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Lunes, 22 Agosto 2022

Publicación sobre logros de los primeros cuatro días del gobierno de Petro es cuestionable

Por Paola Benjumea Brito

La condonación de la deuda a 4.000 usuarios del Icetex fue una gestión del gobierno Duque. Los demás "logros" como el desmantelamiento de nóminas paralelas y el no fracking aún no se han concretado. La mayoría requieren de la aprobación de proyectos de ley.

En Facebook (1, 2, 3) circula una imagen del presidente Gustavo Petro acompañada por una lista de sus supuestos logros en los primeros cuatro días de su gobierno:

“4 días de gobierno de Petro.  4x1000 solo lo pagarán las transacciones de más de $13 millones. Icetex condonará deuda a más de 4.000 usuarios. Desmantelar nóminas paralelas. Regreso de horas extras y recargo nocturno. No al fracking”, dice el mensaje.


La publicación, hecha por la página El Despertar del Pueblo,  tiene el siguiente mensaje: “En cuatro días de gobierno Petro a logrado hacer lo que la derecha le negó al pueblo en más de una década” (sic). La imagen también fue publicada en las cuentas de Twitter de la senadora del Pacto Histórico Martha Peralta Epinayú, y el profesor y excandidato al Senado por el movimiento Fuerza Ciudadana Gilberto Tobón Sanín.

En Colombiacheck verificamos si lo que se afirma en la publicación es cierto. 

Condonación de deudas del Icetex 

Con relación a la afirmación de que en el gobierno de Petro “el Icetex condonará deuda a más de 4.000 usuarios”, esto es no es gestión de Petro sino del gobierno de su antecesor, Iván Duque. 

El Icetex, a través de un comunicado del 5 de agosto de 2022, dos días antes de la posesión de Gustavo Petro, informó que 4.067 usuarios de créditos accederán a condonación parcial otorgada con recursos de la Nación por cumplir con su graduación. 

“Materializando acciones que reflejan el compromiso del Gobierno nacional para favorecer a estudiantes priorizados por su condición de vulnerabilidad, un total de 4.067 usuarios de crédito educativo de ICETEX recibirán el beneficio de condonación del 25% o 50% de esta financiación por haber culminado sus estudios de educación superior y obtener su grado”, dice el comunicado.

Impuesto 4x1000

La afirmación de que el “4x1000 solo lo pagarán las transacciones de más de $13 millones” es una de las propuestas del proyecto de ley por medio del cual se pretende adoptar una reforma tributaria, que fue radicado ante el Congreso por el gobierno de Petro, a través del ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo. Este proyecto apenas inició el trámite para su aprobación.

El 4x1000 es como se conoce el gravamen a los movimientos financieros, un impuesto creado el 1 de enero de 2001, por medio del cual se descuentan cuatro pesos por cada mil de una transacción bancaria (retiros, traslados, entre otros) tanto en cuentas de ahorros como corrientes.

“Aunque se pensó para durar un año, por la crisis económica de 1998, ya se van a completar casi 24 en los que la Nación continúa recibiendo entre 5 y 6 % del total de sus tributos gracias a este gravamen. Sin embargo, la reforma del presidente Petro planea eliminarlo, pero no del todo”, explica una nota de El Tiempo

El director de la Dirección Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Carlos Reyes, publicó en su cuenta de Twitter, el 10 de agosto de 2022: “Se acaba el 4 x 1.000 para quienes hagan movimientos menores a $13,3 millones al mes. Ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada. En adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta”.

En el trino muestra el pantallazo del artículo 64 del proyecto de ley de la reforma tributaria, en el que se adiciona el artículo 881-1 al Estatuto Tributario. 

