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Miércoles, 28 Junio 2023

Proyecto de Ley 272 no “avala la amputación de órganos a menores de edad” ni impone la “ideología de género”

Por Alexander Campos Sandoval

La desinformación circuló tras la aprobación en su primer debate en la Cámara de Representantes de la iniciativa que busca prohibir las terapias de conversión.

Circula en redes sociales como Facebook (1, 2) una imagen que presenta un recuento de los votos de representantes a la Cámara, acompañada del texto “Votaron sí al PL [Proyecto de Ley] 272/22 que impone la ideología de género en instituciones de educación, centros de salud y avala la amputación de órganos a menores de edad”. Además, enaltece a dos congresistas con el mensaje “Votaron no”.

La pieza se ha compartido desde el 14 de junio, día de la aprobación del proyecto en primer debate, en páginas como 365 Razones Para Ser Cristianos y políticamente correctos, Domador y fue usada para convocar manifestantes a la marcha del 20 de junio contra el presidente Petro. Además, en Instagram fue diseminada por el autodenominado Tanque de pensamiento Cimenta y el líder cristiano Jonathan Silva, quien ya difundió desinformación sobre el proyecto como explicamos en «Es falso que con el proyecto de ley Inconvertibles quieran cerrar iglesias "por no estar a favor de la ideología de género"»

Tal como verificamos en dicho artículo, el Proyecto de Ley 272 nombrado “Inconvertibles” no “impone la ideología de género” y, al revisitarlo a razón de esta nueva desinformación, encontramos que tampoco menciona o sugiere algo parecido a “avalar la amputación de órganos”. La revisión completa del documento no arroja resultados para las palabras “cirugía” u “operación”, y sólo menciona un derivado del término “quirúrgico” en la caracterización de los ECOSIEG [pág. 15]: “No existe ECOSIEG en el caso de las intervenciones médicas, quirúrgicas o los tratamientos hormonales destinados a reafirmar la identidad de género autopercibida de una persona”.

El representante por el Centro Demócratico Hernán Cadavid Márquez, ponente de la iniciativa y señalado dentro de la imagen por votarla positivamente, publicó el 16 de junio un video donde desmiente el contenido de la desinformación con la siguiente declaración:

Lo que hemos votado es por la eliminación de la violencia en los actos o procesos de reconversión u orientación sexual en el país, porque son tratos crueles y degradantes, porque van en contra de la dignidad humana, la misma que nosotros protegemos y que no puede estar ligada a la ideología política. [...] Es absolutamente falso que exista siquiera un proyecto que busque y permita la amputación de órganos, y mucho menos lo podríamos votar en caso de que así existiera”.

Al consultar el informe de ponencia  que se presentó en el primer debate, donde el proyecto resultó aprobado, no existe ni una sola mención de las palabras “ideología” o “amputación”, además de que se habla de “órganos” una única vez [Pág. 16], buscando delimitar el concepto de Sexo [Características anatómicas y biológicas que definen y diferencian a los seres humanos de acuerdo a sus órganos reproductores].

El concepto de “ideología de género” ha sido utilizado en numerosas ocasiones, y a escala internacional, como hemos verificado anteriormente.

El sentido de la iniciativa

Como documentó en 2020 la Fundación Thomson Reuters, una de cada tres personas trans en Colombia es objetivo de terapias de conversión. Estas prácticas, que según Naciones Unidas pueden equivaler a formas de tortura, aluden a “intervenciones que tienen por finalidad cambiar la orientación sexual de una persona o su identidad de género”.

Wilson Castañeda, director de la Corporación Caribe Afirmativo, nos explicó que el PL 272/22 “busca que en Colombia se prohíba completamente la ejecución de las terapias de conversión, de cualquier esfuerzo de cambiar la orientación sexual, identidad y/o expresión de género en las redes de salud mental”.

Además, Castañeda resumió así los puntos primordiales de la iniciativa [que se encuentran en las páginas 36 - 40 del informe de ponencia]:

  • Las orientaciones sexuales, las identidades y expresiones de género diversas, no son una enfermedad, un trastorno o una discapacidad.
  • Buscar que ningún miembro de la red integral de salud pueda intentar intervenir, corregir, modificar, rehabilitar, tratar o esforzarse en cambiar una identidad y/o expresión de género.
  • Reconocer como uno los derechos de las personas reconocidas en la ley de salud mental el derecho a no ser sujeto de trato crueles, inhumanos o degradantes, así comoa a recibir información real, verídica y científica sobre la orientación sexual, identidad y/o expresión de género diversas en las redes de salud mental.
  • En las redes de salud mental no se puede promover, practicar, recomendar o publicitar prácticas, tratamientos o terapias que busquen cambiar la orientación sexual, identidad y/o expresión de género de las personas.
  • Agregar como circunstancias de agravación punitiva a los delitos de actos de discriminación y hostigamiento, cuando la conducta esté orientada a negar o restringir derechos sexuales y reproductivos mediante esfuerzos de cambio de orientación sexual, identidad o expresión de género.

Considerando el verdadero sentido de la iniciativa, consultamos a la directora del Grupo de Acción y Apoyo Trans (GAAT), Danne Aro Belmont, víctima de terapias de conversión y promotora del proyecto de Ley, quien participó en una campaña para desmentir mitos relacionados a la iniciativa. Le preguntamos si tiene algún asidero conjeturar a partir del proyecto que se busca “avalar la amputación de órganos”; esto nos contestó:

Esa información no sólo es falsa sino muy errada frente a lo que plantea el proyecto, que es evitar que personal médico, en este caso, induzca en procesos no avalados por la ciencia, ni la academia (y clasificados como tortura) para intentar cambiar y modificar la orientación sexual e identidad de género”.

Sobre los procesos quirúrgicos o terapias de reemplazo hormonal (TRH), no mencionados en el proyecto pero aludidos por la desinformación, Belmont precisó:

Estos procesos solo los hacen personas estudiadas en medicina y especializadas en temas de reafirmación de la identidad de las personas. [...] Estas solicitudes de TRH, y procesos quirúrgicos de reafirmación, se hacen con equipos de personas especializadas. [...] Querer aplicar un proceso no avalado por la ciencia y la academia, excusándose en la medicina para herir o torturar a una persona, no es una labor médica”. 

Por último, Castañeda recalcó que “el proyecto no tiene ningún articulado que se refiera a la intervención de la corporalidad o amputación de un órgano”. Además, concluyó que hablar de amputación de órganos demuestra “una visión reduccionista de las personas”:

Prohibir las terapias es dejar que las personas tengan autonomía sobre sus cuerpos y proyectos  de vida. No es un ejercicio biologizante, es humanizante. No es posible afectar psicológicamente a una persona para presionarla a que sus deseos e identidad corresponda a unas funciones dadas arbitrariamente por la sociedad, poniendo en riesgo la dignidad humana”.

Así pues, es falso que el PL 272/22 avale “la amputación de órganos a menores de edad”, pues el articulado que se aprobó en Comisión Primera de la Cámara de Representantes no incluye ninguna mención que sugiera una medida semejante. El verdadero sentido de la medida apunta a que las redes de salud mental tengan prohibido promover terapias de conversión, así como invertir algún esfuerzo en intervenir la orientación sexual o la identidad de género de las personas.