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Falso

Martes, 23 Agosto 2022

El PPT no es una visa y no sirve para acceder directamente a la cédula de extranjería

Por Abraham Puche*

Rumores en redes sociales aseguran que el Permiso por Protección Temporal es considerado como un tipo de visa y que sirve de “vía rápida” para obtener la cédula de extranjería en Colombia, afirmaciones sin fundamento que le explicamos aquí.

El Permiso por Protección Temporal (PPT) abre las puertas a la regularización migratoria de los venezolanos que viven en Colombia y que se acogen a este mecanismo. Según el portal web de Migración, hasta este 11 de agosto de 2021, más de 1.9 millones de personas ya completaron su registro biométrico y solo esperan por la aprobación del documento.

Sin embargo, se está difundiendo ampliamente un rumor por redes sociales, específicamente en un grupo de Facebook denominado “Venezolanos siguiendo el PPT”, que asegura que el PPT es considerado como un tipo de visa y que, supuestamente, serviría para tramitar directamente la

cédula de extranjería.

PptVisa

Incluso, en Facebook hay grupos como La Voz del Venezolano, que responde a preguntas relacionadas sobre el acceso directo a la cédula de extranjería con el PPT. 

¿Qué hay de cierto en todo esto?

En el marco del proyecto Conectando Caminos por los Derechos, donde hacemos verificaciones de interés para la población venezolana, colombiana retornada y para las comunidades de acogida, explicamos cuáles son los requisitos para obtener la visa y posteriormente la cédula de extranjería en Colombia. 

En un chequeo anterior, se aclaró que la regularización migratoria que se está llevando a cabo a través del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, no implica que el Gobierno va a dar automáticamente cédulas a los migrantes venezolanos, pero el rumor ha persistido, por lo que a continuación se definen algunos conceptos básicos sobre los principales documentos de regulación migratoria para venezolanos que viven en territorio colombiano:

¿Qué es el PPT?

El Permiso por Protección Temporal (PPT) es un documento contemplado en el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), tal como lo refiere la Resolución 0971 de 2021, que otorga el estatus regular migratorio a los venezolanos que viven en Colombia, quienes deben cumplir ciertos requisitos y condiciones establecidos por el ETPV para poder optar por él. 

El PPT no es una cédula, sino un documento legal (de carácter temporal y transitorio) que permite a los migrantes venezolanos acceder a los derechos y servicios básicos en Colombia tales como; salud, empleo, educación, bancarización, licencia de conducción, etcétera. El PPT tiene validez hasta el 30 de mayo de 2031. El PPT no es válido para ciudadanos extranjeros de otras nacionalidades, sino solo para migrantes venezolanos.

Hay que aclarar que el PPT no es el documento definitivo de los migrantes venezolanos, ya que tiene vigencia hasta el 30 de mayo de 2031. Los portadores de este documento deben, eventualmente, regularizar su domicilio en el país a través de una visa de residente, con la cual optarán posteriormente por la cédula de extranjería. 

¿Qué es una visa?

La visa es una autorización concedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que autoriza el ingreso y permanencia de un ciudadano extranjero en Colombia. En un explicador anterior se detallaron los tres (3) tipos de visas que se conceden:

