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Miércoles, 13 Diciembre 2023

Derogar el decreto que multaba dosis mínima no es legalizar el microtráfico

Por Paola Benjumea Brito

En redes sociales han acusado al gobierno Petro de legalizar el microtráfico y quitarle facultades a la Policía frente al consumo y porte de droga en espacios públicos. En este explicador le aclaramos el panorama.

La derogación de un decreto que permitía a la Policía decomisar la dosis personal de drogas en espacios públicos generó una serie de narrativas de desinformación en medios de comunicación y redes sociales, en las que se habló incluso que el gobierno de Gustavo Petro había legalizado el microtráfico.  

El pasado 7 de diciembre, los ministros del Interior, Luis Fernando Velasco; de Justicia, Néstor Osuna,  y de Defensa, Iván Velásquez,  expidieron el decreto 2114 de 2023, “por el cual se deroga el capítulo 9 del título 8 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1070 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, adicionado por el Decreto 1844 de 2018”. Este busca “reglamentar parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia, en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas”.


Colombiacheck explica cuáles son las narrativas que se han movido a raíz de la derogación de la norma de 2018, expedida en el gobierno del expresidente Iván Duque, que facultaba a la Policía para imponer multas a las personas que portaran la dosis mínima en espacios públicos. Además, aclaramos cuál es el alcance de la nueva norma y si es cierto o no lo que se ha dicho al respecto.

Las narrativas de desinformación

Tras conocerse la nueva medida, políticos de la oposición, medios de comunicación y tuiteros publicaron mensajes que desinformaron al respecto. Sus narrativas se basaron especialmente en que con la derogación se estaba:

  1. Legalizando el microtráfico.
  2. Quitándole competencias a la Policía para combatirlo.
  3. Despenalizando el porte de drogas
     

Algunos de los promotores de estas ideas fueron políticos de la oposición como la senadora del Centro Democrático María Fernanda Cabal; el alcalde electo de Medellín, Federico Gutiérrez, y los expresidentes Iván Duque y Álvaro Uribe Vélez.

El 9 de diciembre, la congresista Cabal escribió en su cuenta de X (antes Twitter): “Petro exacerbando los problemas de orden público en el país. @PoliciaColombia queda sin funciones frente al consumo o porte de drogas estupefacientes”.

Por su parte, ‘Fico’ Gutiérrez aseguró en esa misma red social: “Gustavo Petro le hace un gran daño a la sociedad colombiana prohibiendo que la Policía impida la venta de drogas ilícitas en las calles. En la práctica es una especie de legalización del microtráfico. Por cuenta de esta decisión irresponsable los alcaldes electos del país tenemos que prepararnos para enfrentar un aumento del microtráfico, de la violencia urbana, del crimen general, y de la destrucción de más familias por cuenta de este delito”.

Los expresidentes Iván Duque y Álvaro Uribe Vélez también se pronunciaron. El primero dijo en su cuenta de X que el decreto derogado buscaba decomisar drogas en las calles, no criminalizar consumidores. “Era una medida contra los jíbaros para garantizar entornos seguros. Con las nuevas deposiciones, les llegó su diciembre a los delincuentes. Otra medida en favor del crimen y el detrimento de los niños, niñas, la juventud y las familias colombianas” (sic), escribió.

Y Uribe escribió: “(…) con la legalización del consumo recreativo y la eliminación de controles policivos, es un paso para generalizar la familia disfuncional, para destruirla, para llevar a la juventud a la ansiedad y a la aniquilación. Esto contribuye a destruir la Nación, así al principio no se note. Es el camino ascendente al fentanilo y a la muerte”.

En el monitoreo también encontramos que algunos medios de comunicación usaron titulares engañosos que contribuyen a generar desinformación. Por ejemplo, el 9 de diciembre, RCN Radio publicó una nota titulada: “Petro defiende su decreto de la venta de drogas: ‘la Constitución permite la dosis personal’”.

Ese mismo día, el mandatario citó la nota de este medio en su cuenta de X con el siguiente mensaje: “Señores @rcnradio el decreto no es sobre venta de drogas sino sobre derogar multas por porte de drogas determinada por la jurisprudencia, así que no tengo que defender nada. La Justicia se acata”. 

Posteriormente, el medio cambió el titular por “La Constitución permite la dosis personal: Petro defiende derogación de decreto”. La FM, emisora del mismo conglomerado de medios que fusionó su noticiero con el de la cadena básica, también publicó una nota con un titular similar “Petro defiende decreto de venta de drogas: ‘La Policía no  se debe centrar en perseguir consumidores’”, que aún sigue en su página web.

