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Lunes, 16 Septiembre 2024

6.402 víctimas de ‘falsos positivos’ no son un mito, aunque no sea un número de expedientes

Por Alexander Campos Sandoval

La tergiversación de una respuesta de la JEP a un derecho de petición ha revivido las narrativas negacionistas sobre estos crímenes de Estado.

3 DATOS CLAVE:

  1. Usuarios en redes vuelven a cuestionar las ejecuciones extrajudiciales y la cifra provisional de víctimas presentada por la JEP.
  2. Si bien la cifra de 6402 no se apoya exclusivamente en expedientes judiciales, los casos fueron documentados por diversas organizaciones y verificados por la institución.
  3. La lógica de priorización de macrocasos determinó investigar el período 2002 - 2008, donde se produjo la mayor parte de las víctimas del flagelo.

La tergiversación de la respuesta de la Jurisdicción especial para la Paz (JEP) a un derecho de petición radicado por el influencer Ariel Ricardo Armel, con preguntas sobre las ejecuciones extrajudiciales, conocidas como ‘falsos positivos’, revivió la narrativa desinformadora de que estos son un mito.

Armel publicó una imagen del documento enviado por la JEP, como respuesta a una mención de la cifra 6402 por parte del presidente Gustavo Petro. Se atribuyó la autoría del derecho de petición en otra publicación de X y, en un video de TikTok. En el video compartió varias páginas de la respuesta y realizó varias afirmaciones en las que tilda a la jurisdicción de mentirosa y pone sus datos en tela de juicio.

A partir de la publicación de Armel, se viralizó la imagen en la que se ve una de las respuestas de la JEP al derecho de petición. A la pregunta “¿En sus registros de ejecuciones extrajudiciales tienen los expedientes de los 6.402 casos que existen en Colombia?", se contestó: “Es importante indicar que los 6.402 corresponden al universo provisional de hechos y como tal no son expedientes, es información que se encuentra registrada en las bases de datos de la Fiscalía, Centro de Memoria Histórica y Coordinación Colombia Europa EEUU, de esta información se realiza una revisión más cercana y se realiza la contrastación, lo que ha permitido emitir los [Autos de Determinación de Hechos y Conductas] ADHC de los diferentes subcasos”.

En Colombiacheck analizamos los argumentos que utilizó Armel en su video de Tiktok para atacar a la JEP y tachar la cifra 6402 como una mentira, ejercicio en el que fue respaldado por consabidos desinformadores. Encontramos que sus afirmaciones son cuestionables, dado que simplifican y tergiversan una lógica de investigación que ha sido consistente en el tiempo y que no responde a los principios de la justicia ordinaria. 

Así se movió la desinformación

La desinformación difundida por este  influencer se viralizó tanto en X como en otras redes sociales. Ariel Ricardo Armel es un influencer que se identifica en su perfil de X como “Admin. Empresas. Ganadero. Posgr. Relaciones Públicas”.  Entre las publicaciones que ha difundido en su perfil se encuentra una desinformación que verificamos sobre las marchas de abril y mayo a favor y en contra del gobierno Petro.  

Además, La Silla Vacía lo ha identificado dentro de los grupos de oposición que han convocado a manifestarse en contra del Gobierno Petro, y el académico Bastien Bosa lo señaló como un difusor de discursos de odio en contra de comunidades indígenas.

Tras la publicación de Armel de parte de la respuesta de la JEP, varias cuentas de X, entre las que se encuentran usuarios como David Ghitis  y @jhonfDerecha a quienes hemos verificado por difundir desinformación, viralizaron la imagen con mensajes (1, 2, 3) en los que aseguran que es la prueba de que la cifra de 6402 víctimas es “un mito”, “una mentira” o “un invento”, en una nueva ola de negacionismo.

Asimismo, la imagen de uno de estos mensajes, publicado por el usuario @bodoquetercero, llegó como solicitud al Gato Chequeabot, nuestro chatbot de WhatsApp en el que los lectores pueden enviar pedidos de verificación.

Las publicaciones mencionadas suman más de 507 mil reproducciones en X, y el video de Tiktok alcanzó las 138 mil en dicha plataforma, además de llegar replicado a Instagram y Facebook. Así mismo, capturas de las publicaciones de X mencionadas llegaron a Facebook, a través de grupos como No más socialismo. Según la herramienta de monitoreo del programa Third Party Fact Check de Meta, las publicaciones cuentan con más de 12.000 visualizaciones recientes.

También encontramos que la imagen compartida por Armel sobre la respuesta relativa a los expedientes se difundió por Facebook, con el discurso de que confirma que la cifra es falsa, en grupos como Tropicana 93.1, COLOMBIANOS TRABAJANDO POR COLOMBIA DE CORAZON, SEGUIDORES DE URIBE, Gente Uribista y de Derecha, URIBE GRAN COLOMBIANO, "POR LA LIBERTAD Y LA DEMOCRACIA", COLOMBIA NOS PERTENECE, MARÍA FERNANDA CABAL PRESIDENTE 2026 - 2030, Sahagún Al Día ( Donde hay de todo un poco) y Plataforma Joven Del Centro Democrático, así como en las páginas oficiales de personalidades ligadas al Centro Democrático como la abogada Ani Abello y el diputado Durguez Espinosa.

