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Falso
Una imagen en redes sociales señala que, según el senador Iván Cepeda, los “acuerdos entre Gobierno y ELN ‘aprueban reclutamiento de menores de edad” y le atribuye la cita: “El servicio militar no es obligatorio pero la instrumentación y reclutamiento de menores para la guerrilla sí”.
Este contenido es falso. En primer lugar, el congresista de la coalición gobiernista Pacto Histórico nunca dijo la frase que le endilgan. Tampoco la administración de Gustavo Petro avaló el reclutamiento forzoso de menores por parte del ELN mientras sostuvo diálogos de paz con el grupo armado hasta enero de este año.
Lo que se acordó en 2024 en el proceso de paz con esa guerrilla, en el que Cepeda es negociador, fue un protocolo que contemplaba que el reclutamiento de niños y adolescentes hasta los 15 años fuese parte de un mecanismo de verificación en el marco del cese al fuego pactado. Esto no implica que se le permitiera al ELN reclutar a jóvenes entre los 15 y 18 años, pues por ley esto está prohibido y los acuerdos firmados no derogaron las normas vigentes.
La publicación fue compartida en Threads por el usuario Edi Angul (@edimerjoseangu) y aparece reportada como posible desinformación en la plataforma de terceros verificadores de Meta. También circula en YouTube y X. En esta última red social, por parte del usuario Wilmer Pacheco Trujillo (@JoseWilmerPache), al cual hemos chequeado frecuentemente por desinformar.
Las negociaciones de paz entre el Gobierno y el ELN comenzaron en 2022 en Caracas. Desde entonces, el senador del partido Polo Democrático ha formado parte del equipo gubernamental, pero en ningún momento ha afirmado que el reclutamiento forzado por parte de esa guerrilla sea obligatorio.
En una búsqueda avanzada en Google y la cuenta de X de Cepeda no encontramos que haya hecho tal declaración. De hecho, se ha opuesto a esta práctica.
“Quien intente reclutar menores de edad debe ir a la cárcel, debe ser reprimido por la Fuerza Pública”, respondió el funcionario en marzo de 2024, cuando el también senador Jonathan Pulido, conocido como ‘Jota Pe Hernández’, señaló que el Gobierno supuestamente había autorizado a la guerrilla a reclutar niños entre 15 y 17 años. Esta fue una narrativa engañosa difundida por el congresista de Alianza Verde y que fue verificada por los aliados de La Silla Vacía en su momento.
Al final del sexto ciclo de conversaciones entre el Gobierno y el ELN, en febrero de 2024, ambas delegaciones pactaron una prórroga del cese al fuego, así como cinco acuerdos y dos actualizaciones de protocolos de acciones prohibidas.
Una de estas, en su punto 14, se refirió al reclutamiento de menores. Específicamente, las partes se comprometían a “no utilizar de manera alguna a menores de 15 años de edad en el conflicto armado, conforme con el Derecho Internacional Humanitario, incluyendo acciones de inteligencia y bélicas”.
El Derecho Internacional Humanitario (DIH) en efecto prohíbe el reclutamiento de menores de 15 años. Esto está contenido en el Protocolo II de 1977 adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 y en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y la Niña de 1989. En el caso colombiano, ambas normas fueron acogidas en las leyes 12 de 1991 y 171 de 1994.
Con este acuerdo entre el Gobierno y la guerrilla, se buscaba que dentro de las hostilidades verificables durante el cese al fuego estuviese el reclutamiento de niños y adolescentes menores de 15 años, tal como indica el DIH. Esta verificación se haría a través del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV), compuesto por miembros del gobierno, el ELN, las organizaciones de Naciones Unidas (ONU) y Estados Americanos (OEA), la iglesia y organizaciones sociales.
Esto no quiere decir que el grupo armado tenía autorización para incluir en sus filas a jóvenes entre 15 y 18 años. Este es un delito, lo prohíben las leyes colombianas.
En Colombia se fijó hasta los 18 años la prohibición de reclutamiento forzado luego de que las autoridades formularon una reserva extensiva de forma voluntaria a la Convención sobre los Derechos del Niño. Con esto, el Estado asumió como obligación que los grupos armados no podían enlistar a menores de 18 años en sus filas.
También está sancionado por la Ley 833 de 2003, con la cual se adoptó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño de 2000. En dicho instrumento se estableció que los grupos armados distintos a las fuerzas armadas no podían utilizar a menores de 18 años en hostilidades bélicas.
El Código Penal colombiano igualmente establece como delito, en su artículo 162, el reclutamiento ilícito de menores de 18 años. Por lo tanto, si un guerrillero del ELN durante el cese al fuego, el cual finalizó en agosto pasado, reclutaba a un joven entre 15 y 18 años, podía ser encarcelado.
“En el Estado colombiano rigen leyes que prohíben claramente que más allá de los 15 años, o sea entre 15 y 18 años, se produzca el reclutamiento. Quien lo haga va a la cárcel. Es decir, es un delito en Colombia y el protocolo firmado no anula las leyes vigentes”, aclaró Cepeda en ese entonces.
Laura Bonilla, subdirectora de la Fundación Paz y Reconciliación (Pares), en conversación con La Silla Vacía ratificó que el acuerdo de ese momento era un avance en el monitoreo y la verificación del compromiso de no reclutamiento, pero no sustituía el Código Penal. Por tanto, la Fuerza Pública aún podía intervenir contra esa práctica.
En todo caso, el cese al fuego expiró el pasado 3 de agosto y, desde entonces, el Gobierno y el ELN no han pactado alguna prórroga. De hecho, los diálogos de paz se han suspendido en dos ocasiones: en septiembre y enero de este año por los ataques de la guerrilla en la región del Catatumbo, Norte de Santander. Los mecanismos de monitoreo y verificación en este caso también se encuentran congelados.
En conclusión, Cepeda no dijo que era “obligatorio” el reclutamiento de menores para ese grupo armado y el gobierno Petro tampoco les autorizó a los insurgentes que siguieran con esa práctica.