Verdadero pero... Verdadero pero... Verdadero pero... Verdadero pero... Verdadero pero... Verdadero pero... Verdadero pero... Verdadero pero...
Verdadero pero...
-Según entiendo, doctor Uribe, hay dos investigaciones porque una es sobre las acusaciones del hacker y otra sobre los perfilamientos que aparecen en ese anónimo. Es decir las dos acusaciones aparecen en el mismo anónimo. (...) Claro, pero por todos procesos diferentes porque son dos acusaciones diferentes.(sic)
-Jaime Granados recusó a la magistrada Lombana. Y ella se declaró impedida, no sé por qué mención ahí. En todo caso, al parecer la Corte no tuvo mayoría para resolver eso. Me escriben a mí que como no ha habido mayoría, pero como no me precisan en el caso, pasa a otro magistrado a dictar ponencia y van a definir conjueces- contestó Uribe para referirse al caso del hacker Andrés Sepúlveda.
Verificamos estas afirmaciones y encontramos que el expresidente incluye verdades, pero omite una aclaración importante para entender el desarrollo o la explicación clara de la respuesta. Entonces calificamos su respuesta como verdadera
Hay que recordar que el caso del hacker [del que Uribe habló], quien fue capturado en mayo de 2014 por seguimientos ilegales al proceso de paz, salió a la luz en plena campaña presidencial de Óscar Iván Zuluaga, el candidato del uribismo. También que en la noche del 2 de octubre de 2014 la Corte Suprema de Justicia abrió una indagación preliminar contra el senador Uribe por unas declaraciones en las que Sepúlveda aseguró que el expresidente conocía sobre dichos requerimientos ilegales de información.
Ahora vamos por partes. Primero, verificamos si Jaime Granados, abogado de Uribe, efectivamente recusó a la magistrada Cristina Lombana en el caso del hacker, como dijo el senador. La recusación es un procedimiento mediante el cual alguna de las partes de un proceso judicial solicita apartar al juez porque se considera que, por alguna razón legal, hay dudas sobre su imparcialidad en el caso.
Por un lado, buscamos en medios de comunicación sobre el tema, pero no encontramos mayor información al hacer una búsqueda avanzada en Google. Lo único que apareció fue un pie de foto de una nota de El Tiempo en el que se decía: “El abogado Jaime Granados, quien representa al senador Álvaro Uribe ante la Corte, anunció que este martes [19 de mayo de 2020] recusará a la magistrada Lombana”.
Entonces, consultamos a la oficina de prensa de la Corte Suprema de Justicia. A través de WhatsApp nos respondieron: “[A la magistrada Lombana] la recusó el abogado del senador (Jaime Granados) argumentando animadversión de la magistrada por haber pertenecido al Ejército”. Entonces esta parte es verdad.
Segundo, como dijo Uribe, efectivamente la magistrada Lombana presentó un impedimento para el mismo caso. Varios medios de comunicación lo reportaron. “Bajo el argumento de que su nombre apareció mencionado en documentos encontrados en el allanamiento al Batallón de Ciberinteligencia del Ejército [del 18 de diciembre de 2019], la magistrada pidió ser apartada de ese caso, tras declararse impedida”, escribió El Tiempo en un artículo del 18 de mayo de 2020. Entonces esta parte también es verdad.
Sin embargo, en este punto empieza la complejidad de las declaraciones de Uribe. Él no explica por medio de cuál procedimiento [la recusación de Granados o el impedimento presentado por Cristina Lombana] se retiró a la magistrada del caso hacker, sino que empieza a hablar de cómo la Corte resolvió “eso”.
Textualmente, el senador dijo: “En todo caso, al parecer la Corte no tuvo mayoría para resolver eso. Me escriben a mí que como no ha habido mayoría, pero como no me precisan en el caso, pasa a otro magistrado a dictar ponencia y van a definir conjueces”.
De la oficina de prensa de la Corte nos explicaron que la magistrada fue retirada del caso en junio de 2020 por el impedimento que presentó, no por la recusación de Granados. Al preguntar [de nuevo para confirmar] por la existencia de la recusación y el caso, nos aclararon: “Sí [se recusó], pero se estudió y se decidió fue el impedimento, porque ella lo presentó primero”.
Para recordar: de acuerdo con los datos que presentamos arriba, los medios publicaron el 18 de mayo que la magistrada había presentado el impedimento, y ese mismo día El Tiempo informó, como reza el pie de foto, que el abogado presentaría al día siguiente la recusación.
De nuevo, Uribe dice que “la Corte no tuvo mayoría para resolver eso” entonces que el caso “pasa a otro magistrado a dictar ponencia y van a definir conjueces”.
De acuerdo con los artículos 54 y 61 de la Ley Estatutaria de Justicia, que hablan del quórum deliberatorio y la función de los conjueces, cuando un magistrado se declara impedido para participar en un caso, se hace una votación para determinar si se le aparta del caso o no. Claramente, el magistrado no puede participar de dicha votación y ahí la Corte no tiene mayoría para decidir, entonces entra a reemplazar a ese magistrado con un conjuez (solamente para efectos de la votación) para poder tener de nuevo la cantidad de votos necesarios para obtener la mayoría (la mitad más uno).
Entonces lo que dice Uribe sobre la definición con conjueces, aunque no presente el contexto suficiente, debería ser cierto.
En este punto, la Sala de Instrucción de la Corte decidió apartar (ahora sí por mayoría) a la magistrada Lombana del caso hacker. Y ahora, como nos explicaron desde la oficina de prensa de la Corte, “la indagación preliminar por el caso hacker acaba de pasar al magistrado César Reyes [quien, como dijo Uibe es ahora el encargado de dictar ponencia] porque la sala aceptó el impedimento presentado por la magistrada”.
Entonces, calificamos la respuesta de Uribe como ‘verdadera pero’. Si bien, como dijo Uirbe, Granados recusó a la magistrada Cristina Lombana, y ella se declaró impedida [antes, razón por la cual fue apartada del caso], el orden en que el senador presenta ambos ambos acontecimientos no permite establecer con claridad la falsedad o veracidad del resto de su afirmaciones sobre la forma en que la corte resolvió esta situación [si fue por la recusación o por el impedimento]
Por procedimiento, establecimos que el resto debería ser cierto. Pero hay que hacer muchas inferencias acerca del funcionamiento de la Corte y del orden en que posiblemente ocurrieron los hechos para determinar qué es así, porque Uribe no da el contexto suficiente. Además, reiteramos que el orden en que Uribe presenta los hechos se presta para confusiones.
Aclaramos que no hay que confundir la recusación de Jaime Granados con otra presentada por el senador Iván Cepeda [con mayor cobertura en medios] también contra la magistrada Lombana en el caso que se adelanta contra Uribe por presunta manipulación de testigos. Esta se basó en un vínculo laboral entre la togada y el abogado del senador, Jaime Granados, hace 23 años, que ella llegó aceptó posteriormente.
También consultamos a los asesores de prensa de la Corte Suprema sobre esta última recusación. Nos respondieron: “el caso ya está en investigación penal formal y lo tiene el magistrado César Reyes, a quien correspondió por orden de apellidos y fue quien hizo la indagatoria el año pasado al senador Uribe”.