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Lunes, 29 Agosto 2022

La cuestionable comparación entre las condenas a pandilleros en El Salvador y la Comisión de la Verdad

Por Pilar Puentes Espinosa, especial para Colombiacheck (*)

En redes sociales se mueve una pieza gráfica que asegura que la Comisión de la Verdad “lavó la carita” de los terroristas, mientras que en El Salvador Nayib Bukele los “condena a 1000 años”.

En Facebook circula desde hace algunos días una publicación que contiene una pieza gráfica en la que se lee que “Mientras que El Salvador condena a 1.000 años a un terrorista en Colombia les lavan la cara con la “comisión de la verdad”, culpan al estado y a las FFMM por combatirlos y los nombran senadores”. 

La pieza gráfica está acompañada de una fotografía del presidente de El Salvador, Nayib Bukele, que parece haber sido tomada de una publicación de redes sociales del diario El Tiempo. 

Dicha publicación ya ha sido compartida más de 445 veces y tiene más de 96 comentarios, por lo que decidimos verificar sus afirmaciones.  

La condena de los 1000 años a pandilleros 

El 26 de marzo de este año como lo relataron varios medios de comunicación (1, 2 y 3) en El Salvador vivió una de las jornadas más violentas desde el fin de la guerra civil hace más de 30 años. Se reportó que por lo menos, más de 62 personas murieron asesinadas por pandillas durante un fin de semana, según las fuentes oficiales.

Por ello, el presidente Nayib Bukele, solicitó al Congreso aprobar el estado de excepción y reforzar la seguridad en las calles de El Salvador. Como relató la BBC el artículo 29 de la Constitución establece que el estado de emergencia puede ser declarado en los siguientes casos: “de guerra, invasión de territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia y otras calamidades generales, o graves perturbaciones del orden público".

Bukele llegó al poder con la promesa de luchar contra el crimen organizado, especialmente, contra las pandillas de los Mara Salvatrucha. La medida de emergencia fue declarada por mayoría, decretando  limitar la libertad de asociación, el derecho a ser informado las razones del arresto y la medida permitía a las autoridades intervenir los celulares de quienes considerara sospechosos.  

El 31 de marzo entró en vigor una reforma al Código Penal y a la Ley Penal Juvenil, tras ser aprobada por la Asamblea Legislativa y en medio del régimen de excepción.

Estos cambios modifican las sanciones. Los miembros de las “maras” o de las pandillas pasarían a ser condenados bajo cargos de terrorismo, a penas de 20 a 40 años de prisión, mientras que los líderes de estos grupos podrían recibir entre 40 y 45 años de cárcel, como quedó registrado en este boletín de prensa de la Asamblea legislativa de El Salvador. 

Además una de las modificaciones también considera que los pandilleros de más de 12 años de edad serán juzgados como adultos. 

A pesar de las advertencias e investigaciones de Human Right Watch y Amnistía Internacional, que denunciaron graves violaciones a los derechos humanos contra la comunidad recluida en las prisiones salvadoreñas, debido al régimen de excepción decretado en marzo, los jueces de ese país, y no el presidente Bukele, dictaron la histórica sentencia de 1090 años de prisión.

De acuerdo con este boletín informativo de la Fiscalía General de El Salvador, publicado el pasado 28 de junio, “una estructura delincuencial de 94 pandilleros pertenecientes a la MS-13 miembros del programa ‘Libertad’, fueron condenados este viernes por el Tribunal Especializado de Sentencia ‘A’ luego de valorar y dar credibilidad a las investigaciones realizadas por fiscales de las Unidades Especializadas Antihomicidios y de Persona Desaparecidas. La sentencia más contundente fue para César Alfredo Romero Chávez, alias “El Solo de Tecla”, un corredor (CABECILLA) del referido programa quien fue condenado a 1,090 años de prisión por varios delitos, incluyendo el homicidio agravado de 24 personas ocurridos entre los años 2017 al 2019.

Así que es importante aclarar que el presidente de El Salvador, Nayib Bukele no condena a ningún ciudadano, como lo hace entender la publicación de Facebook, sino el sistema judicial.

Y aunque es cierta la condena en contra del jefe pandillero por 1090 años, de acuerdo con el Código Penal de El Salvador, la máxima pena a cumplir efectivamente en ese país es de 60 años. 

Así quedó establecido en el artículo 45, “La pena de prisión, cuya duración será de seis meses a sesenta años. En los casos previstos por la ley el cumplimiento de la pena será en una celda o pabellón especial de aislados”.

La condena de 1090 años, que fue dada al jefe pandillero, César Alfredo Romero, fue consecuencia de la sumatoria de condenas por cada delito por el que fue juzgado, sin embargo, el tiempo efectivo de prisión no podrá superar los 60 años. 

Las responsabilidades de las guerrillas según la Comisión de la Verdad

En Colombiacheck hemos verificado en varios chequeos que el Informe Final de la Comisión de la Verdad sí atribuyó responsabilidades de numerosos crímenes de grupos armados legales e ilegales a lo largo del conflicto colombiano. 

Por ejemplo, verificamos que la Comisión sí le atribuye a la guerrilla del M-19 como los mayores perpetradores de secuestro en la década de los 70 y 80. 

Al buscar en los distintos tomos del Informe Final señala a las Farc de ser responsables de diferentes crímenes de guerra, de lesa humanidad y criticó con dureza su actuar durante los años que estuvieron en armas, así lo dejamos claro en el chequeo ‘Es falso que la Comisión de la Verdad muestre a los guerrilleros como héroes’, en cual recogimos cómo en el informe final se evidencia su accionar. 

