Pasar al contenido principal

Cuestionable Cuestionable Cuestionable Cuestionable Cuestionable Cuestionable Cuestionable Cuestionable

Cuestionable

Martes, 03 Octubre 2023

Los cuestionables trinos de Petro y Duque tras sentencia sobre cortes de internet en Paro Nacional

Por Alexander Campos Sandoval

Luego de la decisión de la Corte Constitucional, el presidente y su antecesor realizaron afirmaciones engañosas que no hallan sustento en la decisión del organismo.

En la tarde del pasado viernes 29 de septiembre, el presidente Gustavo Petro realizó una publicación en X para comentar la sentencia T-372 de 2023, emitida el 20 de septiembre por la Corte Constitucional. En ella, el mandatario realiza una interpretación errónea, en tanto sugiere que su antecesor, Iván Duque, “violó el derecho a la libre expresión cuando cortó las redes de internet. Eso no debe volver a suceder en Colombia”.

Petro publicó su mensaje como cita a un tuit del medio Cuestión Pública en el que se indicaba: “La Corte Constitucional declaró a través de la Sentencia T-372 del 2023 que el gobierno de Iván Duque violó la libertad de expresión por los cortes de Internet durante el Paro Nacional de 2021. Así lo informaron las organizaciones @ElVeinteOrg, @Karisma, @FLIP_org y @centroISUR, quienes señalaron que, en respuesta a una tutela, el alto tribunal argumentó que "sí se afectó y sí se impidió la libre circulación de información y de opiniones en internet para los periodistas y la ciudadanía en general".

Minutos después, Duque publicó en la plataforma un mensaje extenso de respuesta para desmentir, con apartes de la sentencia, que el Gobierno Nacional tuviera responsabilidad en los cortes de internet. Además, aseguró que “los daños que se presentaron a la infraestructura por cuenta de acciones vandálicas afectaron la prestación de servicios de conectividad como en efecto lo señalaron los operadores”.

En Colombiacheck  revisamos el pronunciamiento de la Corte Constitucional y encontramos que ambas figuras políticas se enfrascaron en una discusión que no aborda los verdaderos resultados del proceso, que no señala responsables pero sí exhorta al Estado a responder oportunamente ante eventuales interrupciones de los servicios de telecomunicación.

Precisamente, la organización El Veinte, que impulsó junto a otras organizaciones civiles el proceso que derivó en la sentencia, publicó un comunicado en el que desmiente las declaraciones del presidente Petro y el expresidente Duque.

La raíz del proceso

La sentencia T-372 de 2023 resuelve un litigio que El Veinte, la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), la Fundación Karisma y el Centro de Internet y Sociedad de la Universidad del Rosario iniciaron el 13 de mayo de 2021 con una tutela contra el Ministerio de Defensa, el Ejército Nacional, la Policía Nacional, el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (MinTIC) y la Agencia Nacional del Espectro (ANE). 

El motivo del requerimiento, según los accionantes, fue la falta de claridad de los organismos públicos para informar sobre las causas de la interrupción del servicio de internet en sectores de Cali entre los días 4 y 5 de mayo de 2021, en el marco del Paro Nacional.

Los habitantes de la comuna 20 y barrios aledaños aseguraron que las transmisiones en vivo, frecuentes en las manifestaciones del Paro Nacional y claves para demostrar excesos de la Fuerza Pública, no pudieron realizarse en la noche del 4 de mayo cuando la zona vivió horas de zozobra entre disparos y explosiones, que según las autoridades estuvieron provocadas por la fuga de 24 presos de la estación de Policía de Siloé.

Las afirmaciones de Petro

En Colombiacheck revisamos las 53 páginas de la sentencia en busca del sustento para la acusación que realizó el presidente de la República en su cuenta de X y no encontramos nada que dé pie a su afirmación de que Iván Duque “cortó las redes de internet”. 

Los accionantes del proceso reiteraron en varias audiencias que la Policía Nacional y el Ejército Nacional cuentan con inhibidores de señal, capaces de provocar interrupciones en los servicios de internet y telefonía móvil, por los cual existían sospechas sobre esa acción. Sin embargo, la Corte no encontró suficiente evidencia para asegurar que el uso de estos artefactos fuese el motivo de la afectación.

Como explicamos anteriormente, el objetivo de la tutela que inició el proceso no era responsabilizar al Gobierno Nacional por las interrupciones en el servicio de internet, sino solicitarle transparencia para comunicar las causas de la afectación, así como las medidas tomadas para solucionarla y evitar que se repitiera a futuro. 

En ese sentido, la afirmación del presidente Petro no se ajusta a la realidad, en tanto la Corte concluyó que no se podía determinar con certeza el origen de los cortes de Internet y, específicamente en el punto 106 de la providencia, explicó que “la falta de esa referida certeza impide responsabilizar al Estado” por dicha afectación.

Sin embargo, como explicaron los accionantes en un comunicado del 28 de septiembre, la Corte encontró que el expresidente Duque y los organismos de Estado responsables de la conectividad infringieron el derecho a la libertad de expresión e información al no proporcionar información adecuada sobre estos incidentes.

La respuesta de Duque

En el mismo sentido, cabe anotar que la Corte no afirma que el vandalismo a la infraestructura fuese motivo de los cortes. De hecho, reporta que los operadores ETB y Tigo, consultados en el proceso, aseguraron que sus instalaciones no sufrieron afectaciones durante el mes de mayo de 2021, aunque sí se afectó al “proveedor de los servicios de transmisión C&W Networks”.

Estos hechos, sin embargo, no hacen parte de una conclusión de la Corte. Simplemente son el registro de las respuestas que MinTIC y los operadores dieron en el curso del proceso judicial. En la sentencia no se legitiman estas versiones ni se deriva de las conclusiones que esta haya sido, en efecto, la causa de las interrupciones en el servicio de internet.

Conservando la motivación de la tutela, la conclusión de la sentencia no apunta hacia los responsables de los cortes, sino hacia la falta de transparencia del Estado para comunicar oportunamente a la ciudadanía los motivos de este tipo de cortes, así como a los presuntos responsables de los mismos. Por ello, las órdenes del tribunal implican, en primer lugar, que en un término de 5 días los ministerios de TIC y Defensa respondan públicamente a los cuestionamientos sobre la interrupción del servicio de internet durante las protestas de 2021 en Cali. 

Por otra parte, la providencia ordena a estas entidades y a la ANE que, en un plazo de 6 meses, se investiguen los hechos denunciados, sus responsables, su impacto en la libertad de expresión y la normativa relacionada con dispositivos inhibidores de señal. Finalmente, se pide al Congreso de la República regular la adquisición y uso de estos dispositivos.

Así pues, las publicaciones de Gustavo Petro e Iván Duque sobre la sentencia T-372 de 2023 contienen afirmaciones cuestionables. Si bien el gobierno anterior fue responsabilizado por no responder oportunamente a los cuestionamientos sobre la interrupción del servicio de internet en Cali, no se le endilgó la propia interrupción. Así mismo, la providencia no culpa al vandalismo por estos cortes y, en definitiva, las decisiones no apuntan a adjudicar dicha responsabilidad, sino a exhortar al Estado a garantizar la conectividad y rendir cuentas precisas y pertinentes ante las eventuales fallas.