ARTÍCULO 881-1. CONTROL SOBRE OPERACIONES Y MONTOS EXENTOS DEL GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS. Las instituciones agentes de retención en la fuente del Gravamen a los Movimientos Financieros deberán adoptar un sistema de control que permita la verificación, control y retención del Gravamen a los Movimientos Financieros en los términos del artículo 879 del Estatuto Tributario de forma que se permita aplicar la exención de trescientos cincuenta (350) UVT mensuales señalada en el numeral 1 del artículo 879 del Estatuto Tributario sin la necesidad de marcar una única cuenta. 

Actualmente, según el artículo 879 del Estatuto Tributario, están exentos de pagar el Gravamen a los Movimientos Financieros o 4x1000: 

“Los retiros efectuados de las cuentas de ahorro, los depósitos electrónicos o tarjetas prepago abiertas o administradas por entidades financieras y/o cooperativas de naturaleza financiera o de ahorro y crédito vigiladas por las Superintendencias Financiera o de Economía Solidaria respectivamente, que no excedan mensualmente de trescientos cincuenta (350) UVT ($13’301.400), para lo cual el titular de la cuenta o de la tarjeta prepago deberá indicar ante la respectiva entidad financiera o cooperativa financiera, que dicha cuenta, depósito o tarjeta prepago será la única beneficiada con la exención.

La exención se aplicará exclusivamente a una cuenta de ahorros, depósito electrónico o tarjeta prepago por titular y siempre y cuando pertenezca a un único titular. Cuando quiera que una persona sea titular de más de una cuenta de ahorros, depósito electrónico y tarjeta prepago en uno o varios establecimientos de crédito, deberá elegir una sola cuenta, depósito electrónico o tarjeta prepago sobre la cual operará el beneficio tributario aquí previsto e indicárselo al respectivo establecimiento o entidad financiera”.

Para contar con esta excepción, la cuenta bancaria debe ser marcada, es decir, el titular debe hacer la solicitud ante su entidad financiera para que la apruebe. Si se aprueba el artículo 64 del proyecto de ley de la reforma tributaria de Petro, no sería necesario marcar la cuenta. Sin embargo, aún no es un hecho, pues esto dependerá del trámite legislativo.

Regreso de horas extras y recargo nocturno 

La publicación también habla del “regreso de horas extras y recargo nocturno”. Al respecto, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, se ha referido en varias entrevistas a la modificación de la jornada laboral. 

En una entrevista, concedida a la revista Semana el 8 de agosto de 2022, a Ramírez le preguntaron sobre reducir la jornada laboral y que las empresas paguen horas extras y respondió: 

“La jornada laboral es solo un elemento. En Colombia fue reformado el tema y la jornada diurna la pusieron desde las 6 de la mañana hasta las 10 de la noche. Pues yo quiero corregir eso. Las jornadas laborales diurnas serán de las 6 de la mañana a las 6 de la tarde. La jornada nocturna es de las 6 de la tarde a las 6 de la mañana. En medio de ese concepto, si las empresas tienen que pagar horas extras, pues que las paguen. Pero no podemos -en aras de un proceso económico- ir quitando derechos laborales fundamentales a los trabajadores, como el derecho al descanso y al estudio”.

Y agregó que una de sus primeras tareas será el pago de horas extras nocturnas a partir de las 6 de la tarde. 

La Ley 789 de 2002 en su artículo 25 extendió el trabajo diurno hasta las 10:00 p.m. Posteriormente se expidió la Ley 1846 de 2017, que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, quedando la jornada diurna hasta las 9:00 p.m. Esta ley aún está vigente, lo que quiere decir que se dejó de pagar el recargo nocturno de las horas que pasaron a ser diurnas, pero esto no es igual a las horas extras. 

La jornada máxima laboral establecida en el Código Sustantivo del Trabajo es de 8 horas diarias y 48 a la semana con algunas excepciones. Las horas extras, que son las que exceden el horario contratado o la jornada máxima, han mantenido hasta ahora la misma legislación, contenida en el artículo 159. Requieren una autorización especial del Ministerio de Trabajo, salvo en algunos sectores o por motivos de fuerza mayor, y solo pueden ser dos diarias y hasta 12 semanales. De hecho, este límite fue creado por la reforma más reciente al respecto, que data de 1990.