Allí verificamos que “Por ejemplo, hay un apartado  titulado Patrón de persecución de las FARC-EP contra las personas LGBTIQ+, en el cual la entidad concluyó: “Integrantes de las FARC-EP recurrieron a homicidios selectivos, violencia sexual, tortura, amenaza, reclutamiento forzado, secuestro, esclavitud con y sin fines sexuales, desplazamiento forzado y ataques a la libertad de asociación, con dos posibles fines: instrumentalizar a las personas LGBTIQ+ para labores de la guerra, o aniquilarlas cuando esto no era posible o si no había acercamientos con la población de un territorio”. 

Además, la Comisión documentó que en el 2000, mientras se presentaban los diálogos de paz entre el gobierno de Andrés Pastana y las FARC, aumentaron los casos de extorsión. La guerrilla decidió crear un supuesto “impuesto para la paz” del 10% de las ganancias de las empresas, como se narra en la página 165 del tomo de ‘Hallazgos y recomendaciones’.

También hemos publicado varios explicadores que muestran cómo todos los actores cometieron violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. En que las fuerzas armadas tuvieron responsabilidad en la victimización. La Comisión de la Verdad explica que los Procesos de Reconocimiento de Responsabilidades llevados a cabo por la entidad con los responsables de diferentes grupos armados y miembros de las Fuerzas Militares permitió que “expresaran  públicamente su examen crítico del pasado, han reconocido el horror de las masacres o del secuestro, de la perfidia y la barbarie de las ejecuciones extrajudiciales. Todo ello muestra que el desprecio por la vida llegó en Colombia a los límites de la vergüenza y el sinsentido”.

La publicación en Facebook hace referencia que “se les culpa al Estado y las FFMM al combatirlos y los nombran senadores”, refiriéndose a los ex combatientes y ex líderes guerrilleros de las FARC. Al revisar el Informe Final de la Comisión de la Verdad no encontramos que se responsabilizara a las fuerzas armadas por combatir a los guerrilleros en el marco de la legalidad. 

Por otra parte, es clave recordar que la Comisión de la Verdad “es una entidad de carácter extrajudicial, es decir que sus actividades no tendrán carácter judicial, ni servirán para la imputación penal ante ninguna autoridad jurisdiccional. No juzga ni pone penas”, como lo dejamos claro en este explicador titulado, “Qué es la Comisión de la Verdad”.

En este sentido, el exmagistrado Marco Alberto Velásquez, le explicó a Colombiacheck que la justicia transicional tiene efectos jurídicos legales que le dan soporte a la legitimidad no sólo del Acuerdo Final entre el gobierno y las Farc sino los mecanismos creados para resolver las expectativas de las víctimas y sus derechos a la justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición a través del Sistema Integral para la Paz, que lo compone la Comisión de la Verdad, la Jurisdicción Especial para la Paz y la Unidad de Búsqueda de personas dadas por desaparecidas. 

“Estas instituciones y el Acuerdo no son una lavada de cara para lo ocurrido en el conflicto desde la perspectiva de las extintas Farc. Justamente porque el Sistema de Paz encarna los estándares internacionales y la Constitución Colombiana para garantizar que no haya impunidad”, afirmó Velásquez. 

Como lo narró el exmagistrado, la impunidad es un principio fundamental que está consagrado a nivel internacional por la Corte Penal Internacional (CPI) y en Colombia, si no existiera el Sistema Integral  que garantizara los pilares de la justicia, la CPI podría intervenir. 

Una gran crítica a la justicia transicional es que no es una justicia punitiva. Para el abogado Velásquez, las personas que participaron en el conflicto y en efecto cometieron crímenes y violaciones de derechos humanos deben presentarse a la JEP y ser juzgados en este sistema. 

“La JEP garantiza que no haya impunidad judicial desde la parte punitiva. La justicia ordinaria se ha demostrado es ineficiente a la hora de investigar y sancionar los hechos del conflicto. Hablamos de una impunidad del  97% de los casos relacionados con los actores armados. A partir de esos datos, la JEP es diseñada para poder conocer todos los hechos del conflicto ocurridos y va desde una justicia restaurativa”.

El Sistema Integral para la paz, que incluye las tres entidades creadas con el Acuerdo Final, cumplen el ciclo de investigación, juzgamiento y sanción. Sin embargo, es una sanción con un enfoque diferente. No es una justicia punitiva, que lleva a la cárcel a una persona más de mil años, sino que es una justicia restaurativa, que le permite algunos beneficios a las víctimas y  que sean el centro del proceso.

Así es que tras este análisis y evidencias, calificamos está publicación como cuestionable. Por un lado, al referirse que en El Salvador sí hay una pena por más de mil años, sin embargo, no son penas efectivas, pues el mismo Código Penal salvadoreño que una persona puede pagar un máximo de 60 años en la cárcel. Por otro lado, no encontramos evidencia de que la Comisión de la Verdad condenara a las Fuerzas Armadas por combatir a la guerrilla y por último es claro que dicha entidad no tiene responsabilidad judicial o punitiva, pues esta recae en la JEP. 

 

(*) Este texto hace parte del proyecto Memorias del Conflicto que verifica la desinformación que circula en redes sociales sobre el Informe Final de la Comisión de la Verdad y es financiado por el Centro Internacional de Justicia Transicional y la Embajada de Noruega en Colombia.