Igualmente, el perfil @ByViral24 publicó el 10 de diciembre un pantallazo del decreto con el texto: “ATENCIÓN. Gobierno @petrogustavo ¡Legaliza el microtráfico y consumo de drogas en Colombia! Por decreto” (sic). A esta cuenta de X la hemos verificado varias veces por generar y difundir desinformaciones (1, 2, 3, 4).

Ese mismo día, la tuitera Ani Abello escribió: “Si se deroga la prohibición de la comercialización de la droga, se legaliza el microtráfico. Es simple”. Ella también ha compartido desinformaciones que hemos verificado en Colombiacheck (1, 2, 3, 4) y era una de las integrantes de la “bodeguita uribista” revelada por La Liga Contra el Silencio en 2020, un grupo de usuarios coordinados desde el entonces gobierno de Duque para posicionar tendencias a su favor y contra sus opositores, incluyendo la divulgación de falsedades.

Los periodistas Vicky Dávila y Diego Santos también se refirieron al decreto. “Están felices los narcotraficantes que se dedican también al microtráfico de cocaína, marihuana, heroína, éxtasis y ahora hasta fentanilo en ciudades, colegios y universidades, y demás. El Gobierno Petro derogó el decreto que prohibía poseer, tener, entregar, distribuir y comercializar drogas o sustancias prohibidas. La Policía quedó desarmada para luchar contra este flagelo”, escribió la directora de Semana, quien ya había lanzado imprecisiones en redes contra la regulación del uso adulto de cannabis en junio.

Por su parte, Santos trinó: “La venta y compra de droga en las calles será más fácil gracias a Gustavo Petro. Las autoridades se quedaron sin piso. Al igual que el Ejército para combatir a las guerrillas, a los terroristas, a los extorsionadores etc...”. El tuitero también ha producido y difundido desinformación contra el actual gobierno con anterioridad, como ya hemos verificado (1, 2).

Otros usuarios en Facebook (1, 2) e Instagram (1, 2, 3) también compartieron estas narrativas, a través de videos y pantallazos de trinos, acompañados de mensajes como “PRESIDENTE GUSTAVO PETRO LE QUITA FACULTADES A LA POLICÍA NACIONAL Las autoridades ya no podrán judicializar a quienes tengan o distribuyan drogas en espacio público, al parecer desde el Gobierno aseguran que se debe evitar la criminalización de personas consumidoras” (sic), “¿Apoyo directo al narcotráfico?” y “¿Petro quiere ver a los jóvenes y niños metidos en las drogas? Porque la policía ya no podrá perseguir la los jibaros que la venden a los niños gracias a Petro” (sic).  

En Instagram también circuló un video, creado en Kwai por la usuaria de Kwai @pqgoc578 (a quien hemos verificado en otras ocasiones 1, 2), en el que aseguraba que "se despenaliza el porte de drogas". 

En Colombiacheck hicimos un monitoreo con la herramienta Crowdtangle con las palabras “decreto de drogas” y encontramos que en páginas, grupos y perfiles verificados de Facebook, entre el 6 y el 13 de diciembre se han realizado 2.327 publicaciones con 172.886 interacciones.


Entre las publicaciones con más interacciones aparecen las páginas en Facebook de varias noticias de medios de comunicación como Semana. Algunas reproducen estás mismas narrativas, bien en sus titulares o en boca de figuras públicas como el expresidente Duque y el columnista Santos:




¿Cuál es el alcance del decreto firmado por los ministros de Petro?

El decreto 2114 de 2023, expedido el pasado 7 de diciembre, deja sin efecto el decreto 1844 de 2018, proferido por el expresidente Iván Duque, que le otorgó facultades a la Policía Nacional para aplicar un proceso verbal inmediato, según el procedimiento establecido en el artículo 222 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia, a los posibles infractores de la prohibición de la tenencia o porte de dosis mínima de marihuana, cocaína, heroína y drogas sintéticas en espacios públicos, destruir la droga e imponerles un comparendo o multa.  Además, advertía que los que excedieran la dosis personal serían judicializados. 

Con el nuevo decreto se busca evitar la criminalización de personas consumidoras de drogas a través de la derogación de las multas por el porte y consumo de dosis personal en espacios públicos y, además, acatar las sentencias C-253 de 2019 y C-127 de 2023 de la Corte Constitucional, en cuanto a “la razonabilidad y la proporcionalidad de la actuación policiva para sancionar el porte y el consumo propio y con fines médicos de sustancias psicoactivas en los parques o zonas o áreas del espacio público determinadas por los concejos distritales y municipales en los planes o esquemas de ordenamiento territorial”.

