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Cuestionable
En el reciente debate de W Radio entre candidatos a la alcaldía de Bogotá, Miguel Uribe Turbay tuvo una discusión con Claudia López acerca de un proceso disciplinario contra ella cuando trabajó para la alcaldía de esa misma ciudad.
Luego del debate, Uribe Turbay publicó en su cuenta de Twitter los señalamientos contra López y aseguró: “.@ClaudiaLopez habla de transparencia, pero cuando tuvo la oportunidad de ejecutar recursos públicos no lo hizo bien. Yo tuve a cargo más de 3 billones de pesos y no tengo un solo escándalo, esa es la garantía que le doy a los bogotanos”.
.@ClaudiaLopez habla de transparencia, pero cuando tuvo la oportunidad de ejecutar recursos públicos no lo hizo bien. Yo tuve a cargo más de 3 billones de pesos y no tengo un solo escándalo, esa es la garantía que le doy a los bogotanos.#Avancemos #GranDebateW#YoVotoPor pic.twitter.com/bPkVbM3vnH
— Miguel Uribe Turbay (@MiguelUribeT) August 9, 2019
Sin embargo, como publicamos hace casi un año en la nota "La vieja noticia sobre el proceso de Claudia López en la Contraloría es engañosa", esta información es Cuestionable*. En esa publicación explicamos que la acusación contra López (que en ese momento venía de artículos de los portales El Expediente y Los Irreverentes):
Parte de un dato real, que se combina con otros elementos falsos para crear una noticia que busca confundir a los lectores.
El abogado Mario Cajas, jefe Departamento de Estudios Jurídicos de la Universidad Icesi, analizó las dos noticias mencionadas. “Ambas confunden”, le dijo a Colombiacheck. “Tienen hechos ciertos, como toda ‘fake news’, que mezclan con muchos otros para confundir”.
Lo cierto es que, en 2005, la Contraloría Distrital sancionó a la exsenadora por el detrimento patrimonial denunciado por ambos portales. Sin embargo, en 2008 la propia Contraloría decretó la nulidad de ese proceso y lo cerró, borrando la sanción.
En 2007, López había presentado una tutela por este proceso de la Contraloría y, dos años después la Corte Constitucional la resolvió.
“La Corte le dio la razón en lo procesal, al decir que le violaron al debido proceso. Pero la misma Contraloría lo reconoció, aún antes que la Corte fallara la tutela”, explicó Cajas.
Así que ni la condena existe, ni López está actualmente condenada en doble instancia por detrimento.
Por otra parte, la publicación de Los Irreverentes dice que López “logró tapar [su condena] con sus magistrados amigos en la Corte Constitucional”.
Sin embargo, Cajas explica que “La Corte se pronunció diciendo si se violó el debido proceso, pero no le dio ninguna orden a la Contraloría, porque esta ya había declarado la nulidad”.
Cuando hicimos el chequeo original, revisamos el argumento contenido en los artículos de los portales mencionados de que López recurrió a la ayuda de algunos magistrados para obtener un fallo favorable:
Cajas, además, opina que no tiene sentido involucrar a los magistrados mencionados por los dos portales.
“Relacionar al magistrado Nilson Pinilla con un acto para favorecer a López es descabellado”, dice Cajas.
“Es un magistrado conservador. Y por el lado de Antonio Sierra, que es tan riguroso en sus fallos, no tiene lógica”. Para el analista, es poco probable que dos personas de ideologías tan diferentes se pusieran de acuerdo en algo como esto.
En la página de López ya habían desmentido las informaciones de ambos portales. “La misma Contraloría fue la que revocó el proceso al no encontrar pruebas al respecto y López no tuvo que acudir a Nilson Pinilla, Jorge Iván Palacio ni Humberto Sierra Porto para revertir dicho proceso, como se afirma”, dice allí.
En esa ocasión, debido a que el expediente de la exsenadora se encontraba en "archivo muerto", la Contraloría no nos envió los documento. La nulidad decretada en 2008 por el contralor de entonces está referenciada y documentada en el proceso de la Corte Constitucional.
Así que acudimos al archivo de la Contraloría, donde conseguimos el documento físico de la decisión a favor de Claudia Nayibe López, firmado por la Directora de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva.
En esta decisión se confirma el fallo proferido por la Subdirección del proceso a favor de López. “Es de señalar que la presente investigación no hay prueba que demuestre que los atrasos en ejecución del contrato de INMEMA LTDA , Sean atribuibles a deficiencias en la etapa de planeación o pre contractual, por cuanto fueron dificultades que se presentaron en la etapa de ejecución hasta el año 2003, ocurridas con posterioridad agosto de 2000 fecha en la cual se retiró del cargo la señora Claudia López”, indica en uno de los apartes de la decisión.
*Esta nota fue publicada antes del cambio de nuestro sistema de calificaciones, así que su calificación original era "engañosa". Como explicamos en nuestra metodología, esta calificación corresponde actualmente a "cuestionable".