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Chequeo Múltiple

Martes, 09 Marzo 2021

Alexander López publicó dos afirmaciones imprecisas en un trino sobre las pensiones

Por Laura Rodríguez Salamanca

Los datos que usó el senador del Polo Democrático para exponer dos de las demandas históricas de los pensionados están errados.

El pasado 25 de enero, el senador y candidato presidencial por el Polo Democrático, Alexander López Maya, radicó dos proyectos de ley con los que busca hacer modificaciones en las condiciones actuales de los pensionados y jubilados del país. 

En el primer proyecto propuso reducir al cuatro por ciento la cotización mensual a salud de los pensionados que reciben hasta diez salarios mínimos. Y en el segundo, plantea que las pensiones se reajusten anualmente según el incremento del salario mínimo. Más adelante explicaremos cuáles son las reglas actuales. 

En ese contexto, el senador publicó en la tarde del pasado 1 de febrero un trino en el que explicó sus propuestas y expuso dos de las razones que las motivaron: 

“L@s pensionad@s de Colombia han perdido desde 1991, el 44% del valor adquisitivo de sus mesadas con respecto al aumento del Salario mínimo, además, todos los meses les es descontado el 12% en contribución a salud ¡Lo cual es un abuso! Por eso, hemos presentado estas iniciativas:”.

Además, adjuntó un video de un poco más de seis minutos en el que reiteró estas afirmaciones y agregó que la razón de la pérdida del poder adquisitivo se debe a la aprobación de la Ley 100 de 1993. 

En Colombiacheck verificamos las cifras que presentó el congresista por la importancia de la rigurosidad en el debate sobre las pensiones. En varias oportunidades hemos chequeado afirmaciones y desinformaciones sobre el tema (1, 2 y 3). 

Encontramos que si bien López Maya expone dos demandas históricas de los pensionados, los datos que usa para la argumentación son imprecisos y desactualizados. Su trino ha sido compartido más de 230 veces y sus afirmaciones fueron replicadas en varios medios de comunicación (1 y 2). 

Con ayuda de expertos en temas laborales y pensionales, identificamos los errores de las dos afirmaciones y le explicamos los análisis válidos para ambos casos.

“L@s pensionad@s de Colombia han perdido desde 1991, el 44% del valor adquisitivo de sus mesadas con respecto al aumento del Salario mínimo”.
FALSO

Como indica nuestra metodología de verificación del discurso público, lo primero que hicimos para chequear el trino del senador fue comunicarnos con su equipo de prensa para preguntarte las fuentes de su afirmación. López nos envió un audio en el que explicó cómo se obtiene el 44 por ciento de pérdida adquisitiva que mencionó: 

“Esa cifra la saca de mirar el aumento del IPC y el aumento del salario mínimo desde 1991. La diferencia que exista es la diferencia que ha dejado de percibir el ingreso de los pensionados por el mal cálculo del aumento con el IPC”, dijo. 

Entonces, en Colombiacheck elaboramos una tabla (puede consultarla completa y descargarla en este enlace) usando las circulares emitidas anualmente por el Ministerio del Trabajo sobre el aumento de la mesada pensional y el incremento del IPC certificado por el DANE del año inmediatamente anterior, que se toma como referencia tanto para el incremento del salario mínimo como para el de algunas pensiones. 

Hay que aclarar que le pedimos a un economista que revisara la tabla para evitar imprecisiones. 

Tabla_01

Encontramos que la afirmación del senador tiene, por lo menos, tres errores. 

Primero, la suma de las diferencias porcentuales entre el incremento del salario mínimo y el del IPC desde 1991 no da 44 por ciento, sino 20,46 por ciento.

Segundo, es impreciso hacer el cálculo desde 1991. Como él mismo dijo en el video que complementa al trino, el cálculo del incremento de las mesadas tomando como base el aumento del IPC se debe a la Ley 100 de 1993, norma que entró a regir el 01 de abril de 1994 y, en el caso de los servidores públicos, el 30 de junio de 1995. 

Hasta 1994 todos los incrementos pensionales se hicieron en el mismo porcentaje del aumento del salario mínimo sin importar el monto de la pensión. Entonces en los primeros años que incluyó el senador en su cálculo la ley vigente era en realidad la 71 de 1988. Por eso los señalamos en azul en la tabla: incluimos el IPC, pero esos años son inválidos en el análisis. 

Tercero, el senador generaliza y no especifica que, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, el incremento anual de la pensión se hace en el mismo porcentaje que el aumento del IPC cuando la mesada pensional es superior al salario mínimo. Pero si la mesada es del mínimo, se incrementa en el mismo porcentaje del aumento del salario. 

“Las pensiones que son iguales al salario mínimo siempre se van a ajustar al salario mínimo porque nadie en el país puede devengar una suma inferior a ese salario”, le dijo a Colombiacheck Ángela Beltrán, abogada especialista en derecho laboral y seguridad social. 

De hecho, de acuerdo con una tabla que nos compartió el economista Jorge Llano, vicepresidente técnico de Asofondos, en 2019 más de la mitad de los pensionados, tanto de los fondos públicos como privados, recibían un salario mínimo de mesada.

Pensionados_Colombia_monto_mesada

Fuente: Asofondos y Colpensiones. 