Ante las críticas al decreto, el presidente Petro escribió el 9 de diciembre en su cuenta de X: “Lo único que ha hecho el gobierno es derogar la multa por porte de dosis personal porque así lo indicaron las cortes. Todo lo demás continúa igual. La prohibición de consumo en lugares públicos la debe establecer cada municipio. También esto es mandato de la Corte Constitucional que acatamos y con la que estamos de acuerdo”.

Y compartió un video en el que el ministro de Justicia, Néstor Osuna, explica que el decreto 2114 “no elimina la prohibición de comercio, ni de tráfico ni de microtráfico, ni ningún comercio de drogas. Eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana. No nos llamemos a engaños”.

Por su parte, el ministro de Defensa, Iván Velásquez, afirmó en esa misma red social que el decreto 2114 “solo pretende ajustar la normativa a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, desconocida por el Decreto 1844 del 2018 que ahora se deroga”.

Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, dijo en una nota de Infobae que el único alcance de la nueva medida es derogar lo que expidió Duque, que permitía imponer multas a quienes portaran estas sustancias sin importar la dosis. “Ahora lo que hace este decreto es, al eliminar esta prohibición, permitir que las personas que sean consumidoras porten sustancias, droga, puntualmente, siempre y cuando, por supuesto, sea para el consumo, de manera que lo que cambia es que la Policía ahora no podrá multar ni incautar las sustancias cuando las personas las porten con fines de consumo. Eso es lo que cambia”, explicó. 

En Colombiacheck consultamos a Rodrigo Uprimny, abogado experto en derecho constitucional, investigador de DeJusticia y docente de la Universidad Nacional, quien coincidió en el concepto:

“Lo que establecía ese decreto [de 2018] era que quienes fueran sorprendidos en espacios públicos con dosis personal serían sometidos a un proceso policivo que conllevaba a la destrucción de la sustancia y a imponerles una multa. Lo que hace el nuevo decreto es derogar eso para ajustarse a sentencias de la Corte Constitucional que decían que no se puede prohibir de manera general el porte y consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos y, por consiguiente, no podía haber ese proceso policivo”. 

Por su parte, Julián Quintero, sociólogo, director e investigador de la Corporación Acción Técnica Social y cofundador del proyecto Échele Cabeza, también dijo que se está cumpliendo la sentencia del alto tribunal:

“La evidencia que hay disponible del Ministerio del Interior y de las Secretarías de Seguridad y de Gobierno de Bogotá es que este decreto 1844 de 2018, al contrario de reducir el consumo de sustancias psicoactivas, lo que hizo fue generar un motivo de conflicto y de quiebre en las relaciones de convivencia entre Fuerza Pública, comunidad y personas consumidoras, dado que en estos cuatro años se disparó la aplicación de estos comparendos y el decreto se convirtió en un pretexto para la tortura, la violencia  y la extorsión”.

De acuerdo con el artículo “Cómo el decreto de Iván Duque y sus comparendos afectaron la convivencia y promovieron la violencia urbana”, publicado el pasado 10 de diciembre por Acción Técnica Social, desde la expedición del decreto 1844 de octubre de 2018 y la decisión de la Corte Constitucional en 2019, se impusieron 186.000 comparendos, casi 10.000 por mes en Bogotá. 

“La sanción corresponde a una multa tipo 2 (8 salarios mínimos diarios legales vigentes) más de 240.000 pesos. 77%  son Jóvenes entre 15 y 29 años, 99.52% comparendos expedidos en el espacio público, 47.55% Localidades de Bosa, Kennedy, Rafael Uribe Uribe, Ciudad Bolívar y Suba. El monto de estas sanciones afecta directamente el ascenso social, la integración laboral, el acceso a oportunidades por parte de jóvenes de sectores populares, cuyo único pecado fue portar la dosis mínima que la constitución protegía desde el siglo pasado”.

¿Con este decreto se está legalizando el microtráfico?

Lo primero que hay que aclarar es que en Colombia es legal el porte y consumo de la dosis mínima de drogas. La sentencia C-221 de 1994 de la Corte Constitucional despenalizó el consumo de la dosis personal, argumentando que hace parte del libre desarrollo de la personalidad e indicando que no es un delito. Esto es: 20 gramos de marihuana; cinco de hachís, uno de cocaína o cualquier sustancia a base de esta o dos de metacualona.

No obstante, el tráfico, fabricación o porte de estupefacientes o el microtráfico sí es un delito regulado por el artículo 376 del Código Penal, que tiene penas de entre 128 y 360 meses de cárcel y multas de entre 1.334 y 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Estas sanciones no cambian con el decreto 2114 de 2023 y, de hecho, cualquier modificación tendría que pasar por el Congreso al tratarse de una ley.