  • Visa V (visitante): es una visa que se otorga a los extranjeros que vienen como visitantes o que permanecerán en Colombia por temporadas, pero sin intenciones de residenciarse definitivamente en el país. 
  • Visa R (residente): esta visa, que tiene una duración indefinida, se entrega a los extranjeros que domicilien su residencia permanente en Colombia, y pueden optar a ella: padres de ciudadano colombiano por nacimiento, extranjeros que hagan inversión directa en Colombia y quienes han renunciado a la nacionalidad colombiana (1). También pueden optar por la visa R los extranjeros que cumplan con el tiempo acumulado de permanencia regular, y en el caso de los migrantes venezolanos, deben haber completado cinco (5) años de tiempo acumulado entre el Permiso Especial de Permanencia (PEP) y el Permiso por Protección Temporal (PPT), según el artículo 91 de la resolución 5477 de 2022.
  • Visa M (migrante): es una visa que se le entrega a los extranjeros que deseen ingresar o tienen intenciones de residir permanentemente en territorio colombiano, pero que no cumplen con las condiciones ya descritas para optar por la visa R. ¿Quiénes pueden obtener la visa M? Los refugiados o personas con asilo aprobado por la Cancillería, cónyuge o compañero permanente de un ciudadano colombiano, padre o hijo de nacional colombiano por adopción, migrante bajo el Acuerdo Mercosur, quienes vienen a ejercer profesión o actividad independiente, religiosos, estudiantes de primaria, secundaria, media y pregrado; inversor inmobiliario, jubilado o rentista.
  1. Antes de la constitución de 1991, en Colombia no se permitía la doble nacionalidad, entonces muchos migrantes colombianos renunciaron a su ciudadanía para adoptar otra nacionalidad como sucedió, por ejemplo, con muchos colombianos que emigraron a Venezuela antes de 1991. 

¿Qué es una cédula de extranjería?

La cédula de extranjería es un documento legal emitido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, cuya finalidad es identificar a los ciudadanos extranjeros mayores de edad o menores (entre 7 y 17 años) que viven en el territorio colombiano. Para optar a este documento, el ciudadano extranjero debe portar una visa superior a 3 meses, ser portador de un pasaporte original de su país de origen, diligenciar el Formulario Único de Trámites y cancelar un monto de 217.000 pesos (COP), sin embargo, ciertas personas están exceptuadas de pagar, así que verifique los costos y exenciones para más información.

La vigencia de la cédula de extranjería será igual a la duración de su correspondiente visa, pero en el caso de un portador de la visa R, cuya duración es indefinida, debe renovar su cédula de extranjería cada cinco (5) años. Los portadores de la visa V no están obligados a acceder a la cédula de extranjería

¿El PPT es requisito para optar directamente a la cédula de extranjería?

¡Para nada! Como ya se explicó, para acceder a la cédula de extranjería se debe contar con una visa con fecha de vigencia superior a 3 meses. El PPT no forma parte de los tipos de visa. 

Y como ya dijimos, a través del PEP y/o el PPT el migrante venezolano puede cumplir con el tiempo acumulado de permanencia regular en Colombia (5 años), siendo este uno de los requisitos para optar por la visa R. A continuación, los portadores de esta visa pueden acceder a la cédula de extranjería.

¿Por qué en el Formulario Único de Trámites aparece “PPT” en el renglón “tipo de visa”?

La captura de pantalla publicada en el grupo de Facebook “Venezolanos siguiendo el PPT”, que dio pie a este artículo, no es ningún montaje. En efecto, en el Formulario Único de Trámites de la página de Migración Colombia aparece el PPT, al igual que el PEP, PIP y otros documentos que no forman parte de los requisitos exigidos para optar a la cédula de extranjería.

Una fuente oficial de Migración Colombia a la que tuvo acceso Colombiacheck no aportó mayores detalles sobre la razón por la que el PPT aparece en este listado, pero reiteró que la cédula de extranjería solo se obtiene a partir de una visa, jamás directamente con el PPT, y que en caso de que alguien intente tramitar la cédula de extranjería a partir del PPT, el sistema automáticamente arrojará un error.

Por todo lo anterior, podemos tener la certeza que el PPT no es una visa y, por consiguiente, es falso el rumor de que con el PPT se puede obtener directamente la cédula de extranjería. 

Este contenido se produce con el fin de ofrecer información verificada y pertinente, que apoye el desarrollo de mediano y largo plazo para migrantes venezolanos, colombianos retornados y comunidades receptoras en Colombia. Es realizado en el marco de Conectando Caminos por los Derechos, programa de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), e implementado por el consorcio integrado por Pact, ABA-ROLI, Freedom House e Internews, que promueve la cohesión comunitaria y la seguridad ciudadana para garantizar el derecho de todos los miembros de la sociedad a vivir libres de toda forma de crimen y violencia, independientemente de su estado legal en el país.

* Integrante de la red de corresponsales del proyecto Conectando Caminos por los Derechos.