El Partido Liberal radicó el 9 de agosto de 2022 el proyecto de ley 113 de 2022 (Senado) que busca restablecer el trabajo diurno y nocturno que fue modificado por las normas ya citadas. Además, modificar los artículos 160, 161 y 179 del Código Sustantivo del Trabajo.

En otra entrevista, concedida a Noticias Caracol el 16 de agosto de 2022, a Ramírez le preguntaron sobre este proyecto de ley y dijo: “Nosotros tendremos que emitir nuestro concepto y estamos estudiando. Coincidimos con el Partido Liberal en que hay que hacer la recuperación de las jornadas, tanto la diurna como la nocturna”.

La docente y miembro del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana Juliana Morad le dijo a Colombiacheck que las horas extras han existido siempre en el país y que a lo que se refiere la Ministra de Trabajo es al recargo nocturno, lo que implica una modificación de la Ley 1846 de 2017, que cambió el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo. “Para que esto tenga lugar tiene que surtirse el trámite legal ante el Congreso para modificar esta ley”, explicó Morad. 

Por lo tanto, para que la propuesta de la Ministra de Trabajo sea una realidad se deben hacer unos cambios a la leyes vigentes por la vía legislativa. 
  

Desmantelar nóminas paralelas 

Con relación a “desmantelar nóminas paralelas”, el presidente Gustavo Petro anunció a través de su cuenta de Twitter, el 10 de agosto de 2022, que había dado la orden en consejo de ministros de “desmantelar todas las nóminas paralelas que existan en las entidades públicas y de eliminar todo gasto suntuario o superfluo”.

De acuerdo con una nota de El Colombiano, las nóminas paralelas son “una forma de contratar personas por prestación de servicios para hacer tareas permanentes en el Estado, lo cual en realidad es contrario a la Constitución”.
 
Según el concepto 160931 de 2015 del Departamento Administrativo de la Función Pública, “el contrato de prestación de servicios es una de las formas excepcionales y temporales a través de la cual los particulares pueden desempeñar funciones públicas, y su fin es satisfacer necesidades especiales de la administración que no pueden estar previstas en la planta de personal”.
 
La Corte Constitucional, en la sentencia C-614 de 2009, señaló que, a pesar de la prohibición de celebrar este tipo de contratos para el ejercicio de funciones de carácter permanente, “en la actualidad se ha implantado como práctica usual en las relaciones laborales con el Estado la reducción de las plantas de personal de las entidades públicas, el aumento de contratos de prestación de servicios para el desempeño de funciones permanentes de la administración de lo que ahora es un concepto acuñado y públicamente reconocido: la suscripción de ‘nóminas paralelas’ o designación de una gran cantidad de personas que trabajan durante largos períodos en las entidades públicas en forma directa o mediante las cooperativas de trabajadores, empresas de servicios temporales o los denominados out soursing”.
 
En el artículo ‘Nóminas paralelas una manifestación del sistema clientelista colombiano’, escrito por Diego Rodríguez de la Fundación Universitaria Los Libertadores, también definen las nóminas paralelas como “la manifestación del sistema clientelista en Colombia. Su finalidad implícita es garantizar la contraprestación por el apoyo electoral prestado en comicios para refrendar el poder político en medio de las relaciones patrón-cliente del sistema clientelista colombiano”.
 
Con relación a su desmantelamiento, el director del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), Mauricio Lizcano, explicó en una entrevista en Radio Nacional de Colombia, el 11 de agosto de 2022, que “existe una nómina paralela cuando se contrata a personas para que tengan las mismas funciones del personal que ya hacen parte de la planta, es decir, una especie de duplicidad de cargos”. Aseguró que “duplican esas mismas funciones, muchas veces con contratistas que están trabajando de ‘corbata’ o por recomendaciones políticas, o que realmente no están trabajando”.