Diana Muñoz Castellanos, abogada penalista y docente de Derecho Penal de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, explicó que, a partir de la sentencia SP142 de 2019 de la Corte Suprema de Justicia, cambió la judicialización de este delito: “No es cualquier porte de estupefacientes, sino un porte con fines de comercialización”. Y detalló:

“No basta con que la persona tenga la sustancia, sino que además la Fiscalía tiene que acreditar que tenía el propósito de comercializar. A pesar de que la sentencia de C-221 de 1994 de la Corte Constitucional despenalizó la dosis mínima y hay unos límites permitidos, una persona puede portar más de esas cantidades porque hay una tesis del aprovisionamiento y muchos adictos no compran el ‘moño’ de marihuana, sino una panela. Entonces puede ser que una persona tenga más de la dosis mínima y aun así no sea judicializada por este delito porque se está aprovisionando. Entonces, la Corte dijo que además de portar había que comprobarse que era para comercializar”.

Con relación a la narrativa sobre que, con la derogación del decreto 1488 de 2018, se está “legalizando el microtráfico”, Muñoz aseguró que no es así:

“Lo que hizo el decreto del gobierno Petro fue quitarle la facultad a la Policía de iniciar un proceso verbal inmediato e imponer comparendos o multas a los portadores de droga en espacios públicos, que no era delito porque no alcanzaba a exceder la dosis mínima o no había fines de comercialización. Eso de ninguna manera legaliza el microtráfico porque no cambia en absolutamente nada la situación actual. Simplemente que a esa persona que va con la sustancia y que no la está comercializando ya no se le impone un comparendo, sino que se le deja ir”.

Además, advirtió que las modificaciones al Código Penal tienen que hacerse a través del Congreso de la República. “Ni el presidente ni los ministros pueden eliminar delitos”, recordó.

Uprimny coincidió en que “quienes sean sorprendidos con cantidades mayores a la dosis mínima podrán ser judicializados”.

Por su parte, Quintero dijo que esta narrativa es una afirmación que parte de prejuicios.  “No hay evidencia que demuestre esa afirmación, que es de carácter dogmático y político, porque el decreto lo que elimina son las sanciones administrativas, pero deja vigentes todas las leyes en Colombia (como el Código Penal) relacionadas con el castigo al microtráfico. En ningún caso el decreto elimina la normatividad vigente para sancionar la venta de drogas”, expresó. 

¿El decreto 2114 de 2023 le quita funciones a la Policía frente al consumo y porte de drogas?

El penalista Bernate aclaró, en una nota de El Colombiano, que estas no cambian porque el decreto del gobierno Petro tiene que ver con el consumo de drogas y la prohibición se relaciona con la compra, venta y distribución. “En absoluto se modifican las funciones de la Policía. A partir de ahora, la institución debe enfocarse no en el consumidor que ejerce su derecho al libre desarrollo de la personalidad sino en las ollas de microtráfico, el expendedor y en las personas que trafican drogas”, dijo.

El abogado Iván Cancino también aseguró en Infobae que “todo lo que supere la dosis mínima sigue siendo, no solo objeto de derecho policivo, sino de sanción penal y perseguible por la Policía y por la Fiscalía”.

Igualmente, la penalista Muñoz dijo que la institución continúa con sus funciones de vigilancia, que no se afectan con este decreto. “Si un policía está en el parque y se queda viendo a un sujeto que aparentemente está haciendo intercambio de sustancias y recibe dinero, este decreto en nada le quita la posibilidad de abordarlo y si efectivamente está comercializando droga, judicializarlo y ponerlo a disposición de la Fiscalía para que inicie el trámite penal. Lo que no puede hacer es, en caso de que se trate de un consumidor, imponer una multa o comparendo”, advirtió.

Por su parte, Quintero aseguró que, con este decreto, la Policía es la más beneficiada porque le quitan acciones de carácter administrativo, que consistía en ponerles comparendos a consumidores de dosis mínima, y ahora sí podrá concentrar sus esfuerzos en capturar a ‘jibaros’ y combatir el microtráfico. “Este decreto le quita funciones a la Policía que nunca tuvo. La Policía no tiene por qué estar persiguiendo y castigando el porte y consumo de la dosis mínima. Lo que hizo el decreto fue eliminar el error del decreto de Duque al darle esa potestad a la Policía, por encima de la Constitución y la Ley, terminando en un gran costo reputacional para la Fuerza Pública”, concluyó.