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Falso
El 28 de noviembre comenzó la discusión de la ponencia final de la llamada ‘Ley de Financiamiento’, una reforma tributaria con la cual el Gobierno espera conseguir 7,5 billones de pesos para cubrir los 14 billones que, dice, le hacen falta.
Varias de las propuestas han resultado polémicas y en Colombiacheck ya hemos revisado la información que ha circulado alrededor de algunas de ellas.
En esta ocasión, decidimos verificar qué tanto de cierto hay en la afirmación que hizo la representante por el Valle del Cauca del Partido Alianza Verde, Catalina Ortíz, quien dijo que los “prestadores de servicios dejarían de percibir aprox del 23% de sus ingresos efectivos” con el impuesto al valor agregado (IVA) que la reforma les pondría a sus contratos.
Durante el miércoles esta afirmación causó revuelo en las redes sociales, al punto que “IVA” fue una de las tendencias más discutidas en Twitter en Colombia.
Ese mismo día, este punto de la reforma fue aprobado en el primer debate sobre el proyecto de ley. Pero, por la noche, tras el escándalo, el gobierno anunció que eliminaría esta modificación de la ponencia que será presentada para el segundo debate, planeado para la próxima semana. (El proyecto de ley necesita de cuatro debates para ser aprobado).
Incluso el senador conservador David Barguil reaccionó de inmediato y publicó un video diciendo que el “artículo que aplicaba IVA a los contratos de prestación de servicios será eliminado de la ponencia para 2do debate”.
Pero, por ahora, la propuesta, como fue aprobada en el primer debate, sigue estando dentro del proyecto de ley. Por lo que decidimos revisar qué hay de cierto y falso en lo que se dice en ella.
La frase
Todo comenzó cuando la representante Ortiz publicó en su cuenta de Twitter:
¡Alerta para los trabajadores independientes! En la #ReformaTributaria, por cuenta del Art. 5, los prestadores de servicios dejarían de percibir aprox del 23% de sus ingresos efectivos. Personas naturales con ingresos = o > $6.907.500 x mes se convierten en responsables de IVA. pic.twitter.com/VhBypoK0hW
— Catalina Ortiz 🌻 (@cataortizcamara) 29 de noviembre de 2018
En el video adjunto al trino, Ortiz, quien además es ponente del proyecto de ley, dice que siente preocupación por los independientes que se ganen más de siete millones de pesos pues, “a partir de ahora van a ser responsables de IVA”.
Consultamos al jefe de prensa de la representante, quien envió a Colombiacheck un comunicado de prensa emitido por Ortiz el pasado 30 de noviembre.
Comunicado de prensa representante Catalina Ortíz by Luisa Fernanda Gómez on Scribd
En él, Ortiz dice que esta medida sería un duro golpe para los trabajadores independientes, pues ahora, además de no contar “con vacaciones pagas, prima de servicios, garantías laborales”, “se les aumentan los trámites, se les reducen los ingresos netos y al obligar a un mayor número de personas a ser recaudadores de IVA se podría volver a aumentar la evasión de este impuesto”.
Intentamos hablar directamente con la congresista, pero hasta el momento de publicar esta nota no fue posible concertar una entrevista con ella.
De modo que revisamos la afirmación del trino (que los ingresos se les reducirían a los independientes en un 23%) y lo que nos confirmaron expertos tributaristas es que esto es Falso, pues quien corre con el pago del IVA es el contratante, no el contratista.
La propuesta
Empecemos por el comienzo. Ortiz, se refirió en su trino al Artículo 5 de la Ley de Financiamiento.
Este aparte de la reforma tributaria modifica parcialmente el artículo 437 del Estatuto Tributario, que se refiere a los comerciantes e importadores que son responsables del recaudo del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Es decir, quienes hacen parte del régimen común.
Lo que propone la reforma es aumentar la base gravable; bajar la tarifa sobre la cual las personas del régimen simple pasarían a hacer parte del régimen común.
Actualmente, por cuenta del artículo 499 del Estatuto Tributario, quienes ganen más de 4.000 Unidades de Valor Tributario al año son responsables del recaudo del IVA.
Las UVT son una medida de valor que fija cada año el gobierno para estandarizar y homogeneizar distintos valores tributarios. La resolución 63 de 2017 fijó las UVT para 2018 en 33.156 pesos. De modo que 4.000 UVT equivalen a 132’624.000 pesos.
Entonces, actualmente quienes ganen más de 133 millones de pesos anuales, algo así como 11 millones mensuales, hacen parte del régimen común y tienen que cobrar IVA por sus servicios.
Pero, con la Ley de Financiamiento, como está propuesta por el momento, el tope de las UVT bajaría. La ponencia original propuso que quedara en 2.500 UVT. En los debates de la última semana el tope se estableció en 3.000. Es decir, 99’468.000 pesos anuales (o 8’289.000 pesos mensuales).
De aprobarse la ley, quienes al 31 de diciembre de 2018 hayan ganado más de 99’468.000 pesos en este año, automáticamente pasarían en 2019 a régimen común y tendrían que declarar IVA. Así que no serían todos los independientes quienes se convierten en responsables del impuesto.
Pero además, ese IVA no lo pagarían los independientes que pasen al régimen común, y es ahí donde la afirmación de Ortiz se vuelve falsa.
Henry Carvajal, experto tributarista especializado en impuestos, le explicó a Colombiacheck que los independientes que hagan parte del régimen común agregan el IVA a los servicios que prestan y que quien lo paga es el contratante o la empresa.
Es decir, en lugar de pasar una cuenta de cobro por diez millones de pesos, cobran diez millones de pesos más IVA. Luego, el IVA no lo asume el independiente, porque los ingresos correspondientes a su trabajo siguen siendo exactamente los mismos.
Cuando llega el momento de declararle ese IVA a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), cuatrimestralmente, los independientes declaran el IVA facturado en ese periodo de tiempo.
En palabras castizas, lo que hace el independiente es pasar plata de un bolsillo a otro: de los contratantes a la DIAN, porque solo son recaudadores del impuesto y no tendrían por qué verse afectados frente al pago.
Según explica Carvajal, además, la ley les ofrece un beneficio a los contratistas, pues los declarantes pueden descontar el IVA de los servicios que hayan contratado para prestar su servicio.
Por ejemplo, si usted como independiente compró papel para imprimir o unos tiquetes de avión para realizar el servicio por el cual lo contrataron, puede descontar el IVA que pagó de la declaración que presenta a la DIAN. Obviamente para que se haga el descuento debe ir respaldado por facturas y debe ser únicamente por gastos en relación a su trabajo.
Ahora, en lo que sí tiene razón Ortiz es al decir en su comunicado que se les aumentarían los trámites administrativos a los independientes, pues quien no maneje bien los temas contables se vería en la necesidad de contratar a un contador para que le ayude a hacer la declaración.
De la teoría a la práctica
Aunque la propuesta podría salir del articulado de la ley, sigue siendo muy debatida. Hay quienes argumentan que, en la práctica, serían los prestadores de servicios (que ganen más de ocho millones de pesos mensuales) los que entrarían ahora a asumir el costo del IVA dentro de sus servicios.
“En principio, el IVA lo deben asumir quienes contratan”, dice Alejandro Rodríguez Llach, investigador de Dejusticia, “pero eso en la práctica se negocia en el salario”.
No obstante, esos argumentos resultan inchequeables, porque no hay datos comprobables que permitan afirmar que, efectivamente, en la práctica, siempre serán los independientes quienes asuman el impuesto.