2020), la podemos leer o descargar en este link y tiene un artículo 292, pero en ninguna parte habla del tapabocas. Solo restringe el porte de armas o fotografiar o grabar el acto de votación. La redacción real:

Verdadero artículo 292 del reglamento electoral de Venezuela no dice nada sobre tapabocas

Al tema del "tapabocas electoral" nos referimos ya en nuestras redes (17 de julio de 2024): no hay ninguna comunicación oficial conocida del CNE o el Ministerio de Salud —no hasta la hora y fecha en que escribimos estas líneas— que establezca la obligatoriedad de este adminículo de prevención sanitaria para acudir a los centros de votación el 28 de julio de 2024.

Además hemos aclarado que la ley electoral no contempla un tipo de vestimenta para ir a votar, aunque pudiera ocurrir que las autoridades del Plan República —discrecionalmente— pongan restricciones para un vestuario que consideren demasiado informal. Por otra parte, no es cierto que esté prohibido ingresar a los centros de votación con teléfonos celulares. Lo que se restringe —como ya indicamos antes— es usar ese u otros equipos para fotografiar o grabar el acto de votación como tal.

En nuestro Radar Electoral del 23 de julio de 2024 alertamos sobre estas y otras campañas de desinformación que desalienten el voto o siembren confusión sobre el proceso de la elección, una estrategia que podría beneficiar a alguno de los actores políticos involucrados.

* Este chequeo fue realizado por el medio EsPaja, cuyo sitio web fue bloqueado en Venezuela. Por esa razón, en Colombiacheck republicamos sus verificaciones durante el proceso electoral. Si estás allá y quieres acceder a sus artículos originales, puedes acudir a estas otras opciones.