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Cuestionable
En la entrevista del 17 de mayo de 2021, cuando el director de Noticias Caracol, Juan Roberto Vargas, y la directora del programa Los Informantes, María Elvira Arango, le pidieron explicaciones al presidente de la República, Iván Duque, por los civiles muertos y desaparecidos durante las protestas del paro nacional, que empezó el 28 de abril y que ya lleva casi un mes, el mandatario respondió con cifras de la Fiscalía.
“Frente al tema de desaparecidos, el Fiscal General de la Nación saca un pronunciamiento en el que dice [que] en el sistema SPOA [Sistema Penal Oral Acusatorio], que es donde están los registros de denuncias criminales, no existe hoy una denuncia por desaparición forzada. Han existido, en este momento, personas con ubicación. Yo recuerdo que hace tres días decían que eran 500, 400; ya han aparecido más de 200 personas”, dijo.
Aunque también afirmó que “no se trata de minimizar el hecho”, enseguida agregó que “se han hecho señalamientos de desapariciones con información incompleta, que no puede ser verificable”. Ante lo cual Colombiacheck decidió, precisamente, verificar los argumentos del presidente como parte de una serie de chequeos a sus respuestas en esa entrevista (el primero fue sobre sus cifras descontextualizadas de vacunación contra COVID-19).
El pronunciamiento de Duque sobre las desapariciones es cuestionable. La Fiscalía sí se pronunció en el sentido que él mencionó, pero el jefe de Estado omite información importante respecto a esa misma declaración y le da un alcance que no tiene.
El 24 de mayo, una semana después de la entrevista, la Fiscalía publicó un comunicado en el que dio un balance de una sola denuncia formal de desaparición forzada pero 129 personas “no localizadas” en proceso de búsqueda y otras 290 que habían sido ubicadas luego de que fueron reportadas como desaparecidas. Sin embargo, el informe más reciente para la fecha del noticiero era otro y coincidía en algunos aspectos con lo que dijo Duque.
Al intervenir en una audiencia pública de la Cámara de Representantes el 12 de mayo, el fiscal general, Francisco Barbosa, dijo que había 168 activaciones del mecanismo de búsqueda urgente en conjunto con la Defensoría del Pueblo. Esta herramienta, creada y definida por la Ley 971 de 2005, obliga a las autoridades a efectuar todas las acciones necesarias para localizar a “las personas que se presume que han sido desaparecidas”.
El primer mandatario no mencionó ese dato, a pesar de que sí resaltó otros que el fiscal dio a continuación y quedaron registrados en un comunicado de la entidad. Por un lado, está la cifra de las 227 personas que habían sido reportadas como desaparecidas ante la Defensoría y que ya habían sido ubicadas. Por otro, el hecho de que todavía no había ninguna denuncia formal en el SPOA.
“Tenemos 153 inadmisiones del mecanismo de búsqueda por falta de información, porque se requieren unos estándares para poder establecer esas aceptaciones. Se les han devuelto a las personas que han enviado esto para que complementen la información”, explicó también Barbosa ante el Congreso.
La citada ley exige que las solicitudes tengan ciertos datos mínimos, como la identificación de la persona a la que hay que buscar, las circunstancias en que desapareció o si se han entablado denuncias ante diferentes autoridades. O sea que la petición de complementarlas no descarta el hecho de que hayan podido ocurrir, como lo pretende mostrar el presidente.
“Por ejemplo, sabemos de Luisa Fernanda en Ibagué el 28 de abril. No sabemos más. Eso no significa que no esté desaparecida sino que la información está incompleta porque de pronto eso fue lo único que alcanzó a gritar cuando se la llevaron”, explica Leonardo González Perafán, coordinador de proyectos del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (Indepaz), una de las oenegés que ha liderado la recopilación de esa información.
De hecho, la cantidad de personas que continúan desaparecidas sigue siendo incierta. El 6 de mayo, la Defensoría del Pueblo recibió reportes de 26 oenegés que hablaban de 379 personas sin contar otras 92 que ya habían sido ubicadas. No obstante, González aclara que al cotejar se han dado cuenta de que había casos repetidos en diferentes listas y que, hasta el 24 de mayo, serían 284 personas.
El abogado y defensor de derechos humanos advierte que el hecho de encontrar una persona (en algunos casos, las han hallado muertas) tampoco quita el hecho de que, por un lapso de tiempo, su paradero haya sido desconocido. “Cuando a una persona la detienen y no la dejan ver, se declara como desaparecida”, dice. En pocas palabras, lo que cambia es que ya no lo está, pero lo estuvo.
La penalista y docente universitaria Diana Muñoz Castellanos coincide en que la desaparición forzada se configura independientemente de si la persona aparece al poco tiempo viva o muerta. “Lo que importa es que el Estado negó la información sobre su paradero”, asegura.
En efecto, el Código Penal establece que este delito consiste en someter a una persona “a privación de su libertad cualquiera que sea la forma, seguida de su ocultamiento y de la negativa a reconocer dicha privación o de dar información sobre su paradero, sustrayéndola del amparo de la ley”. No pone tiempos mínimos.
La definición de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, que entró en vigencia en Colombia en 2012 tras su aprobación en la Ley 1418 de 2010, es similar aunque especifica que de ser “obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado”. Tampoco especifica la duración.
La explicación que le da González Perafán al hecho de que no haya denuncias es que “ya no hay confianza en las autoridades”. Advierte que la mala imagen del defensor del Pueblo, Carlos Camargo, afecta el trabajo de los funcionarios de esa entidad en terreno.
Cabe recordar que tanto Camargo como Barbosa son cercanos al gobierno, que los ternó a ambos para sus cargos actuales. El primero es un político conservador de Córdoba sin experiencia en derechos humanos, yerno de la senadora Nora García Burgos y primo del senador David Barguil. El segundo llegó a la Fiscalía justo después de ser consejero presidencial de Duque, con quien mantiene una amistad desde que estudiaron juntos en pregrado.
En todo caso, la abogada Muñoz también clarifica que la Fiscalía puede abrir investigaciones penales de oficio por desaparición forzada, o sea que no necesita la interposición de denuncias formales adicionales. “Ante cualquier conocimiento que tenga de un hecho que revista las características de este delito, tiene la obligación constitucional de iniciar la persecución penal”, enfatizó, pues no se trata de una conducta querellable.
Colombiacheck le escribió al equipo de comunicaciones de la Casa de Nariño para que el presidente diera el sustento de sus argumentos. No obstante, al momento de publicar este chequeo no ha llegado ninguna respuesta. Dado que utilizó datos oficiales publicados por la Fiscalía, pero incompletos y mal interpretados, su respuesta sobre las desapariciones en el marco del paro es cuestionable.
Nota: La imagen de fondo de la portada de este chequeo fue tomada de Flickr, donde el fotógrafo Oxi la publicó bajo licencia de uso libre con atribución.
@colcheck ##Duque da solo la información de la ##Fiscalía que más le conviene sobre ##desapariciones en el ##paro | ##cuestionable ##17m ##27m @caracoltv ##ddhh
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