Esta no es la primera vez que se presenta una ola de negacionismo sobre el fenómeno de los ‘falsos positivos’. En Colombiacheck ya habíamos investigado, junto con la Liga contra el Silencio y Vorágine, esta narrativa que ha sido propiciada por figuras políticas como el expresidente Álvaro Uribe, la senadora María Fernanda Cabal y el representante Miguel Polo.

Así lo contamos en la nota “Así se teje la narrativa negacionista de los ‘falsos positivos’ en X (Twitter)”, parte del especial “‘Falsos positivos’: el horror que algunos en Colombia quieren negar”, publicado en noviembre de 2023.

Precisamente, en esta investigación contamos que entre los comentarios en X algunas cuentas exigían la publicación de una lista completa de las víctimas, pues según ellos: “No hay registro de los nombres, apellidos, fotos, identificaciones y lugares de decesos”. Y en esa oportunidad, también aparecía el influenciador David Ghitis como uno de los tuiteros que amplificaba los cuestionamientos. 

El derecho de petición

Gracias a capturas adjuntadas en el video de TikTok, obtuvimos el número de radicado 202401067591, con el que corroboramos en la Ventanilla virtual de la JEP que el número de respuesta 202402022509, que también aparece en el video, es verídico y corresponde a una comunicación oficial de la institución.

En su video, Armel expone tres argumentos principales para negar la legitimidad de los datos de por la JEP, basado en las respuestas al derecho de petición:

  1. Los 6402 no son expedientes, por lo que (supuestamente), el número es un invento.
  2. “Inventaron una tabla muy hermosa que arroja al final el número 6402, y la casualidad de que solamente ocurrieron en los años donde Álvaro Uribe Vélez fue presidente”.
  3. La falta de ‘condenas’ en los procesos contra los responsables es sospechosa, e indicaría que quizás la JEP no cuenta con pruebas.

No son expedientes

En su video de Tiktok, Armel afirma que la respuesta a su pregunta sobre los expedientes de los 6402 casos de ejecuciones, es que “Para sorpresa de todos, para sorpresa de todo Colombia, no hay los 6.402 expedientes. No existen los 6.402 expedientes. Es decir, la izquierda colombiana, bajo algunas ONGs, ideológicamente, por tratar de dañar el nombre de otra persona, se inventó una cifra que es muy rimbombante y pegajosa como los 6.402 falsos positivos. Sí, completamente un invento de la izquierda”.

Las publicaciones de X aseguran que, con su respuesta, la JEP “confirma”, “admite” o “reconoce” alguna falsedad en la cifra, basados en que la institución aseguró que “los 6.402 corresponden al universo provisional de hechos y como tal no son expedientes”. 

Para empezar, el carácter provisional no es una revelación ni un dato nuevo acerca de la cifra. Esto se puede constatar en la página 9 del Auto No. 033 de 2021, emitido el 12 de febrero de ese año, con el que la institución hizo pública la estrategia de priorización del Caso 03, entonces denominado “muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”. Allí se explica que no es un número definitivo, y que los informes con los que se obtuvo la cifra se siguen contrastando.

Al respecto, la nota de prensa del 18 de febrero de 2021, con la que la JEP informó las decisiones del Auto 033, explicó cuáles fueron los informes que se integraron para consolidar la cifra provisional: Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA), el Sistema de Información Judicial de la Fiscalía (SIJUF), el Observatorio de Memoria y Conflicto del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) y la Coordinación Colombia Europa Estados Unidos (CCEEU).

En su momento, La Silla Vacía realizó este gráfico en el que se ordenan los casos aportados por cada institución, discriminando los datos coincidentes y los registros únicos.

En este punto es importante recordar que un expediente contiene la información y los documentos, en distintos formatos, que corresponden a un proceso judicial. 

Dicho esto, es comprensible que no todas las víctimas reportadas en los informes tengan un expediente, puesto que no toda la información proviene de procesos investigados o siquiera abiertos. Un subregistro que bien puede responder al temor o imposibilidad de denunciar los hechos victimizantes, o bien que las denuncias se hayan tramitado como secuestro o desaparición.

Un caso ejemplar de cómo una eventual falta de expedientes no demerita la metodología y el trabajo de la JEP, es el subcaso Cementerio Las Mercedes de Dabeiba, Antioquia, donde se han encontrado restos de víctimas de ejecuciones extrajudiciales, y no partió como los demás subcasos de una lectura de la base de datos, sino de la versión voluntaria de un antiguo miembro del ejército.

Pero, en definitiva, la tergiversación de los usuarios de X parte de plantear a la JEP como un órgano de la justicia ordinaria que investiga expedientes caso a caso. 