Así mismo, de acuerdo con Llano, es “un error conceptual” decir que los pensionados (en este caso, los que reciben más de un salario mínimo) han perdido valor adquisitivo de sus mesadas debido que se calcula el incremento por el aumento del IPC. 

“Ajustar por la inflación (que es la variación del IPC) exactamente significa mantener el poder adquisitivo de los ingresos. Así pues, si la inflación es del dos por ciento, y el ingreso aumenta dos por ciento lo que se está es manteniendo dicho poder adquisitivo de ese individuo. (...) Es decir si mi salario crece con IPC mantengo, por definición, mi poder adquisitivo”, dijo Llano. 

Con esta posición coincide el economista Mauricio Olivera, exviceministro de empleo y pensiones del Ministerio del Trabajo y expresidente de Colpensiones. “El poder adquisitivo se mide por la inflación. Si este año vale 104 pesos algo que el año pasado valía 100, la inflación fue cuatro por ciento. Así que las pensiones año a año deberían ajustarse por lo menos con la inflación, así se mantiene el poder adquisitivo”, le dijo a Colombiacheck. 

De hecho, nos explicó que las pensiones que se ajustan con el aumento del salario mínimo generalmente aumentan su poder adquisitivo porque normalmente el salario mínimo crece por encima de la inflación.

Con esta información calificamos como falsa la primera aseveración del senador López Maya. 

Sin embargo, hay que aclarar, como nos explicaron varias fuentes, que aunque es falso afirmar que hay una pérdida del poder adquisitivo, varios asociaciones de pensionados han denunciado históricamente lo que llama Iván Jaramillo Jassir, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, “un deterioro en términos de salarios mínimos del ingreso de los pensionados”. 

En palabras del experto en derecho laboral y pensional, “la queja de los pensionados no es tanto pérdida de poder adquisitivo, sino la pérdida en términos de salarios mínimos. Es decir, si yo me pensioné con 10 salarios, el otro año, yo me pensiono con menos salarios mínimos porque va a aumentar más el salario mínimo que el IPC”. 

En ese sentido, sería más exacto decir, por ejemplo, que los pensionados del sector privado que reciben más de un salario mínimo han perdido, desde 1995, una brecha de más del 29,9 por ciento frente al incremento del salario mínimo desde la entrada en vigencia de la Ley 100. Aquí puede consultar los datos del cálculo. 

Hay quienes consideran que la diferencia entre el ajuste pensional por el IPC para quienes reciben más del salario mínimo es regresivo o desigual. También hay quienes lo ven como discriminación positiva a favor de los pensionados más vulnerables. Este asunto ya se sale del espectro de la verificación, pero no queríamos dejar de lado que existen las dos posiciones. 

“Todos los meses les es descontado el 12% en contribución a salud”.

FALSO


Esta afirmación no es falsa, pero está desactualizada y generaliza la situación actual de los pensionados del país. Durante varios años a todos los pensionados, sin distinción del monto de su mesada, se les descontó el 12 por ciento para la cotización de salud, pero ya no es así. 

Desde el primero de enero de 2008 se estableció una cotización mensual al régimen contributivo de salud para los pensionados equivalente al 12 por ciento de la mesada, de acuerdo con un inciso del artículo 204 de la Ley 100 de 1993

Como le explicó a Colombiacheck Ángela Beltrán, cuando se es empleado (con un contrato legal de trabajo) el aporte a los sistemas de seguridad social, que son el de pensiones, riesgos laborales y salud, se dividen entre el empleador y el trabajador. La Ley 100 establece: “La cotización a cargo del empleador será del 8.5% y a cargo del empleado del 4%”. 

Pero, según la abogada, cuando una persona se pensiona, se le aplica todo el valor de la cotización a su ingreso porque ya no tiene un jefe o un tercero que aporte la otra parte del descuento. 

Sin embargo, hoy en día a todos los pensionados no se les descuenta el 12 por ciento. Como nos explicó Llano y confirmó el área de comunicaciones de Colpensiones, la Ley 2010 de 2019, conocida como Ley de Crecimiento Económico, creó unas reducciones graduales (para aminorar el impacto fiscal de la disminución del aporte) de la cotización para las personas que reciben hasta dos salarios mínimos de mesada. 

La norma, que entró en vigor el 01 de enero de 2020, redujo del 12 al ocho por ciento la cotización para las personas que reciben un salario mínimo y al diez por ciento para quienes reciben hasta dos salarios mínimos durante el 2020 y el 2021.

Además, estableció que a partir de 2022 el descuento para los pensionados que reciben un salario mínimo será del cuatro por ciento y el de quienes reciben hasta dos salarios mínimos se mantendrá en diez por ciento. 

Ley 2010 de 2019

En ese sentido, de acuerdo con Jaramillo Jassir, “el error del senador consiste en que no aclaró que en la Ley 2010 ya estaba prevista la reducción actual y que el debate es que ese descuento, que es una reivindicación histórica de los pensionados, no se ha corregido completamente”. 

Como nos explicó Beltrán, “el proyecto de ley inicialmente [que resultó en la Ley 2010] era disminuir el porcentaje para quienes ganaran cuatro salarios mínimos hacia abajo. Pero la norma no pasó y solo quedaron las reducciones hasta dos salarios mínimos”. Y, como ya anotamos, la propuesta del senador López Maya es la reducción del 12 al cuatro por ciento para los pensionados que reciben hasta 10 salarios mínimos.