También aclaró que, aunque la mayoría de casos de nóminas paralelas pueden existir en contratos de prestación de servicios, esto no quiere decir que se vaya a eliminar esa figura. “Lo que vamos a eliminar es a contratistas que no están haciendo nada, personas que tienen 10, 20 y 30 contratos con el Estado; la burocracia”, explicó el director del Dapre.

Además, dijo que la Presidencia de la República será la primera instancia en aplicar el desmantelamiento de las nóminas paralelas. “Se reducirá más del 40% de los contratistas de la Presidencia y esperamos que en esa misma línea actúen los ministros y directores de institutos”, expresó Lizcano.

La docente y miembro del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana Juliana Morad le dijo a Colombiacheck que, para desmantelar las nóminas paralelas de las entidades públicas, no se requiere de una reforma legal porque hay unos límites para contratar por prestación de servicios por parte del Estado, sino de la voluntad política al interior de cada entidad.

“Esto [las nóminas paralelas] es una mala praxis que no debería pasar, luego para ajustarse a lo que corresponde no tendría que haber ninguna reforma legislativa ni normativa, sino que simplemente el Estado, a través de sus entidades, debería cumplir con el ordenamiento jurídico, respetar los derechos laborales y no mal usar el contrato de prestación de servicios”, expresó Morad.

Además, indicó que desmantelar las nóminas paralelas ayudaría a controlar una práctica ilegítima del Estado que contraviene los derechos laborales de muchos trabajadores del país. Sin embargo, estos cambios aún no se han concretado en la práctica.

No al fracking 

La publicación también menciona como logro del gobierno Petro el “No al fracking”. Durante su campaña, Gustavo Petro dijo que en su gobierno no habría proyectos ni pilotos de fracturación hidráulica para extraer hidrocarburos en el país y, al ganar la Presidencia, lo confirmó.  

El fracking es una técnica que permite extraer gas y petróleo en yacimientos no convencionales, que se encuentran atrapados en capas de roca, a gran profundidad. Para conseguirlo, está se rompe con grandes cantidades de agua a presión con diferentes químicos. Sus detractores aseguran que, entre sus principales riesgos, están la posible contaminación que esto puede causar, las fugas de metano, el gas que se extrae de la roca de esquisto, y la ocurrencia de sismos.

La ministra de Ambiente, Susana Muhamad, publicó en su cuenta de Twitter, el 18 de agosto de 2022, un video en el que habla de los avances de su cartera en los primeros 10 días que lleva en el Ministerio y menciona que se radicó el proyecto de ley antifracking

La iniciativa, que  busca prohibir la exploración y producción de los yacimientos no convencionales de hidrocarburos por fracturación hidráulica y ordena la reformulación de la política de transición energética, fue radicada ante el Senado el 11 de agosto de 2022. En el artículo 6 dice que, a partir de la expedición de la ley, no se podrían suscribir, adicionar u otorgar contratos, concesiones, licencias o permisos ambientales con esos propósitos.

“En un plazo máximo de un año a partir de la promulgación de la presente ley, el Gobierno Nacional establecerá las condiciones en las que se concluirán los contratos suscritos y las licencias o planes de manejo ambiental otorgados previamente a la expedición de la presente ley”, dice el articulado.

No obstante, su aprobación aún no es un hecho y también depende del Congreso.

En conclusión, en Colombiacheck calificamos como cuestionable la publicación que menciona los logros en los primeros 4 días del gobierno de Petro porque la condonación de la deuda de más de 4.000 usuarios del Icetex no es una gestión de este gobierno sino del anterior y los demás “logros”, si bien son iniciativas del actual presidente, no se han concretado y la mayoría requiere de la aprobación de proyectos de ley o de la modificación de la normatividad vigente.