La JEP responde a los principios de la justicia transicional, que implican una mirada amplia de hechos masivos de violación de derechos, para lo cual la Corte Constitucional definió “cambiar la estrategia de investigación del "caso por caso", que dificulta la garantía del derecho a la justicia de las víctimas de violaciones masivas a los derechos humanos, por la estructuración de macroprocesos en los cuales exista una participación masiva de todas las víctimas” (Sentencia C-579 de 2013, pág. 311).

La estructuración del macroproceso y la división de los subcasos se encuentran justificadas en el Auto 033, donde se pueden encontrar varios de los datos consultados en el derecho de petición del usuario de X.

División temporal y espacial

En el video de Tiktok, Armel asegura “les pregunté que me enviaran departamento a departamento, cuántos falsos positivos había por departamentos” (sic). Según asegura, en la respuesta de la JEP “inventaron una tabla muy hermosa que arroja al final el número 6402, y la casualidad de que solamente ocurrieron en los años donde Álvaro Uribe Vélez fue presidente”.

En la respuesta al derecho de petición, se le respondió al usuario que “Conforme la información recibida el siguiente dato fue publicado en el ADHC SUB D - SUBCASO ANTIOQUIA-062 de fecha de 30 de agosto de 2023”. 

En efecto, encontramos que un documento del Macrocaso 03, fechado el 6 de septiembre de 2023, contenía esa misma tabla en la que se discriminan anualmente las víctimas entre 2002 y 2008 (Pág. 36 - 37) de todo el país. 

Esta coincidencia muestra que los funcionarios de la JEP no “inventaron una tabla” para contestar a la pregunta.

Asimismo, sobre la información departamento a departamento, cabe destacar que estos datos se pueden consultar en el mapa elaborado por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad (CEV) con los datos de la JEP, que incluyen casos entre 1979 y 2019, y está en línea desde 2023.

Finalmente, Armel critica que los 6402 casos aparecen exactamente distribuidos en los dos períodos de gobierno de Álvaro Uribe. Sin embargo, el señalamiento ignora el procedimiento con el que se definió un “período priorizado”.

El mencionado Auto 033 demuestra cómo todos los informes consultados (incluido el de la Fiscalía General de la Nación) y, en consecuencia, la base de datos final, mostraron que el período más crítico de este flagelo sucedió entre los años 2002 y 2008, aunque los datos abarcaban casos desde 1978 hasta 2016.

Con estos datos, se tuvo que el 78% de la victimización histórica sucedió en dicho período, dentro del que se calcularon 6402 víctimas (que, en consecuencia, hacen parte de un universo total de alrededor de 8.200, como contamos en “Explicador: Cuántos son los casos de ‘falsos positivos’”).

Por el impacto diferenciado del flagelo en el territorio nacional, la JEP dividió el macrocaso en 6 subcasos: Antioquia, Costa Caribe, Norte de Santander, Huila, Casanare y Meta.

Retraso con las sanciones

Por último, cabe mencionar que en su video de Tiktok, Armel asegura: “Pregunté cuántas condenas había ya por falsos positivos o ejecuciones extrajudiciales, que es como se llama técnicamente, me dicen que hay varios imputados pero pues que lastimosamente no han podido todavía ponerle sanciones a ninguno. Bastante raro, si supuestamente tienen las pruebas”.

Al respecto se hace pertinente el reciente análisis de la abogada Paola Molano Ayala, que señala demoras de la JEP para poner en marcha los componentes restaurativo y retributivo del sistema sancionatorio en el que los responsables de los diferentes casos pagarán por sus delitos. 

Esto porque, para el pasado mes de marzo, la JEP ya había emitido conclusiones en los subcasos de Norte de Santander, Costa Caribe y Cementerio Las Mercedes en Dabeiba. En cada uno se imputaron cargos a exmiembros del ejército, que aún no han sido condenados. Es decir, que no hay asidero para señalar una supuesta falta de pruebas, aunque la mirada experta sí señala un retraso en el sistema sancionatorio que no ha permitido hacer efectivas las sanciones de los imputados.

Así pues, concluimos que las afirmaciones que señalan como un mito la cifra de 6402 víctimas de ejecuciones extrajudiciales son cuestionables, pues tergiversan una respuesta de la JEP. Primero, el hecho de que no se trate de 6.402 expedientes no demuestra que esto sea un mito. El listado de posibles víctimas es un documento realizado con la base de datos de varias instituciones. La misma JEP ha explicado que no es un número definitivo, y que los informes con los que se obtuvo la cifra se siguen contrastando.

Además, los señalamientos de Armel acerca de la tabla enviada por la JEP son engañosos, pues  ignora el procedimiento con el que se definió un “período priorizado”, el cual es mencionado en el Auto 033, que  demuestra que el período más crítico de este flagelo sucedió entre los años 2002 y 2008.


Si quiere conocer nuestra investigación sobre las narrativas negacionistas, puede entrar al especial "#SíPasó ‘Falsos positivos’: el horror que algunos en Colombia quieren negar".